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Reglamento de la Ley del Trabajo Luis Mariano Rodriguez C. #32

Reglamento de la Ley del Trabajo Luis Mariano Rodriguez C. #32
Sep 26, 2022 · 2m 15s

Reglamento de la Ley del Trabajo Luis Mariano Rodriguez C. #33 Artículo 77 Se modifica el artículo 232, en la forma siguiente: "Artículo 204 (sic) Organización de las elecciones de...

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Reglamento de la Ley del Trabajo Luis Mariano Rodriguez C. #33
Artículo 77

Se modifica el artículo 232, en la forma siguiente:

"Artículo 204 (sic)

Organización de las elecciones de los Directores o Directoras Laborales:

Las elecciones de los Directores o Directoras Laborales y sus suplentes, podrá ser organizada, previa notificación al patrono o patrona obligado u obligada y al Inspector o Inspectora del Trabajo de la jurisdicción, por:

a) La organización sindical de primer grado que represente a la mayoría de los trabajadores y trabajadoras con derecho a elegir; o en su defecto,

b) La coalición o grupo de trabajadores y trabajadoras que represente a la mayoría absoluta de los trabajadores y trabajadoras con derecho de elegir."

Artículo 78

Se modifica el artículo 233, en la forma siguiente:

"Artículo 205 (sic)

Junta Electoral. Integración y funciones:

El sindicato o la coalición de trabajadores y trabajadoras que organizare las elecciones, deberá convocar a una asamblea general donde participarán los interesados e interesadas en el proceso, a los fines de designar los cinco (5) integrantes de la Junta Electoral que supervisará la elección.

Corresponderá a la Junta Electoral el ejercicio de las siguientes potestades: a) Convocar a elecciones con, por lo menos, treinta (30) días de antelación;

b) Fijar el lapso de inscripción de candidaturas;

c) Constatar el cumplimiento de las condiciones exigidas por Ley para participar en el proceso eleccionario;

d) Brindar publicidad adecuada a las elecciones para garantizar la participación de los trabajadores y trabajadoras interesados e interesadas;

e) Velar por el normal desenvolvimiento de las elecciones;

f) Realizar el escrutinio de votos; y

g) Proclamar a los Directores o Directoras Laborales y sus suplentes, con base en la modalidad de elección adoptada".

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Author Luis Mariano Rodriguez Cabello
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