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Luis Mariano Rodriguez Cabello Salario Mínimo 2023

  • Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #41

    29 JUN 2023 · Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #41 Acreditación de empresas, instituciones y profesionales Artículo 41 Las empresas, establecimientos, instituciones y profesionales que desarrollen actividades de asesorí a, capacitación y servicios en el área de seguridad y salud en el trabajo deberán solicitar su acreditación ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, so pena de incurrir en las infracciones previstas en el art ículo 121 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. La acreditación tendrá una vigencia de un (1) año renovable y dará derecho a un Certificado Público de Acreditación emitido por el Instituto. El procedimiento de acreditació n se rige por lo previsto en la Ley, los reglamentos y las normas técnicas que se dicten al efecto. Requisitos a cumplir por las empresas e instituciones para su acreditación Artículo 42 Las empresas, establecimientos, e instituciones que desarrollen actividades de asesoría, capacitació n y servicios en el área de seguridad y salud en el trabajo deben cumplir con los siguientes requisitos para su acreditación: 1. Cancelar la tasa por concepto de acreditación. 2. Estar inscrita en el Registro Nacional de Empresas, Establecimientos, Instituciones y Profesionales en el Área de Seguridad y Salud en el Trabajo. 3. Presentar la solicitud en formato elaborado al efecto por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. 4. Disponer de personal especializado para realizar las actividades. 5. Poseer instrumentos, equipos y medios para realizar sus actividades, de acuerdo a las normas técnicas que se dicten al efecto. 6. Cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo. 7. Presentar informe en el cual conste: a. Actividades a desarrollar en materia de seguridad y salud en el trabajo. b. Organigrama funcional, con especificación de los cometidos. c. Memoria descriptiva de las actividades y procesos que desarrolla. d. Descripción de instalaciones y medios instrumentales para el desarrollo de la actividad y su ubicación. e. Identificación del personal especializado debidamente inscrito en el Registro Nacional de Empresas, Establecimientos, Instituciones y Profesionales en el Área de Seguridad y Salud en el Trabajo, indicando sus funciones y responsabilidades. f. Los demás que establezcan las normas técnicas. Luis Mariano Rodriguez Cabello, Luis Mariano Rodriguez C. cabello, Luis Mariano Rodriguez C. c, laboral, derecho laboral, trabajadores, trabajador, sindicato, salario minimo, aumento salarial, derecho laboral venezuela, pensión, pensiones https://isalario.com https://twitter.com/isalario https://twitter.com/contraelhampa https://instagram.com/luismarianorodriguez_c https://megainflacion.com
    3m 11s
  • Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #59

    27 JUN 2023 · Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #58 6. Apertura de mesas de votación: Las personas designadas para las mesas de votación deberá n asistir a la hora fijada para tales efectos, dejando constancia en acta, de los siguientes datos: fecha y hora de apertura de cada mesa de votación, nombres, apellidos y documento público de identidad de quienes estén pres entes, y cualquier otro dato que se considere relevante para el proceso. 7. Cuaderno de votación: Deberá elaborarse cuaderno de votación que contenga como mínimo la siguiente información: nombres, apellidos y documento pú blico de identidad de los trabajadores y las trabajadoras que tienen derecho a participar, firma de los trabajadores y las trabajadoras, huella dactilar y un espacio reservado para la colocación de la palabra ?VOTÓ? o ?NO ASISTIÓ? seg ún corresponda. 8. Boletas de votación: Deberá elaborarse boletas de votación que indiquen como mínimo, el nombre, apellido y documento público de identidad de los candidatos a ser electos como Delegados o Delegadas de Prevención. 9. Votación: Los trabajadores y las trabajadoras al momento de ejercer su derecho al sufragio deberán identificarse en la mesa de votación, donde se identificará si se encuentran incluidos en los cuadernos de votació n, y se les suministrará la boleta de votación a los fines de que se traslade al lugar destinado a tal efecto, voten de manera secreta, depositen su boleta en la caja cerrada y firmen el cuaderno de votació n como constancia de haber ejercido el derecho al sufragio. 10. Finalización del acto de votación: Concluido el acto de votación se procederá a colocar la palabra ?NO ASISTIÓ? en las casillas del cuaderno de votació n correspondientes a los trabajadores y las trabajadoras que no hayan concurrido a ejercer su derecho al sufragio. Luis Mariano Rodriguez Cabello, Luis Mariano Rodriguez C. cabello, Luis Mariano Rodriguez C. c, laboral, derecho laboral, trabajadores, trabajador, sindicato, salario minimo, aumento salarial, derecho laboral venezuela, pensión, pensiones https://isalario.com https://twitter.com/isalario https://twitter.com/contraelhampa https://instagram.com/luismarianorodriguez_c https://megainflacion.com
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  • Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #58

    25 JUN 2023 · Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #57 Del proceso de elección de los Delegados y Delegadas de Prevención Artículo 62 A los fines de garantizar el derecho de participación protagó nica de los trabajadores y las trabajadoras en materia de seguridad y salud en el trabajo, el proceso de elección de los Delegados y Delegadas de Prevención, por las siguientes regulaciones mínimas: 1. Iniciativa para la convocatoria: Corresponde a los trabajadores y las trabajadoras, sus organizaciones o al Instituto Nacional de Prevenció n, Salud y Seguridad Laborales la convocatoria a elecciones de los Delegados o Delegadas de Prevención. 2. Convocatoria pública: La convocatoria al proceso de elección deberá ser pública a los fines de garantizar la participación de todos los trabajadores y las trabajadoras. 3. Comisión electoral: Los trabajadores y las trabajadoras podrán elegir en asamblea pública una comisión electoral para organizar y dirigir el proceso de elección. 4. Postulación: La postulación de los trabajadores y las trabajadoras para Delegados y Delegadas de Prevención podrá realizarse mediante manifestación verbal o escrita. 5. Mesas de votación: Los trabajadores y las trabajadoras deberán establecer mesas de votación tomando en consideración el número de trabajadores, turnos de trabajo, la organización del trabajo y áreas, departamentos o ubicación de los espacios físicos. Luis Mariano Rodriguez Cabello, Luis Mariano Rodriguez C. cabello, Luis Mariano Rodriguez C. c, laboral, derecho laboral, trabajadores, trabajador, sindicato, salario minimo, aumento salarial, derecho laboral venezuela, pensión, pensiones https://isalario.com https://twitter.com/isalario https://twitter.com/contraelhampa https://instagram.com/luismarianorodriguez_c https://megainflacion.com
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  • Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #57

    23 JUN 2023 · Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #57 Principios para la elección de los Delegados o Delegadas de Prevención Artículo 61 La elección de los Delegados y Delegadas de Prevención debe fundamentarse en los principios democrá ticos de participación de los trabajadores y las trabajadoras, especialmente el de soberanía popular, contemplados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica de Prevención, Co ndiciones y Medio Ambiente de Trabajo. En consecuencia, los Delegados y Delegadas de Prevención deberán elegirse mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. El patrono o la patrona se abstendrá de ejercer cualquier tipo de presión, coacción, intimidació n o injerencia contra los trabajadores y las trabajadoras con el objeto de afectar su derecho a ser elegido o a elegir libremente a los Delegados y Delegadas de Prevención. En caso de incumplir este deber, se considerará que se han obstacul izado las elecciones de los Delegados y Delegadas de Prevención, a los fines de imponer, las sanciones a que hubiere lugar. Luis Mariano Rodriguez Cabello, Luis Mariano Rodriguez C. cabello, Luis Mariano Rodriguez C. c, laboral, derecho laboral, trabajadores, trabajador, sindicato, salario minimo, aumento salarial, derecho laboral venezuela, pensión, pensiones https://isalario.com https://twitter.com/isalario https://twitter.com/contraelhampa https://instagram.com/luismarianorodriguez_c https://megainflacion.com
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  • Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #56

    21 JUN 2023 · Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #56 Artículo 60 Las elecciones de los Delegados y Delegadas de Prevención deberá n realizarse en un lapso no mayor de treinta (30) días hábiles siguientes a la notificación que realice el Inspector o la Inspectora del Trabajo, el Sub-Inspector o la Sub-Inspectora del Trabajo o qui en legalmente ejerza sus competencias y atribuciones, al patrono o la patrona interesado sobre el propósito de los trabajadores y las trabajadoras de realizar las mismas. Si transcurridos los treinta (30) días arriba señalados, no se hubiesen efectuado las elecciones de los Delegados o Delegadas de Prevenció n, los trabajadores y las trabajadoras, sus organizaciones, representantes o los funcionarios y funcionarias del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, deberán notificar al Inspe ctor o la Inspectora del Trabajo, al Sub-Inspector o la Sub-Inspectora del Trabajo, o quien legalmente ejerza sus competencias y atribuciones, con una exposició n sucinta de las circunstancias por las que no se efectuaron las mismas, dando lugar a una prórroga de treinta (30) días hábiles, para que lleven a cabo las elecciones de los delegados o delegadas de prevención. Luis Mariano Rodriguez Cabello, Luis Mariano Rodriguez C. cabello, Luis Mariano Rodriguez C. c, laboral, derecho laboral, trabajadores, trabajador, sindicato, salario minimo, aumento salarial, derecho laboral venezuela, pensión, pensiones https://isalario.com https://twitter.com/isalario https://twitter.com/contraelhampa https://instagram.com/luismarianorodriguez_c https://megainflacion.com
    1m 37s
  • Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #55

    19 JUN 2023 · Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #55 Artículo 59 A partir que se realice la notificación prevista en el artí culo anterior y hasta finalizar el lapso consagrado en el artículo 60 del presente Reglamento, para realizar las elecciones de los Delegados y Delegadas de Prevención, los trabajadores y las trabajadoras no podrán ser despedidos, trasladados o desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector o la Inspectora del Trabajo, de conformidad con la Ley Orgá nica del Trabajo. El Inspector o la Inspectora del Trabajo o el Sub-Inspector o la Sub-Inspectora del Trabajo notificará al patrono o a la patrona interesada sobre el propó sito de los trabajadores y las trabajadoras de elegir sus Delegados y Delegadas de Prevención. La falta de esta notificación acarreará al funcionario o funcionaria responsabilidad de conformidad con la Ley, pero no afectará la inamovilidad laboral de los trabajadores y las trabajadoras. La inamovilidad laboral consagrada para la elección de los Delegados y Delegadas de Prevención se otorga, para garantizar la defensa del interé s colectivo y el libre ejercicio del derecho a participar. En consecuencia, se considera nulo el despido, traslado o desmejora de las condiciones de trabajo de los trabajadores y las trabajadoras que disfrutan de esta inamovilidad laboral sin just a causa debidamente calificada por el Inspector o la Inspectora del Trabajo. En estos casos, los trabajadores y las trabajadoras podrán solicitar su reenganche o restitución de la situación jurídica infringida, así como el pago de los salarios caídos, ante la Inspectoría del Trabajo de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento y en el procedimiento previsto a tal efecto en la Ley Orgánica del Trabajo. Duración de las elecciones de los Delegados y Delegadas de Prevención Luis Mariano Rodriguez Cabello, Luis Mariano Rodriguez C. cabello, Luis Mariano Rodriguez C. c, laboral, derecho laboral, trabajadores, trabajador, sindicato, salario minimo, aumento salarial, derecho laboral venezuela, pensión, pensiones https://isalario.com https://twitter.com/isalario https://twitter.com/contraelhampa https://instagram.com/luismarianorodriguez_c https://megainflacion.com
    2m 19s
  • Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #54

    17 JUN 2023 · Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #54 No podrá discriminarse en esta materia a los trabajadores y las trabajadoras por su condición de empleados u obreros o, por el tipo de contrato celebrado con éstos, ya sea a tiempo determinado, a tiempo indeterminado, para una obra determinada o de aprendiz. En los casos de empresas familiares, cooperativas u otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicio, no le aplicará los numerales 4, 5, 6 y 7 del presente artículo. Notificación de la elección de los Delegados o Delegadas de Prevención Artículo 58 Los trabajadores y las trabajadoras o sus organizaciones deberá n notificar su voluntad de elegir a los Delegados o Delegadas de Prevención al Inspector o la Inspectora del Trabajo, al Sub-Inspector o la Sub-Inspectora del Trabajo o, quienes legalmente ejerzan sus competencias y atribuciones. Inamovilidad laboral durante la elección de los Delegados y Delegadas de Prevención Luis Mariano Rodriguez Cabello, Luis Mariano Rodriguez C. cabello, Luis Mariano Rodriguez C. c, laboral, derecho laboral, trabajadores, trabajador, sindicato, salario minimo, aumento salarial, derecho laboral venezuela, pensión, pensiones https://isalario.com https://twitter.com/isalario https://twitter.com/contraelhampa https://instagram.com/luismarianorodriguez_c https://megainflacion.com
    1m 17s
  • Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #53

    15 JUN 2023 · Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #55 Artículo 59 A partir que se realice la notificación prevista en el artí culo anterior y hasta finalizar el lapso consagrado en el artículo 60 del presente Reglamento, para realizar las elecciones de los Delegados y Delegadas de Prevención, los trabajadores y las trabajadoras no podrán ser despedidos, trasladados o desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector o la Inspectora del Trabajo, de conformidad con la Ley Orgá nica del Trabajo. El Inspector o la Inspectora del Trabajo o el Sub-Inspector o la Sub-Inspectora del Trabajo notificará al patrono o a la patrona interesada sobre el propó sito de los trabajadores y las trabajadoras de elegir sus Delegados y Delegadas de Prevención. La falta de esta notificación acarreará al funcionario o funcionaria responsabilidad de conformidad con la Ley, pero no afectará la inamovilidad laboral de los trabajadores y las trabajadoras. La inamovilidad laboral consagrada para la elección de los Delegados y Delegadas de Prevención se otorga, para garantizar la defensa del interé s colectivo y el libre ejercicio del derecho a participar. En consecuencia, se considera nulo el despido, traslado o desmejora de las condiciones de trabajo de los trabajadores y las trabajadoras que disfrutan de esta inamovilidad laboral sin just a causa debidamente calificada por el Inspector o la Inspectora del Trabajo. En estos casos, los trabajadores y las trabajadoras podrán solicitar su reenganche o restitución de la situación jurídica infringida, así como el pago de los salarios caídos, ante la Inspectoría del Trabajo de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento y en el procedimiento previsto a tal efecto en la Ley Orgánica del Trabajo. Duración de las elecciones de los Delegados y Delegadas de Prevención Luis Mariano Rodriguez Cabello, Luis Mariano Rodriguez C. cabello, Luis Mariano Rodriguez C. c, laboral, derecho laboral, trabajadores, trabajador, sindicato, salario minimo, aumento salarial, derecho laboral venezuela, pensión, pensiones https://isalario.com https://twitter.com/isalario https://twitter.com/contraelhampa https://instagram.com/luismarianorodriguez_c https://megainflacion.com
    1m 47s
  • Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #52

    13 JUN 2023 · Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #52 Sección Segunda Del número, elecció n, revocatoria y registro de los Delegados y Delegadas de Prevención Del número de Delegados y Delegadas de Prevención Artículo 56 En todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o instituciones públicas o privadas se establecerá el número de Delegados y Delegadas de Prevención, tomando en cuenta la peligrosidad de los procesos de trabajo según la actividad económica, para lo cual, se tendrá como referencia, la clasificación Internacional de Actividades Económicas de la Organización Internacional del Trabajo. La autoridad del trabajo, a través del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, será el encargado de determinar el número de Delegados y Delegadas de Prevención que correspondan, tomando en cuenta, además de los criterios establecidos anteriormente, el número de trabajadores y trabajadoras, la organización del trabajo, los turnos de trabajo, la distribución y ubicación de las áreas y departamentos. Adicionalmente, podrán establecerse normas técnicas por sector de actividad económica para determinar el número de Delegados y Delegadas de Prevención. Luis Mariano Rodriguez Cabello, Luis Mariano Rodriguez C. cabello, Luis Mariano Rodriguez C. c, laboral, derecho laboral, trabajadores, trabajador, sindicato, salario minimo, aumento salarial, derecho laboral venezuela, pensión, pensiones https://isalario.com https://twitter.com/isalario https://twitter.com/contraelhampa https://instagram.com/luismarianorodriguez_c https://megainflacion.com
    1m 35s
  • Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #51

    11 JUN 2023 · Luis Mariano Rodriguez Cabello Reglamento la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo #51 De la inamovilidad laboral de los Delegados y Delegadas de Prevención Artículo 55 El Delegado o Delegada de Prevención no podrá ser despedido, trasladado o desmejorado en sus condiciones de trabajo, a partir del momento de su elección hasta tres (3) meses después de vencido el té rmino para el cual fue electo o electa, sin justa causa previamente calificada por el Inspector o la Inspectora del Trabajo, de conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo. La inamovilidad laboral de los Delegados y Delegadas de Prevención es irrenunciable, intransigible e indisponible y se otorga para garantizar la defensa del interés colectivo y la autonomía en el ejercicio de sus funciones. La violación de este derecho comprende tanto al Delegado o Delegada de Prevención como al colectivo de trabajadores y trabajadoras que representa. En consecuencia, se considerarán expuestos a dicha violació n todos los trabajadores y trabajadoras del centro de trabajo, establecimiento, faena o unidad de explotación. Se considera nulo el despido, traslado o desmejora de las condiciones de trabajo de los Delegados y Delegadas de Prevención sin justa causa debidamente calificada por el Inspector o la Inspectora del Trabajo. En estos casos, podrá n solicitar su reenganche o restitución de la situación jurídica infringida, así como el pago de los salarios caídos, ante la Inspectoría del Trabajo, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento. Se entiende por traslado cualquier modificación unilateral por parte del patrono o patrona de la ubicación o sitio donde el Delegado o Delegada de Prevención presta sus servicios, así como el cambio de su cargo o puesto de trabajo. Se entiende por desmejora cualquier modificación unilateral por parte del patrono o patrona de las condiciones laborales del Delegado o Delegada de Prevención que afecte sus derechos, garantías, deberes o intereses. Luis Mariano Rodriguez Cabello, Luis Mariano Rodriguez C. cabello, Luis Mariano Rodriguez C. c, laboral, derecho laboral, trabajadores, trabajador, sindicato, salario minimo, aumento salarial, derecho laboral venezuela, pensión, pensiones https://isalario.com https://twitter.com/isalario https://twitter.com/contraelhampa https://instagram.com/luismarianorodriguez_c https://megainflacion.com
    2m 44s

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Host Luis Mariano Rodriguez Cabello Estudio e informes nacionales y mundiales de salarios, pensiones, prestaciones, sociales, fondos de retiro, inversiones para jubilados. Seguridad Social a nivel Mundial, Organización internacional para la salud, leyes laborales, seguridad industrial, impsasel, loptra, lott, reglamento del trabajo, jurisprudencia del trabajo, derecho laboral en #Venezuela, #España y #MIami.
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