E82 El Dato Peque del Trueque: T2 EP1 Navidad anticipada, 24 de diciembre publican REGLAS Generales de Comercio Exterior 2022 y anexo 13

Dec 27, 2021 · 8m 27s
E82 El Dato Peque del Trueque: T2 EP1 Navidad anticipada, 24 de diciembre publican REGLAS Generales de Comercio Exterior 2022 y anexo 13
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Este 24 de diciembre de 2021 se publica en el Diario Oficial de la Federación las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 y su anexo 13, ello con fundamento...

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Este 24 de diciembre de 2021 se publica en el Diario Oficial de la Federación las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 y su anexo 13, ello con fundamento en los artículos 1o. y 144 de la Ley Aduanera; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.
Recordemos que el Código Fiscal de la Federación establece que este tipo de disposiciones de carácter general se publicaran anualmente y tienen como intención (no siempre la cumplen) facilitar el conocimiento de las mismas para los contribuyentes.
Esta publicación de Reglas mantiene la estructura de las anteriores publicaciones.
• Cuentan con un glosario.
• Siete títulos.
1. Disposiciones Generales y Actos Previos al Despacho.
a. 12 Capítulos, en este encontrarás información respecto a la Presentación de promociones, declaraciones, avisos y formatos, los Padrones de Importadores y Exportadores, los Agentes y Apoderados Aduanales, la agencia aduanal, el Valor en Aduana de las Mercancía, Determinación, Pago, Diferimiento y Compensación de Contribuciones y Garantías, Medios de Seguridad, Prevalidación Electrónica, la Transmisión Electrónica de Información, Despacho Directo y Representante Legal y Consejo de Clasificación Arancelaria.
2. Entrada, Salida y Control de Mercancías.
3 5 Capítulos, Disposiciones Generales, el Depósito ante la Aduana, los Recintos Fiscalizados, Fiscalizados Estratégicos y Maniobras en el Recinto Fiscal, todo lo que se refiere al Control de las Mercancías por la Aduana y la tan importante Regularización de Mercancías de Procedencia Extranjera.
3. Despacho de Mercancías.
Con 7 Capítulos Disposiciones Generales. Pasajeros. Mercancías Exentas, Franja o Región Fronteriza, Vehículos. Cuadernos ATA y Procedimientos Administrativos Simplificados.
4. Regímenes Aduaneros.
Con 8 Capítulos, Definitivos de Importación y Exportación, Temporal de Importación para Retornar al Extranjero en el Mismo Estado, Temporal de Importación para Elaboración, Transformación o Reparación, Temporal de Exportación, Depósito Fiscal, Tránsito de Mercancías, Elaboración, Transformación o Reparación en Recinto Fiscalizado y Recinto Fiscalizado Estratégico.
5. Demás Contribuciones.
Con 5 Capítulos; Derecho de Trámite Aduanero, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, Impuesto sobre Automóviles Nuevos y el Impuesto sobre la Renta.
6. Actos Posteriores al Despacho.
Con 3 Capítulos Rectificación de pedimentos, Declaraciones complementarias y Procedimientos de verificación de origen.
7. Esquema Integral de Certificación.
Con 5 Capítulos; Disposiciones Generales; Obligaciones, requerimientos, renovación y cancelación en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, Beneficios del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, Garantía del interés fiscal en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, Registro del Despacho de Mercancías de las Empresas.

Por lo que hace a los transitorios:

Se integraron en esta Resolución 9 Transitorios, dentro de los cuales cobra relevancia la prórroga para la transmisión en el nuevo mecanismo de la Manifestación de Valor que entrarán en vigor hasta que se dé a conocer su formato en el Anexo 1, en el Portal del SAT a través de la Ventanilla Digital, el cual será exigible 90 días posteriores a su publicación.
• En lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 31 de marzo de 2022.
• La implementación del Formulario Postal del Anexo 1, que entrarán en vigor 2 meses posteriores a la publicación de la Novena Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2020, publicada en el DOF el 23 de noviembre de 2021.
• Los anexos de la Resolución que establece las RGCE para 2020, estarán en vigor hasta en tanto sean publicados los correspondientes a las RGCE para 2022.
• El Anexo 2 continuará vigente hasta en tanto sea publicado el Anexo 13 que se refiere a “Multas y cantidades actualizadas que establece la Ley Aduanera y su Reglamento de las RGCE para 2022, el cual entrará en vigor el 01 de enero de 2022.

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