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Ley Orgánica del Trabajo Luis Mariano Rodriguez C. #97

Ley Orgánica del Trabajo Luis Mariano Rodriguez C. #97
Jul 27, 2022 · 4m 37s

Ley Orgánica del Trabajo Luis Mariano Rodriguez C. #97 Artículo 400 Elecciones por la base En las elecciones de los sindicatos participarán los afiliados y afiliadas al sindicato. En las...

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Ley Orgánica del Trabajo Luis Mariano Rodriguez C. #97
Artículo 400

Elecciones por la base

En las elecciones de los sindicatos participarán los afiliados y afiliadas al sindicato. En las elecciones de la junta directiva de las federaciones participarán los y las integrantes de los sindicatos afiliados. En las elecciones de la junta directiva de una confederación o central participarán los y las integrantes de los sindicatos afiliados a las federaciones que la integran.

Artículo 401

Período de la junta directiva

La junta directiva de un sindicato ejercerá sus funciones durante el tiempo que establezcan los estatutos de la organización, pero en ningún caso podrá establecerse un período mayor a tres años.

En las federaciones y confederaciones o centrales el período de la junta directiva podrá ser de hasta cinco años.

Artículo 402

Limitaciones para juntas directivas con el periodo vencido

Las organizaciones sindicales tienen derecho a efectuar sus procesos electorales, sin más limitaciones que las establecidas en sus estatutos y en esta Ley. La no convocatoria a elecciones sindicales por parte de los integrantes de una junta directiva a la que se le haya vencido el período para la cual fue electa es contraria a la ética sindical, al ejercicio de la democracia sindical y a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Los y las integrantes de la junta directiva de las organizaciones sindicales cuyo período haya vencido de conformidad con esta Ley y en sus estatutos, no podrán realizar, celebrar o representar a la organización sindical en actos jurídicos que excedan la simple administración, por tal razón, no podrán presentar, tramitar, ni acordar convenciones colectivas de trabajo, pliegos de peticiones con carácter conciliatorio o conflictivo ni actas convenio. La organización sindical cuya junta directiva tenga el período vencido no podrá sustituir a los integrantes de la junta directiva por mecanismos distintos al proceso de elecciones, ni modificar sus estatutos para prorrogar el periodo de la junta directiva.

Esta disposición no es aplicable cuando el vencimiento del periodo de la junta directiva ocurra en el curso de un proceso electoral para la elección de una nueva junta directiva, ó posterior al inicio de la tramitación de una convención colectiva de trabajo, o un pliego de peticiones.

Artículo 403

Normas electorales que deben contener los estatutos sindicales

Los procesos electorales de las organizaciones sindicales se regirán conforme a lo establecido en sus estatutos y reglamentos internos. A tal efecto estos deberán indicar con claridad:

a) La forma de convocar las elecciones de directivos y demás representantes de la organización sindical.

b) La forma de designar a los y las integrantes de la Comisión Electoral.

c) Los afiliados y afiliadas con derecho a voto.

d) Los requisitos para la inscripción de candidatos y candidatas.

e) Un sistema de votación que integre en la elección de la junta directiva la forma uninominal y la representación proporcional de las minorías.

f) La forma y oportunidad de revocatoria del mandato de la junta directiva o alguno o alguna de sus integrantes.

g) Las demás que establezca los afiliados y las afiliadas.

Las normas deben garantizar la participación democrática de sus afiliados y afiliadas, el secreto del voto, y la alternabilidad democrática.

Artículo 404

Publicidad de los actos electorales

Las organizaciones sindicales garantizarán la publicidad de los actos relacionados con los procesos electorales, a los fines de salvaguardar los derechos e intereses de los afiliados y las afiliadas. A tal efecto, deberán publicar los mismos en las carteleras sindicales, en los centros de trabajo y en todos los medios que tengan a su alcance.
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Author Luis Mariano Rodriguez Cabello
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