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<rss xmlns:itunes="http://www.itunes.com/dtds/podcast-1.0.dtd" xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom" xmlns:podcast="https://podcastindex.org/namespace/1.0" xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" version="2.0"><channel><title>CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA</title><link>http://www.aprendelaley.com/2017/09/constitucion-espanola.html</link><description><![CDATA[Con estos audios podrás escuchar y estudiar la Constitución Española actualmente vigente en España.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><atom:link href="https://www.spreaker.com/show/4207050/episodes/feed" rel="self" type="application/rss+xml"/><language>es</language><category>Politics</category><copyright>Copyright Aprende la Ley</copyright><image><url>https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg</url><title>CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA</title><link>http://www.aprendelaley.com/2017/09/constitucion-espanola.html</link></image><lastBuildDate>Sun, 07 Dec 2025 08:15:41 +0000</lastBuildDate><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:owner><itunes:name>Aprende la Ley</itunes:name><itunes:email>feeds@spreaker.com</itunes:email></itunes:owner><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:subtitle>Con estos audios podrás escuchar y estudiar la Constitución Española actualmente vigente en España.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Con estos audios podrás escuchar y estudiar la Constitución Española actualmente vigente en España.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:category text="News"><itunes:category text="Politics"/></itunes:category><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:type>serial</itunes:type><podcast:funding url="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&amp;utm_medium=rss&amp;utm_campaign=rss">¡Apoya el podcast!</podcast:funding><item><title>ESTRUCTURA</title><link>https://www.spreaker.com/episode/estructura--21853021</link><description><![CDATA[PREÁMBULO<br />TÍTULO PRELIMINAR [Arts. 1 a 9]<br />TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales [Arts. 10 a 55]<br />CAPÍTULO PRIMERO. De los españoles y los extranjeros<br />CAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y libertades<br />Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas<br />Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos<br />CAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica<br />CAPÍTULO CUARTO. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales<br />CAPÍTULO QUINTO. De la suspensión de los derechos y libertades<br />TÍTULO II. De la Corona [Arts. 56 a 65]<br />TÍTULO III. De las Cortes Generales [Arts. 66 a 96]<br />CAPÍTULO PRIMERO. De las Cámaras<br />CAPÍTULO SEGUNDO. De la elaboración de las leyes<br />CAPÍTULO TERCERO. De los Tratados Internacionales<br />TÍTULO IV. Del Gobierno y de la Administración [Arts. 97 a 107]<br />TÍTULO V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales [Arts 108 a 116]<br />TÍTULO VI. Del Poder Judicial [ Arts. 117 a 127]<br />TÍTULO VII. Economía y Hacienda [Arts. 128 a 136]<br />TÍTULO VIII. De la Organización Territorial del Estado [Arts. 137 a 158]<br />CAPÍTULO PRIMERO. Principios generales<br />CAPÍTULO SEGUNDO. De la Administración Local<br />CAPÍTULO TERCERO. De las Comunidades Autónomas<br />TÍTULO IX. Del Tribunal Constitucional [Arts 159 a 165]<br />TÍTULO X. De la reforma constitucional [Arts 166 a 169]<br /><br />DISPOSICIONES ADICIONALES [4]<br />DISPOSICIONES TRANSITORIAS [9]<br />DISPOSICION DEROGATORIA [1]<br />DISPOSICION FINAL [1]<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21853021</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:37:13 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21853021/01_estructura_de_la_constituci_n.mp3" length="4153677" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR [Arts. 1 a 9]
TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales [Arts. 10 a 55]
CAPÍTULO PRIMERO. De los españoles y los extranjeros
CAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y libertades
Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[PREÁMBULO<br />TÍTULO PRELIMINAR [Arts. 1 a 9]<br />TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales [Arts. 10 a 55]<br />CAPÍTULO PRIMERO. De los españoles y los extranjeros<br />CAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y libertades<br />Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas<br />Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos<br />CAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica<br />CAPÍTULO CUARTO. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales<br />CAPÍTULO QUINTO. De la suspensión de los derechos y libertades<br />TÍTULO II. De la Corona [Arts. 56 a 65]<br />TÍTULO III. De las Cortes Generales [Arts. 66 a 96]<br />CAPÍTULO PRIMERO. De las Cámaras<br />CAPÍTULO SEGUNDO. De la elaboración de las leyes<br />CAPÍTULO TERCERO. De los Tratados Internacionales<br />TÍTULO IV. Del Gobierno y de la Administración [Arts. 97 a 107]<br />TÍTULO V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales [Arts 108 a 116]<br />TÍTULO VI. Del Poder Judicial [ Arts. 117 a 127]<br />TÍTULO VII. Economía y Hacienda [Arts. 128 a 136]<br />TÍTULO VIII. De la Organización Territorial del Estado [Arts. 137 a 158]<br />CAPÍTULO PRIMERO. Principios generales<br />CAPÍTULO SEGUNDO. De la Administración Local<br />CAPÍTULO TERCERO. De las Comunidades Autónomas<br />TÍTULO IX. Del Tribunal Constitucional [Arts 159 a 165]<br />TÍTULO X. De la reforma constitucional [Arts 166 a 169]<br /><br />DISPOSICIONES ADICIONALES [4]<br />DISPOSICIONES TRANSITORIAS [9]<br />DISPOSICION DEROGATORIA [1]<br />DISPOSICION FINAL [1]<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>260</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>INDICE SISTEMÁTICO COMPLETO (Resumen por encabezados de toda la Constitución)</title><link>https://www.spreaker.com/episode/indice-sistematico-completo-resumen-por-encabezados-de-toda-la-constitucion--21854400</link><description><![CDATA[PREÁMBULO<br />TÍTULO PRELIMINAR<br />Art. 1. La soberanía reside en el pueblo / Monarquía Parlamentaria.<br />Art. 2. Unidad de la Nación y derecho a la Autonomía.<br />Art. 3. El castellano y las demás lenguas españolas.<br />Art. 4. La bandera de España y las de las CC.AA.<br />Art. 5. Madrid, capital. <br />Art. 6. Partidos Políticos.<br />Art. 7. Sindicatos y Asociaciones Empresariales. <br />Art. 8. Fuerzas Armadas<br />Art. 9. Respeto a la Ley / Libertad e Igualdad / Garantías Jurídicas. <br /><br />TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales<br />Art. 10. Derechos de la persona.<br />CAPÍTULO PRIMERO. De los españoles y los extranjeros<br />Art. 11. Nacionalidad.<br />Art. 12. Mayoría de edad, 18 años.<br />Art. 13. Derechos de los extranjeros. <br />CAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y libertades<br />Art. 14. Igualdad ante la ley. <br />Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas<br />Art. 15. Derecho a la vida / Integridad física y moral.<br />Art. 16. Libertad ideológica y religiosa. <br />Art. 17. Derecho a la libertad personal / Seguridad. <br />Art. 18. Derecho al honor, a la intimidad, inviolabilidad del domicilio / Secreto de las comunicaciones. <br />Art. 19. Libertad de residencia y circulación.<br />Art. 20. Libertad de Expresión. <br />Art. 21. Derecho de Reunión. <br />Art. 22. Derecho de Asociación. <br />Art. 23. Derecho de Participación. <br />Art. 24. Protección judicial de los derechos / Indefensión. <br />Art. 25. Principio de Legalidad Penal / Trabajo remunerado para los reclusos. <br />Art. 26. Prohibición de los tribunales del honor.<br />Art. 27. Libertad de enseñanza / Dcho a la educación / Autonomía Universitaria. <br />Art. 28. Libertad de sindicación / Derecho a la huelga. <br />Art. 29. Derecho de Petición. <br /><br />Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos<br />Art. 30. Servicio militar y objeción de conciencia. <br />Art. 31. Sistema tributario. <br />Art. 32. Matrimonio. <br />Art. 33. Derecho a la propiedad privada y a la herencia. <br />Art. 34. Derecho de Fundación. <br />Art. 35. El trabajo, derecho y deber. <br />Art. 36. Colegios Profesionales. <br />Art. 37. Convenios y conflictos laborales. <br />Art. 38. Libertad de empresa / Economía de mercado. <br />CAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica<br />Art. 39. Protección a la familia y a la infancia. <br />Art. 40. Redistribución de la renta / Pleno empleo / Formación Profesional / Jornada y descanso laboral. <br />Art. 41. Seguridad Social. <br />Art. 42. Emigrantes. <br />Art. 43. Protección a la salud / Fomento del deporte. <br />Art. 44. Acceso a la cultura. <br />Art. 45. Medioambiente / Calidad de vida. <br />Art. 46. Conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico. <br />Art. 47. Derecho a la vivienda. <br />Art. 48. Participación de la juventud. <br />Art. 49. Atención a los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos. <br />Art. 50. Tercera edad. <br />Art. 51. Defensa de los consumidores. <br />Art. 52. Organizaciones profesionales. <br />CAPÍTULO CUARTO. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales<br />Art. 53. Tutela de las libertades y derechos / Recurso de Amparo. <br />Art. 54. El defensor del pueblo. <br />CAPÍTULO QUINTO. De la suspensión de los derechos y libertades<br />Art. 55. Suspensión de derechos y libertades. <br /><br />TÍTULO II. De la Corona<br />Art. 56. El Rey. <br />Art. 57. Sucesión a la corona / El Príncipe de Asturias / Abdicaciones y renuncias. <br />Art. 58. La Reina. <br />Art. 59. La regencia. <br />Art. 60. Tutela del Rey. <br />Art. 61. Juramento del Rey y del Príncipe de Asturias. <br />Art. 62. Funciones del Rey. <br />Art. 63. El rey y embajadores / Consentimiento del Estado en Tratado Internacional / Declarar la guerra y hacer la paz. <br />Art. 64. Refrendo de los actos del Rey. <br />Art. 65. La casa del Rey. <br /><br />TÍTULO III. De las Cortes Generales<br />CAPÍTULO PRIMERO. De las Cámaras<br />Art. 66. Cortes generales. Potestad Legislativa y Control del Gobierno. <br />Art. 67. El mandato parlamentario. <br />Art. 68. El Congreso de los Diputados / Sistema electoral / 4 años de legislatura. <br />Art. 69. El Senado. Cámara de representación territorial  / 4 años de legislatura. <br />Art. 70. Incompatibilidades / Ineligibilidades<br />Art. 71. Inviolabilidad e Inmunidad parlamentarias. <br />Art. 72. Reglamentos de las Cámaras / Presidentes de las Cámaras. <br />Art. 73. Sesiones de las Cámaras. <br />Art. 74. Sesiones conjuntas de las Cámaras. <br />Art. 75. El Pleno y las Comisiones de las Cámaras. <br />Art. 76. Comisión de Investigación. <br />Art. 77. Peticiones a las Cámaras. <br />Art. 78. Diputaciones Permanentes. <br />Art. 79. Adopción de acuerdos. <br />Art. 80. Publicidad de las sesiones. <br />CAPÍTULO SEGUNDO. De la elaboración de las leyes<br />Art. 81. Leyes Orgánicas.<br />Art. 82. Delegación Legislativa / Refundición de textos legales. <br />Art. 83. Limitación a las leyes de bases. <br />Art. 84. Posibilidad del Gobierno a oponerse a la tramitación de una Proposición de Ley o a una Enmienda. <br />Art. 85. Decretos Legislativos.<br />Art. 86. Decretos-Leyes y su convalidación<br />Art. 87. Iniciativa legislativa / Iniciativa legislativa de CC.AA / Iniciativa legislativa Popular. <br />Art. 88. Proyectos de Ley.<br />Art. 89. Proposiciones de Ley. <br />Art. 90. Actuación legislativa del Senado.<br />Art. 91. Sanción y Promulgación de las leyes. <br />Art. 92. Referendum.<br />CAPÍTULO TERCERO. De los Tratados Internacionales<br />Art. 93. Tratados Internacionales. <br />Art. 94. Autorización de las Cortes para determinados Tratados Internacionales. <br />Art. 95. Los Tratados Internacionales y la Constitución.<br />Art. 96. Derogación y denuncia de los Tratados y Convenios. <br /><br />TÍTULO IV. Del Gobierno y de la Administración<br />Art. 97. El Gobierno<br />Art. 98. Composición y Estatuto del Gobierno. <br />Art. 99. Nombramiento del Presidente del Gobierno / Voto de Investidura. <br />Art. 100. Nombramiento de los ministros. <br />Art. 101. Cese del gobierno.<br />Art. 102. Responsabilidad de los miembros del gobierno. <br />Art. 103. La administración Pública / Estatuto de los funcionarios públicos. <br />Art. 104. Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado.<br />Art. 105. Participación de los ciudadanos. <br />Art. 106. Control judicial de la administración / Derecho a indemnización de los particulares. <br />Art. 107. El Consejo de Estado. <br /><br />TÍTULO V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales<br />Art. 108. Responsabilidad solidaria del gobierno ante el parlamento. <br />Art. 109. Derecho de información de las Cámaras.<br />Art. 110. El gobierno en las Cámaras.<br />Art. 111. Interpelaciones y Preguntas. <br />Art. 112. La Cuestión de Confianza<br />Art. 113. Moción de Censura. <br />Art. 114. Dimisión del gobierno. <br />Art. 115. Disolución de las Cámaras. <br />Art. 116. Estado de Alarma, Excepción y Sitio. <br /><br />TÍTULO VI. Del Poder Judicial<br />Art. 117. Independencia de la Justicia / Inamovilidad de Jueces y Magistrados / Unidad Jurisdiccional / Se prohiben los Tribunales del Honor. <br />Art. 118. Colaboración con la justicia. <br />Art. 119. Gratuidad de la justicia. <br />Art. 120. Publicidad de actuaciones judiciales. <br />Art. 121. Indemnización por errores judiciales. <br />Art. 122. Juzgados y Tribunales. <br />Art. 123. El Tribunal Supremo. <br />Art. 124. El Ministerio Fiscal / El Fiscal General del Estado. <br />Art. 125. Institución del Jurado. <br />Art. 126. Policía Judicial. <br />Art. 127. Incompatibilidades de Jueces, Magistrados y Fiscales. <br /><br />TÍTULO VII. Economía y Hacienda<br />Art. 128. Función Pública de la riqueza. <br />Art. 129. Participación en la empresa y en los organismos públicos. <br />Art. 130. Modernización y desarrollo del sector económico. <br />Art. 131. Planificación de la actividad económica. <br />Art. 132. Bienes de dominio público y comunales. <br />Art. 133. Potestad Tributaria. <br />Art. 134. Presupuestos Generales del Estado. <br />Art. 135. Deuda Pública. <br />Art. 136. El Tribunal de Cuentas. <br /><br />TÍTULO VIII. De la Organización Territorial del Estado<br />CAPÍTULO PRIMERO. Principios generales<br />Art. 137. Municipios, Provincias y CC.AA<br />Art. 138. Solidaridad e Igualdad. <br />Art. 139. Igualdad de los españoles en los territorios del Estado. <br />CAPÍTULO SEGUNDO. De la Administración Local<br />Art. 140. Autonomía y democracia municipal. <br />Art. 141. Las Provincias / Las Islas.<br />Art. 142. Las Haciendas Locales. <br />CAPÍTULO TERCERO. De las Comunidades Autónomas<br />Art. 143. Autogobierno de las CC.AA / Iniciativa Autonómica. <br />Art. 144. Cortes Generales y CC. AA.<br />Art. 145. Cooperación entre CC.AA.<br />Art. 146. Elaboración del Estatuto. <br />Art. 147. Los Estatutos de Autonomía / Reforma de los Estatutos de Autonomía. <br />Art. 148. Competencias de las CC.AA. <br />Art. 149. Competencias exclusivas del Estado / Servicio del Estado a la Cultura. <br />Art. 150. Coordinación de competencias legislativas. <br />Art. 151. Elaboración del Estatuto en Régimen Especial. <br />Art. 152. Órganos de las CC.AA.<br />Art. 153. Control de los órganos de las CC.AA.<br />Art. 154. Delegado del Gobierno en las CC.AA. <br />Art. 155. Control del Gobierno a las CC.AA. <br />Art. 156. Autonomía Financiera de las CC.AA<br />Art. 157. Recursos de las CC.AA.<br />Art. 158. Fondo de Compensación Territorial. <br /><br />TÍTULO IX. Del Tribunal Constitucional<br />Art. 159. El Tribunal Constitucional. <br />Art. 160. Presidente del Tribunal Constitucional. <br />Art. 161. Competencia del Tribunal Constitucional. <br />Art. 162. Legitimados para interponer Recursos de Inconstitucionalidad y Ámparo. <br />Art. 163. Planteamiento de cuestiones ante el Tribunal Constitucional. <br />Art. 164. Sentencias del Tribunal Constitucional. <br />Art. 165. Funcionamiento de Tribunal Constitucional. <br /><br />TÍTULO X. De la reforma constitucional<br />Art. 166. Iniciativa de Reforma Constitucional. <br />Art. 167. Procedimiento de Reforma Constitucional. <br />Art. 168. Reformas Esenciales de la Constitución. <br />Art. 169. Prohibición de Reforma Constitucional. <br /><br />DISPOSICIONES ADICIONALES<br />Primera. Derechos Históricos de los Territorios Forales<br />Segunda. Mayoría de Edad y Derechos Forales. <br />Tercera. Régimen Económico y Fiscal de Canarias. <br />Cuarta. CC.AA con más de una Audiencia Territorial. <br /><br />DISPOSICIONES TRANSITORIAS<br />Primera. Iniciativa de elaboración del Estatuto de Autonomía por los Órganos Autonómicos. <br />Segunda. Territorios que hubiesen plebiscitado afirmativamente un Estatuto de Autonomía. <br />Tercera. Iniciativa autonómica por parte de Corporaciones Locales. <br />Cuarta. Navarra.<br />Quinta. Ceuta y Melilla. <br />Sexta. Gestión de varios proyectos de Estatuto por la Comisión de Constitución del Congreso. <br />Séptima. Disolución de los Organis<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21854400</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:39:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21854400/02_indice_sistem_tico_completo_resumen_de_art_culos_por_encabezados.mp3" length="16361011" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1. La soberanía reside en el pueblo / Monarquía Parlamentaria.
Art. 2. Unidad de la Nación y derecho a la Autonomía.
Art. 3. El castellano y las demás lenguas españolas.
Art. 4. La bandera de España y las de las CC.AA....</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[PREÁMBULO<br />TÍTULO PRELIMINAR<br />Art. 1. La soberanía reside en el pueblo / Monarquía Parlamentaria.<br />Art. 2. Unidad de la Nación y derecho a la Autonomía.<br />Art. 3. El castellano y las demás lenguas españolas.<br />Art. 4. La bandera de España y las de las CC.AA.<br />Art. 5. Madrid, capital. <br />Art. 6. Partidos Políticos.<br />Art. 7. Sindicatos y Asociaciones Empresariales. <br />Art. 8. Fuerzas Armadas<br />Art. 9. Respeto a la Ley / Libertad e Igualdad / Garantías Jurídicas. <br /><br />TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales<br />Art. 10. Derechos de la persona.<br />CAPÍTULO PRIMERO. De los españoles y los extranjeros<br />Art. 11. Nacionalidad.<br />Art. 12. Mayoría de edad, 18 años.<br />Art. 13. Derechos de los extranjeros. <br />CAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y libertades<br />Art. 14. Igualdad ante la ley. <br />Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas<br />Art. 15. Derecho a la vida / Integridad física y moral.<br />Art. 16. Libertad ideológica y religiosa. <br />Art. 17. Derecho a la libertad personal / Seguridad. <br />Art. 18. Derecho al honor, a la intimidad, inviolabilidad del domicilio / Secreto de las comunicaciones. <br />Art. 19. Libertad de residencia y circulación.<br />Art. 20. Libertad de Expresión. <br />Art. 21. Derecho de Reunión. <br />Art. 22. Derecho de Asociación. <br />Art. 23. Derecho de Participación. <br />Art. 24. Protección judicial de los derechos / Indefensión. <br />Art. 25. Principio de Legalidad Penal / Trabajo remunerado para los reclusos. <br />Art. 26. Prohibición de los tribunales del honor.<br />Art. 27. Libertad de enseñanza / Dcho a la educación / Autonomía Universitaria. <br />Art. 28. Libertad de sindicación / Derecho a la huelga. <br />Art. 29. Derecho de Petición. <br /><br />Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos<br />Art. 30. Servicio militar y objeción de conciencia. <br />Art. 31. Sistema tributario. <br />Art. 32. Matrimonio. <br />Art. 33. Derecho a la propiedad privada y a la herencia. <br />Art. 34. Derecho de Fundación. <br />Art. 35. El trabajo, derecho y deber. <br />Art. 36. Colegios Profesionales. <br />Art. 37. Convenios y conflictos laborales. <br />Art. 38. Libertad de empresa / Economía de mercado. <br />CAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica<br />Art. 39. Protección a la familia y a la infancia. <br />Art. 40. Redistribución de la renta / Pleno empleo / Formación Profesional / Jornada y descanso laboral. <br />Art. 41. Seguridad Social. <br />Art. 42. Emigrantes. <br />Art. 43. Protección a la salud / Fomento del deporte. <br />Art. 44. Acceso a la cultura. <br />Art. 45. Medioambiente / Calidad de vida. <br />Art. 46. Conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico. <br />Art. 47. Derecho a la vivienda. <br />Art. 48. Participación de la juventud. <br />Art. 49. Atención a los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos. <br />Art. 50. Tercera edad. <br />Art. 51. Defensa de los consumidores. <br />Art. 52. Organizaciones profesionales. <br />CAPÍTULO CUARTO. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales<br />Art. 53. Tutela de las libertades y derechos / Recurso de Amparo. <br />Art. 54. El defensor del pueblo. <br />CAPÍTULO QUINTO. De la suspensión de los derechos y libertades<br />Art. 55. Suspensión de derechos y libertades. <br /><br />TÍTULO II. De la Corona<br />Art. 56. El Rey. <br />Art. 57. Sucesión a la corona / El Príncipe de Asturias / Abdicaciones y renuncias. <br />Art. 58. La Reina. <br />Art. 59. La regencia. <br />Art. 60. Tutela del Rey. <br />Art. 61. Juramento del Rey y del Príncipe de Asturias. <br />Art. 62. Funciones del Rey. <br />Art. 63. El rey y embajadores / Consentimiento del Estado en Tratado Internacional / Declarar la guerra y hacer la paz. <br />Art. 64. Refrendo de los actos del Rey. <br />Art. 65. La casa del Rey. <br /><br />TÍTULO III. De las Cortes Generales<br />CAPÍTULO...]]></itunes:summary><itunes:duration>1023</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>PREÁMBULO</title><link>https://www.spreaker.com/episode/preambulo--21886354</link><description><![CDATA[La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:<br />Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.<br />Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.<br />Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.<br />Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.<br />Establecer una sociedad democrática avanzada, y<br />Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.<br />En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente Constitución.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21886354</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:40:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21886354/03_pre_mbulo.mp3" length="1360038" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:
Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:<br />Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.<br />Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.<br />Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.<br />Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.<br />Establecer una sociedad democrática avanzada, y<br />Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.<br />En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente Constitución.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>85</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>TÍTULO PRELIMINAR (Resumen por encabezados artículos 1 a 9)</title><link>https://www.spreaker.com/episode/titulo-preliminar-resumen-por-encabezados-articulos-1-a-9--21854410</link><description><![CDATA[TÍTULO PRELIMINAR<br /><br />Art. 1. La soberanía reside en el pueblo / Monarquía Parlamentaria.<br />Art. 2. Unidad de la Nación y derecho a la Autonomía.<br />Art. 3. El castellano y las demás lenguas españolas.<br />Art. 4. La bandera de España y las de las CC.AA.<br />Art. 5. Madrid, capital. <br />Art. 6. Partidos Políticos.<br />Art. 7. Sindicatos y Asociaciones Empresariales. <br />Art. 8. Fuerzas Armadas<br />Art. 9. Respeto a la Ley / Libertad e Igualdad / Garantías Jurídicas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21854410</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:40:54 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21854410/is_preliminar_def.mp3" length="1674970" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>TÍTULO PRELIMINAR

Art. 1. La soberanía reside en el pueblo / Monarquía Parlamentaria.
Art. 2. Unidad de la Nación y derecho a la Autonomía.
Art. 3. El castellano y las demás lenguas españolas.
Art. 4. La bandera de España y las de las CC.AA.
Art. 5....</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[TÍTULO PRELIMINAR<br /><br />Art. 1. La soberanía reside en el pueblo / Monarquía Parlamentaria.<br />Art. 2. Unidad de la Nación y derecho a la Autonomía.<br />Art. 3. El castellano y las demás lenguas españolas.<br />Art. 4. La bandera de España y las de las CC.AA.<br />Art. 5. Madrid, capital. <br />Art. 6. Partidos Políticos.<br />Art. 7. Sindicatos y Asociaciones Empresariales. <br />Art. 8. Fuerzas Armadas<br />Art. 9. Respeto a la Ley / Libertad e Igualdad / Garantías Jurídicas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>42</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 1. La soberanía reside en el pueblo / Monarquía Parlamentaria.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-1-la-soberania-reside-en-el-pueblo-monarquia-parlamentaria--21856931</link><description><![CDATA[Art. 1. La soberanía reside en el pueblo / Monarquía Parlamentaria.<br /><br />1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.<br />2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.<br />3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21856931</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:43:02 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21856931/art_1_def.mp3" length="1544358" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 1. La soberanía reside en el pueblo / Monarquía Parlamentaria.

1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 1. La soberanía reside en el pueblo / Monarquía Parlamentaria.<br /><br />1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.<br />2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.<br />3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>39</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 2. Unidad de la Nación y derecho a la Autonomía.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-2-unidad-de-la-nacion-y-derecho-a-la-autonomia--21856941</link><description><![CDATA[Art. 2. Unidad de la Nación y derecho a la Autonomía.<br /><br />La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21856941</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:44:02 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21856941/art_2_def.mp3" length="410434" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 2. Unidad de la Nación y derecho a la Autonomía.

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 2. Unidad de la Nación y derecho a la Autonomía.<br /><br />La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>26</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 3. El castellano y las demás lenguas españolas</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-3-el-castellano-y-las-demas-lenguas-espanolas--21856935</link><description><![CDATA[Art. 3. El castellano y las demás lenguas españolas<br /><br />1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.<br />2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.<br />3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21856935</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:44:55 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21856935/art_3_def.mp3" length="581798" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 3. El castellano y las demás lenguas españolas

1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 3. El castellano y las demás lenguas españolas<br /><br />1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.<br />2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.<br />3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>37</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 4. La bandera de España y las de las CC.AA</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-4-la-bandera-de-espana-y-las-de-las-cc-aa--21856938</link><description><![CDATA[Art. 4.  La bandera de España y las de las CC.AA<br /><br />1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.<br />2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21856938</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:45:48 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21856938/art_4_def.mp3" length="557138" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 4.  La bandera de España y las de las CC.AA

1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.
2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 4.  La bandera de España y las de las CC.AA<br /><br />1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.<br />2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>35</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 5. Madrid, capital</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-5-madrid-capital--21856934</link><description><![CDATA[Art. 5. Madrid, capital<br /><br />La capital del Estado es la villa de Madrid.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21856934</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:46:20 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21856934/art_5_def.mp3" length="156315" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 5. Madrid, capital

La capital del Estado es la villa de Madrid.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 5. Madrid, capital<br /><br />La capital del Estado es la villa de Madrid.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>10</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 6. Partidos Políticos.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-6-partidos-politicos--21856933</link><description><![CDATA[Art. 6. Partidos Políticos.<br /><br />Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21856933</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:46:56 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21856933/art_6_def.mp3" length="459754" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 6. Partidos Políticos.

Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 6. Partidos Políticos.<br /><br />Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>29</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 7. Sindicatos y Asociaciones Empresariales</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-7-sindicatos-y-asociaciones-empresariales--21856930</link><description><![CDATA[Art. 7. Sindicatos y Asociaciones Empresariales<br /><br />Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21856930</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:47:31 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21856930/art_7_def.mp3" length="445125" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 7. Sindicatos y Asociaciones Empresariales

Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 7. Sindicatos y Asociaciones Empresariales<br /><br />Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>28</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 8. Fuerzas Armadas</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-8-fuerzas-armadas--21856939</link><description><![CDATA[Art. 8. Fuerzas Armadas<br /><br />1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.<br />2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21856939</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:48:11 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21856939/art_8_def.mp3" length="486921" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 8. Fuerzas Armadas

1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 8. Fuerzas Armadas<br /><br />1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.<br />2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>31</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 9. Respeto a la Ley / Libertad e Igualdad / Garantías Jurídicas.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-9-respeto-a-la-ley-libertad-e-igualdad-garantias-juridicas--21856940</link><description><![CDATA[Art. 9. Respeto a la Ley / Libertad e Igualdad / Garantías Jurídicas. <br /><br />1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.<br />2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.<br />3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21856940</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:48:57 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21856940/art_9_def.mp3" length="1063287" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 9. Respeto a la Ley / Libertad e Igualdad / Garantías Jurídicas. 

1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 9. Respeto a la Ley / Libertad e Igualdad / Garantías Jurídicas. <br /><br />1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.<br />2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.<br />3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>67</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>TÍTULO I - De los derechos y deberes fundamentales (Resumen por encabezados artículos 10 a 55)</title><link>https://www.spreaker.com/episode/titulo-i-de-los-derechos-y-deberes-fundamentales-resumen-por-encabezados-articulos-10-a-55--21854409</link><description><![CDATA[TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales<br /><br />Art. 10. Derechos de la persona.<br /><br />CAPÍTULO PRIMERO. De los españoles y los extranjeros<br />Art. 11. Nacionalidad.<br />Art. 12. Mayoría de edad, 18 años.<br />Art. 13. Derechos de los extranjeros. <br /><br />CAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y libertades<br />Art. 14. Igualdad ante la ley. <br /><br />Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas<br />Art. 15. Derecho a la vida / Integridad física y moral.<br />Art. 16. Libertad ideológica y religiosa. <br />Art. 17. Derecho a la libertad personal / Seguridad. <br />Art. 18. Derecho al honor, a la intimidad, inviolabilidad del domicilio / Secreto de las comunicaciones. <br />Art. 19. Libertad de residencia y circulación.<br />Art. 20. Libertad de Expresión. <br />Art. 21. Derecho de Reunión. <br />Art. 22. Derecho de Asociación. <br />Art. 23. Derecho de Participación. <br />Art. 24. Protección judicial de los derechos / Indefensión. <br />Art. 25. Principio de Legalidad Penal / Trabajo remunerado para los reclusos. <br />Art. 26. Prohibición de los tribunales del honor.<br />Art. 27. Libertad de enseñanza / Dcho a la educación / Autonomía Universitaria. <br />Art. 28. Libertad de sindicación / Derecho a la huelga. <br />Art. 29. Derecho de Petición. <br /><br />Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos<br />Art. 30. Servicio militar y objeción de conciencia. <br />Art. 31. Sistema tributario. <br />Art. 32. Matrimonio. <br />Art. 33. Derecho a la propiedad privada y a la herencia. <br />Art. 34. Derecho de Fundación. <br />Art. 35. El trabajo, derecho y deber. <br />Art. 36. Colegios Profesionales. <br />Art. 37. Convenios y conflictos laborales. <br />Art. 38. Libertad de empresa / Economía de mercado. <br /><br />CAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica<br />Art. 39. Protección a la familia y a la infancia. <br />Art. 40. Redistribución de la renta / Pleno empleo / Formación Profesional / Jornada y descanso laboral. <br />Art. 41. Seguridad Social. <br />Art. 42. Emigrantes. <br />Art. 43. Protección a la salud / Fomento del deporte. <br />Art. 44. Acceso a la cultura. <br />Art. 45. Medioambiente / Calidad de vida. <br />Art. 46. Conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico. <br />Art. 47. Derecho a la vivienda. <br />Art. 48. Participación de la juventud. <br />Art. 49. Atención a los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos. <br />Art. 50. Tercera edad. <br />Art. 51. Defensa de los consumidores. <br />Art. 52. Organizaciones profesionales. <br /><br />CAPÍTULO CUARTO. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales<br />Art. 53. Tutela de las libertades y derechos / Recurso de Amparo. <br />Art. 54. El defensor del pueblo. <br /><br />CAPÍTULO QUINTO. De la suspensión de los derechos y libertades<br />Art. 55. Suspensión de derechos y libertades.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21854409</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 19:55:08 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21854409/is_tit_i_def.mp3" length="10010121" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales

Art. 10. Derechos de la persona.

CAPÍTULO PRIMERO. De los españoles y los extranjeros
Art. 11. Nacionalidad.
Art. 12. Mayoría de edad, 18 años.
Art. 13. Derechos de los extranjeros. 

CAPÍTULO...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales<br /><br />Art. 10. Derechos de la persona.<br /><br />CAPÍTULO PRIMERO. De los españoles y los extranjeros<br />Art. 11. Nacionalidad.<br />Art. 12. Mayoría de edad, 18 años.<br />Art. 13. Derechos de los extranjeros. <br /><br />CAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y libertades<br />Art. 14. Igualdad ante la ley. <br /><br />Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas<br />Art. 15. Derecho a la vida / Integridad física y moral.<br />Art. 16. Libertad ideológica y religiosa. <br />Art. 17. Derecho a la libertad personal / Seguridad. <br />Art. 18. Derecho al honor, a la intimidad, inviolabilidad del domicilio / Secreto de las comunicaciones. <br />Art. 19. Libertad de residencia y circulación.<br />Art. 20. Libertad de Expresión. <br />Art. 21. Derecho de Reunión. <br />Art. 22. Derecho de Asociación. <br />Art. 23. Derecho de Participación. <br />Art. 24. Protección judicial de los derechos / Indefensión. <br />Art. 25. Principio de Legalidad Penal / Trabajo remunerado para los reclusos. <br />Art. 26. Prohibición de los tribunales del honor.<br />Art. 27. Libertad de enseñanza / Dcho a la educación / Autonomía Universitaria. <br />Art. 28. Libertad de sindicación / Derecho a la huelga. <br />Art. 29. Derecho de Petición. <br /><br />Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos<br />Art. 30. Servicio militar y objeción de conciencia. <br />Art. 31. Sistema tributario. <br />Art. 32. Matrimonio. <br />Art. 33. Derecho a la propiedad privada y a la herencia. <br />Art. 34. Derecho de Fundación. <br />Art. 35. El trabajo, derecho y deber. <br />Art. 36. Colegios Profesionales. <br />Art. 37. Convenios y conflictos laborales. <br />Art. 38. Libertad de empresa / Economía de mercado. <br /><br />CAPÍTULO TERCERO. De los principios rectores de la política social y económica<br />Art. 39. Protección a la familia y a la infancia. <br />Art. 40. Redistribución de la renta / Pleno empleo / Formación Profesional / Jornada y descanso laboral. <br />Art. 41. Seguridad Social. <br />Art. 42. Emigrantes. <br />Art. 43. Protección a la salud / Fomento del deporte. <br />Art. 44. Acceso a la cultura. <br />Art. 45. Medioambiente / Calidad de vida. <br />Art. 46. Conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico. <br />Art. 47. Derecho a la vivienda. <br />Art. 48. Participación de la juventud. <br />Art. 49. Atención a los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos. <br />Art. 50. Tercera edad. <br />Art. 51. Defensa de los consumidores. <br />Art. 52. Organizaciones profesionales. <br /><br />CAPÍTULO CUARTO. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales<br />Art. 53. Tutela de las libertades y derechos / Recurso de Amparo. <br />Art. 54. El defensor del pueblo. <br /><br />CAPÍTULO QUINTO. De la suspensión de los derechos y libertades<br />Art. 55. Suspensión de derechos y libertades.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>251</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 10. Derechos de la persona</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-10-derechos-de-la-persona--21857200</link><description><![CDATA[Art. 10. Derechos de la persona <br /><br />1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.<br />2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857200</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:01:45 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857200/art_10_def.mp3" length="674585" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 10. Derechos de la persona 

1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 10. Derechos de la persona <br /><br />1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.<br />2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>43</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 11. Nacionalidad.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-11-nacionalidad--21857214</link><description><![CDATA[Art. 11. Nacionalidad.<br /><br />1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.<br />2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.<br />3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857214</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:03:07 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857214/art_11_def.mp3" length="741040" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 11. Nacionalidad.

1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.
3. El Estado podrá concertar tratados de doble...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 11. Nacionalidad.<br /><br />1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.<br />2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.<br />3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>47</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 12. Mayoría de edad, 18 años.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-12-mayoria-de-edad-18-anos--21857204</link><description><![CDATA[Art. 12. Mayoría de edad, 18 años.<br /><br />Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857204</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:03:46 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857204/art_12_def.mp3" length="155479" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 12. Mayoría de edad, 18 años.

Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 12. Mayoría de edad, 18 años.<br /><br />Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>10</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 13. Derechos de los extranjeros.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-13-derechos-de-los-extranjeros--21857219</link><description><![CDATA[Art. 13. Derechos de los extranjeros. <br /><br />1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley.<br />2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el Art. 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.<br />3. La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo.<br />4. La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apátridas podrán gozar del derecho de asilo en España.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857219</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:04:29 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857219/art_13_def.mp3" length="1002265" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 13. Derechos de los extranjeros. 

1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley.
2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 13. Derechos de los extranjeros. <br /><br />1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley.<br />2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el Art. 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.<br />3. La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo.<br />4. La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apátridas podrán gozar del derecho de asilo en España.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>63</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 14. Igualdad ante la ley.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-14-igualdad-ante-la-ley--21857202</link><description><![CDATA[Art. 14. Igualdad ante la ley. <br /><br />Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857202</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:05:22 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857202/art_14_def.mp3" length="423391" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 14. Igualdad ante la ley. 

Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 14. Igualdad ante la ley. <br /><br />Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>27</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 15. Derecho a la vida / Integridad física y moral.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-15-derecho-a-la-vida-integridad-fisica-y-moral--21857208</link><description><![CDATA[Art. 15. Derecho a la vida / Integridad física y moral.<br /><br />Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857208</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:05:58 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857208/art_15_def.mp3" length="508237" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 15. Derecho a la vida / Integridad física y moral.

Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 15. Derecho a la vida / Integridad física y moral.<br /><br />Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>32</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 16. Libertad ideológica y religiosa.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-16-libertad-ideologica-y-religiosa--21857203</link><description><![CDATA[Art. 16. Libertad ideológica y religiosa. <br /><br />1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.<br />2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.<br />3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857203</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:07:23 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857203/art_16_def.mp3" length="756087" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 16. Libertad ideológica y religiosa. 

1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 16. Libertad ideológica y religiosa. <br /><br />1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.<br />2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.<br />3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>48</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 17. Derecho a la libertad personal / Seguridad.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-17-derecho-a-la-libertad-personal-seguridad--21857206</link><description><![CDATA[Art. 17. Derecho a la libertad personal / Seguridad. <br /><br />1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este Art. y en los casos y en la forma previstos en la ley.<br />2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.<br />3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca.<br />4. La ley regulará un procedimiento de «habeas corpus» para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857206</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:08:02 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857206/art_17_def.mp3" length="1349171" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 17. Derecho a la libertad personal / Seguridad. 

1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este Art. y en los casos y en la forma previstos...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 17. Derecho a la libertad personal / Seguridad. <br /><br />1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este Art. y en los casos y en la forma previstos en la ley.<br />2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.<br />3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca.<br />4. La ley regulará un procedimiento de «habeas corpus» para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>85</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 18. Derecho al honor, a la intimidad, inviolabilidad del domicilio / Secreto de las comunicaciones.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-18-derecho-al-honor-a-la-intimidad-inviolabilidad-del-domicilio-secreto-de-las-comunicaciones--21857205</link><description><![CDATA[Art. 18. Derecho al honor, a la intimidad, inviolabilidad del domicilio / Secreto de las comunicaciones. <br /><br />1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.<br />2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.<br />3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.<br />4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857205</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:09:25 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857205/art_18_def.mp3" length="862248" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 18. Derecho al honor, a la intimidad, inviolabilidad del domicilio / Secreto de las comunicaciones. 

1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 18. Derecho al honor, a la intimidad, inviolabilidad del domicilio / Secreto de las comunicaciones. <br /><br />1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.<br />2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.<br />3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.<br />4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>54</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 19. Libertad de residencia y circulación.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-19-libertad-de-residencia-y-circulacion--21857207</link><description><![CDATA[Art. 19. Libertad de residencia y circulación.<br /><br />Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorinacional.<br />Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857207</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:10:02 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857207/art_19_def.mp3" length="420466" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 19. Libertad de residencia y circulación.

Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorinacional.
Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca....</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 19. Libertad de residencia y circulación.<br /><br />Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorinacional.<br />Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>27</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 20. Libertad de Expresión.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-20-libertad-de-expresion--21857210</link><description><![CDATA[Art. 20. Libertad de Expresión. <br /><br />1. Se reconocen y protegen los derechos:<br />a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.<br />b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.<br />c) A la libertad de cátedra.<br />d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.<br />2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.<br />3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.<br />4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.<br />5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857210</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:11:01 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857210/art_20_def.mp3" length="1718229" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 20. Libertad de Expresión. 

1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 20. Libertad de Expresión. <br /><br />1. Se reconocen y protegen los derechos:<br />a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.<br />b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.<br />c) A la libertad de cátedra.<br />d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.<br />2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.<br />3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.<br />4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.<br />5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>108</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 21. Derecho de Reunión.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-21-derecho-de-reunion--21857216</link><description><![CDATA[Art. 21. Derecho de Reunión. <br /><br />1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.<br />2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857216</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:12:10 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857216/art_21_def.mp3" length="536240" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 21. Derecho de Reunión. 

1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 21. Derecho de Reunión. <br /><br />1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.<br />2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>34</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 22. Derecho de Asociación.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-22-derecho-de-asociacion--21857215</link><description><![CDATA[Art. 22. Derecho de Asociación.<br /><br />1. Se reconoce el derecho de asociación.<br />2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.<br />3. Las asociaciones constituidas al amparo de este Art. deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.<br />4. Las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.<br />5. Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857215</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:12:44 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857215/art_22_def.mp3" length="690049" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 22. Derecho de Asociación.

1. Se reconoce el derecho de asociación.
2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.
3. Las asociaciones constituidas al amparo de este Art. deberán inscribirse en un...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 22. Derecho de Asociación.<br /><br />1. Se reconoce el derecho de asociación.<br />2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.<br />3. Las asociaciones constituidas al amparo de este Art. deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.<br />4. Las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.<br />5. Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>44</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 23. Derecho de Participación.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-23-derecho-de-participacion--21857209</link><description><![CDATA[Art. 23. Derecho de Participación. <br /><br />1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.<br />2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857209</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:13:25 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857209/art_23_def.mp3" length="454320" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 23. Derecho de Participación. 

1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
2. Asimismo, tienen derecho...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 23. Derecho de Participación. <br /><br />1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.<br />2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>29</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 24. Protección judicial de los derechos / Indefensión.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-24-proteccion-judicial-de-los-derechos-indefension--21857217</link><description><![CDATA[Art. 24. Protección judicial de los derechos / Indefensión. <br /><br />1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.<br />2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.<br />La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857217</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:13:58 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857217/art_24_def.mp3" length="960469" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 24. Protección judicial de los derechos / Indefensión. 

1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 24. Protección judicial de los derechos / Indefensión. <br /><br />1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.<br />2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.<br />La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>60</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 25. Principio de Legalidad Penal / Trabajo remunerado para los reclusos.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-25-principio-de-legalidad-penal-trabajo-remunerado-para-los-reclusos--21857222</link><description><![CDATA[Art. 25. Principio de Legalidad Penal / Trabajo remunerado para los reclusos. <br /><br />1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.<br />2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. <br />En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.<br />3. La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857222</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:14:29 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857222/art_25_def.mp3" length="1202467" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 25. Principio de Legalidad Penal / Trabajo remunerado para los reclusos. 

1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 25. Principio de Legalidad Penal / Trabajo remunerado para los reclusos. <br /><br />1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.<br />2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. <br />En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.<br />3. La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>76</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 26. Prohibición de los tribunales del honor.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-26-prohibicion-de-los-tribunales-del-honor--21857218</link><description><![CDATA[Art. 26. Prohibición de los tribunales del honor.<br /><br />Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857218</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:15:30 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857218/art_26_def.mp3" length="215666" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 26. Prohibición de los tribunales del honor.

Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 26. Prohibición de los tribunales del honor.<br /><br />Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>14</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 27. Libertad de enseñanza / Dcho a la educación / Autonomía Universitaria.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-27-libertad-de-ensenanza-dcho-a-la-educacion-autonomia-universitaria--21857213</link><description><![CDATA[Art. 27. Libertad de enseñanza / Dcho a la educación / Autonomía Universitaria. <br /><br />1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.<br />2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.<br />3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.<br />4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.<br />5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.<br />6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.<br />7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.<br />8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.<br />9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.<br />10. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857213</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:16:12 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857213/art_27_def.mp3" length="1740799" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 27. Libertad de enseñanza / Dcho a la educación / Autonomía Universitaria. 

1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 27. Libertad de enseñanza / Dcho a la educación / Autonomía Universitaria. <br /><br />1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.<br />2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.<br />3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.<br />4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.<br />5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.<br />6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.<br />7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.<br />8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.<br />9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.<br />10. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>109</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 28. Libertad de sindicación / Derecho a la huelga.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-28-libertad-de-sindicacion-derecho-a-la-huelga--21857220</link><description><![CDATA[Art. 28. Libertad de sindicación / Derecho a la huelga. <br /><br />1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.<br />2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857220</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:16:51 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857220/art_28_def.mp3" length="997667" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 28. Libertad de sindicación / Derecho a la huelga. 

1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 28. Libertad de sindicación / Derecho a la huelga. <br /><br />1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.<br />2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>63</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 29. Derecho de Petición.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-29-derecho-de-peticion--21857221</link><description><![CDATA[Art. 29. Derecho de Petición. <br /><br />1. Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley.<br />2. Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ejercer este derecho sólo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857221</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:17:25 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857221/art_29_def.mp3" length="468531" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 29. Derecho de Petición. 

1. Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley.
2. Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 29. Derecho de Petición. <br /><br />1. Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley.<br />2. Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ejercer este derecho sólo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>30</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 30. Servicio militar y objeción de conciencia.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-30-servicio-militar-y-objecion-de-conciencia--21857211</link><description><![CDATA[Art. 30. Servicio militar y objeción de conciencia. <br /><br />1. Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.<br />2. La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.<br />3. Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.<br />4. Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857211</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:18:20 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857211/art_30_def.mp3" length="838007" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 30. Servicio militar y objeción de conciencia. 

1. Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.
2. La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia,...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 30. Servicio militar y objeción de conciencia. <br /><br />1. Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.<br />2. La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.<br />3. Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.<br />4. Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>53</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 31. Sistema tributario.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-31-sistema-tributario--21857212</link><description><![CDATA[Art. 31. Sistema tributario. <br /><br />1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.<br />2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.<br />3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857212</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:18:52 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857212/art_31_def.mp3" length="703842" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 31. Sistema tributario. 

1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 31. Sistema tributario. <br /><br />1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.<br />2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.<br />3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>44</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 32 Matrimonio.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-32-matrimonio--21857201</link><description><![CDATA[Art. 32 Matrimonio. <br /><br />1. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.<br />2. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857201</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:19:44 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857201/art_32_def.mp3" length="407091" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 32 Matrimonio. 

1. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.
2. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 32 Matrimonio. <br /><br />1. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.<br />2. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>26</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 33. Derecho a la propiedad privada y a la herencia.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-33-derecho-a-la-propiedad-privada-y-a-la-herencia--21857245</link><description><![CDATA[Art. 33. Derecho a la propiedad privada y a la herencia. <br /><br />1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.<br />2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.<br />3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857245</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:20:21 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857245/art_33_def.mp3" length="512834" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 33. Derecho a la propiedad privada y a la herencia. 

1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.
2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.
3. Nadie podrá ser privado de sus...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 33. Derecho a la propiedad privada y a la herencia. <br /><br />1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.<br />2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.<br />3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>33</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 34. Derecho de Fundación.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-34-derecho-de-fundacion--21857227</link><description><![CDATA[Art. 34. Derecho de Fundación.<br /><br />1. Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la ley.<br />2. Regirá también para las fundaciones lo dispuesto en los apartados 2 y 4 del Art. 22.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857227</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:20:59 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857227/art_34_def.mp3" length="305109" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 34. Derecho de Fundación.

1. Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la ley.
2. Regirá también para las fundaciones lo dispuesto en los apartados 2 y 4 del Art. 22.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 34. Derecho de Fundación.<br /><br />1. Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la ley.<br />2. Regirá también para las fundaciones lo dispuesto en los apartados 2 y 4 del Art. 22.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>20</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 35. El trabajo, derecho y deber.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-35-el-trabajo-derecho-y-deber--21857224</link><description><![CDATA[Art. 35. El trabajo, derecho y deber. <br /><br />1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.<br />2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857224</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:21:35 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857224/art_35_def.mp3" length="520776" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 35. El trabajo, derecho y deber. 

1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 35. El trabajo, derecho y deber. <br /><br />1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.<br />2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>33</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 36. Colegios Profesionales.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-36-colegios-profesionales--21857229</link><description><![CDATA[Art. 36. Colegios Profesionales. <br /><br />La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857229</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:22:06 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857229/art_36_def.mp3" length="337292" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 36. Colegios Profesionales. 

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 36. Colegios Profesionales. <br /><br />La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>22</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 37. Convenios y conflictos laborales.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-37-convenios-y-conflictos-laborales--21857223</link><description><![CDATA[Art. 37. Convenios y conflictos laborales. <br /><br />1. La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.<br />2. Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo. La ley que regule el ejercicio de este derecho, sin perjuicio de las limitaciones que puedan establecer, incluirá las garantías precisas para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857223</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:25:51 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857223/art_37_def.mp3" length="607711" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 37. Convenios y conflictos laborales. 

1. La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.
2. Se reconoce el derecho de...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 37. Convenios y conflictos laborales. <br /><br />1. La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.<br />2. Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo. La ley que regule el ejercicio de este derecho, sin perjuicio de las limitaciones que puedan establecer, incluirá las garantías precisas para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>38</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 38. Libertad de empresa / Economía de mercado.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-38-libertad-de-empresa-economia-de-mercado--21857237</link><description><![CDATA[Art. 38. Libertad de empresa / Economía de mercado. <br /><br />Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857237</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:26:28 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857237/art_38_def.mp3" length="362787" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 38. Libertad de empresa / Economía de mercado. 

Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 38. Libertad de empresa / Economía de mercado. <br /><br />Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>23</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 39. Protección a la familia y a la infancia.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-39-proteccion-a-la-familia-y-a-la-infancia--21857231</link><description><![CDATA[Art. 39. Protección a la familia y a la infancia. <br /><br />1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.<br />2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad.<br />3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.<br />4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857231</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:29:56 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857231/art_39_def.mp3" length="934137" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 39. Protección a la familia y a la infancia. 

1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.
2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 39. Protección a la familia y a la infancia. <br /><br />1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.<br />2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad.<br />3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.<br />4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>59</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 40. Redistribución de la renta / Pleno empleo / Formación Profesional / Jornada y descanso laboral.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-40-redistribucion-de-la-renta-pleno-empleo-formacion-profesional-jornada-y-descanso-laboral--21857230</link><description><![CDATA[Art. 40. Redistribución de la renta / Pleno empleo / Formación Profesional / Jornada y descanso laboral. <br /><br />1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.<br />2. Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857230</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:30:45 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857230/art_40_def.mp3" length="852635" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 40. Redistribución de la renta / Pleno empleo / Formación Profesional / Jornada y descanso laboral. 

1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 40. Redistribución de la renta / Pleno empleo / Formación Profesional / Jornada y descanso laboral. <br /><br />1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.<br />2. Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>54</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 41. Seguridad Social.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-41-seguridad-social--21857232</link><description><![CDATA[Art. 41. Seguridad Social. <br /><br />Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857232</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:32:11 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857232/art_41_def.mp3" length="392462" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 41. Seguridad Social. 

Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 41. Seguridad Social. <br /><br />Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>25</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 42. Emigrantes.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-42-emigrantes--21857228</link><description><![CDATA[Art. 42. Emigrantes. <br /><br />El Estado velará especialmente por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientará su política hacia su retorno.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857228</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:33:14 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857228/art_42_def.mp3" length="257043" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 42. Emigrantes. 

El Estado velará especialmente por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientará su política hacia su retorno.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 42. Emigrantes. <br /><br />El Estado velará especialmente por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientará su política hacia su retorno.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>17</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 43. Protección a la salud / Fomento del deporte.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-43-proteccion-a-la-salud-fomento-del-deporte--21857235</link><description><![CDATA[Art. 43. Protección a la salud / Fomento del deporte. <br /><br />1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.<br />2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.<br />3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857235</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:33:50 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857235/art_43_def.mp3" length="642820" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 43. Protección a la salud / Fomento del deporte. 

1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 43. Protección a la salud / Fomento del deporte. <br /><br />1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.<br />2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.<br />3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>41</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 44. Acceso a la cultura.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-44-acceso-a-la-cultura--21857233</link><description><![CDATA[Art. 44. Acceso a la cultura.<br /><br />1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.<br />2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857233</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:34:45 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857233/art_44_def.mp3" length="349412" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 44. Acceso a la cultura.

1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 44. Acceso a la cultura.<br /><br />1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.<br />2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>22</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 45. Medioambiente / Calidad de vida.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-45-medioambiente-calidad-de-vida--21857238</link><description><![CDATA[Art. 45. Medioambiente / Calidad de vida. <br /><br />1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.<br />2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.<br />3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857238</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:35:21 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857238/art_45_def.mp3" length="789941" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 45. Medioambiente / Calidad de vida. 

1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.
2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 45. Medioambiente / Calidad de vida. <br /><br />1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.<br />2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.<br />3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>50</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 46. Conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-46-conservacion-del-patrimonio-historico-cultural-y-artistico--21857225</link><description><![CDATA[Art. 46. Conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico. <br /><br />Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857225</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:36:09 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857225/art_46_def.mp3" length="445961" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 46. Conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico. 

Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 46. Conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico. <br /><br />Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>28</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 47. Derecho a la vivienda.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-47-derecho-a-la-vivienda--21857240</link><description><![CDATA[Art. 47. Derecho a la vivienda. <br /><br />Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857240</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:36:56 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857240/art_47_def.mp3" length="530807" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 47. Derecho a la vivienda. 

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho,...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 47. Derecho a la vivienda. <br /><br />Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>34</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 48. Participación de la juventud.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-48-participacion-de-la-juventud--21857239</link><description><![CDATA[Art. 48. Participación de la juventud. <br /><br />Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857239</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:38:01 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857239/art_48_def.mp3" length="292988" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 48. Participación de la juventud. 

Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 48. Participación de la juventud. <br /><br />Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>19</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 49. Atención a los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-49-atencion-a-los-disminuidos-fisicos-sensoriales-y-psiquicos--21857241</link><description><![CDATA[Art. 49. Atención a los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos. <br /><br />Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857241</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:38:55 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857241/art_49_def.mp3" length="496534" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 49. Atención a los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos. 

Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que prestarán la...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 49. Atención a los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos. <br /><br />Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>32</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 50. Tercera edad.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-50-tercera-edad--21857226</link><description><![CDATA[Art. 50. Tercera edad. <br /><br />Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857226</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:39:34 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857226/art_50_def.mp3" length="509909" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 50. Tercera edad. 

Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares,...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 50. Tercera edad. <br /><br />Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>32</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 51. Defensa de los consumidores.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-51-defensa-de-los-consumidores--21857236</link><description><![CDATA[Art. 51. Defensa de los consumidores.<br /><br />1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.<br />2. Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca.<br />3. En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857236</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:40:17 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857236/art_51_def.mp3" length="762356" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 51. Defensa de los consumidores.

1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
2. Los...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 51. Defensa de los consumidores.<br /><br />1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.<br />2. Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca.<br />3. En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>48</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 52. Organizaciones profesionales</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-52-organizaciones-profesionales--21857234</link><description><![CDATA[Art. 52. Organizaciones profesionales<br /><br />La ley regulará las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses económicos que les sean propios. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857234</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:40:54 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857234/art_52_def.mp3" length="309288" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 52. Organizaciones profesionales

La ley regulará las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses económicos que les sean propios. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 52. Organizaciones profesionales<br /><br />La ley regulará las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses económicos que les sean propios. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>20</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 53. Tutela de las libertades y derechos / Recurso de Amparo.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-53-tutela-de-las-libertades-y-derechos-recurso-de-amparo--21857243</link><description><![CDATA[Art. 53. Tutela de las libertades y derechos / Recurso de Amparo. <br /><br />1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el Art. 161, 1, a).<br />2. Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el Art. 14 y la Sección primera del Capítulo segundo ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el Art. 30.<br />3. El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857243</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:41:30 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857243/art_53_def.mp3" length="1384279" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 53. Tutela de las libertades y derechos / Recurso de Amparo. 

1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 53. Tutela de las libertades y derechos / Recurso de Amparo. <br /><br />1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el Art. 161, 1, a).<br />2. Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el Art. 14 y la Sección primera del Capítulo segundo ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el Art. 30.<br />3. El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>87</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 54. El defensor del pueblo.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-54-el-defensor-del-pueblo--21857244</link><description><![CDATA[Art. 54. El defensor del pueblo. <br /><br />Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857244</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:47:51 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857244/art_54_def.mp3" length="421301" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 54. El defensor del pueblo. 

Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 54. El defensor del pueblo. <br /><br />Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>27</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 55. Suspensión de derechos y libertades.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-55-suspension-de-derechos-y-libertades--21857242</link><description><![CDATA[Art. 55. Suspensión de derechos y libertades. <br /><br />1. Los derechos reconocidos en los Art.s 17, 18, apartados 2 y 3, Art.s 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, Art.s 21, 28, apartado 2, y Art. 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución. Se exceptúa de lo establecido anteriormente el apartado 3 del Art. 17 para el supuesto de declaración de estado de excepción.<br />2. Una ley orgánica podrá determinar la forma y los casos en los que, de forma individual y con la necesaria intervención judicial y el adecuado control parlamentario, los derechos reconocidos en los Art.s 17, apartado 2, y 18, apartados 2 y 3, pueden ser suspendidos para personas determinadas, en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas.<br />La utilización injustificada o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley orgánica producirá responsabilidad penal, como violación de los derechos y libertades reconocidos por las leyes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21857242</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 20:48:37 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21857242/art_55_def.mp3" length="1498382" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 55. Suspensión de derechos y libertades. 

1. Los derechos reconocidos en los Art.s 17, 18, apartados 2 y 3, Art.s 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, Art.s 21, 28, apartado 2, y Art. 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 55. Suspensión de derechos y libertades. <br /><br />1. Los derechos reconocidos en los Art.s 17, 18, apartados 2 y 3, Art.s 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, Art.s 21, 28, apartado 2, y Art. 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución. Se exceptúa de lo establecido anteriormente el apartado 3 del Art. 17 para el supuesto de declaración de estado de excepción.<br />2. Una ley orgánica podrá determinar la forma y los casos en los que, de forma individual y con la necesaria intervención judicial y el adecuado control parlamentario, los derechos reconocidos en los Art.s 17, apartado 2, y 18, apartados 2 y 3, pueden ser suspendidos para personas determinadas, en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas.<br />La utilización injustificada o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley orgánica producirá responsabilidad penal, como violación de los derechos y libertades reconocidos por las leyes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>94</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>TÍTULO II. De la Corona (Resumen por encabezados artículos 56 a 65)</title><link>https://www.spreaker.com/episode/titulo-ii-de-la-corona-resumen-por-encabezados-articulos-56-a-65--21854408</link><description><![CDATA[TÍTULO II. De la Corona<br /><br />Art. 56. El Rey. <br />Art. 57. Sucesión a la corona / El Príncipe de Asturias / Abdicaciones y renuncias. <br />Art. 58. La Reina. <br />Art. 59. La regencia. <br />Art. 60. Tutela del Rey. <br />Art. 61. Juramento del Rey y del Príncipe de Asturias. <br />Art. 62. Funciones del Rey. <br />Art. 63. El rey y embajadores / Consentimiento del Estado en Tratado Internacional / Declarar la guerra y hacer la paz. <br />Art. 64. Refrendo de los actos del Rey. <br />Art. 65. La casa del Rey.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21854408</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 21:12:42 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21854408/is_tit_ii_def.mp3" length="2219362" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>TÍTULO II. De la Corona

Art. 56. El Rey. 
Art. 57. Sucesión a la corona / El Príncipe de Asturias / Abdicaciones y renuncias. 
Art. 58. La Reina. 
Art. 59. La regencia. 
Art. 60. Tutela del Rey. 
Art. 61. Juramento del Rey y del Príncipe de Asturias....</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[TÍTULO II. De la Corona<br /><br />Art. 56. El Rey. <br />Art. 57. Sucesión a la corona / El Príncipe de Asturias / Abdicaciones y renuncias. <br />Art. 58. La Reina. <br />Art. 59. La regencia. <br />Art. 60. Tutela del Rey. <br />Art. 61. Juramento del Rey y del Príncipe de Asturias. <br />Art. 62. Funciones del Rey. <br />Art. 63. El rey y embajadores / Consentimiento del Estado en Tratado Internacional / Declarar la guerra y hacer la paz. <br />Art. 64. Refrendo de los actos del Rey. <br />Art. 65. La casa del Rey.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>56</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 56. El Rey.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-56-el-rey--21858697</link><description><![CDATA[Art. 56. El Rey.<br /><br />1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.<br />2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.<br />3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el Art. 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el Art. 65, 2.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21858697</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 21:13:52 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21858697/art_56_def.mp3" length="1011878" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 56. El Rey.

1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales,...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 56. El Rey.<br /><br />1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.<br />2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.<br />3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el Art. 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el Art. 65, 2.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>64</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 57. Sucesión a la corona / El Príncipe de Asturias / Abdicaciones y renuncias.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-57-sucesion-a-la-corona-el-principe-de-asturias-abdicaciones-y-renuncias--21858704</link><description><![CDATA[Art. 57. Sucesión a la corona / El Príncipe de Asturias / Abdicaciones y renuncias. <br /><br />1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.<br />2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.<br />3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.<br />4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.<br />5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21858704</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 21:14:51 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21858704/art_57_def.mp3" length="1644668" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 57. Sucesión a la corona / El Príncipe de Asturias / Abdicaciones y renuncias. 

1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 57. Sucesión a la corona / El Príncipe de Asturias / Abdicaciones y renuncias. <br /><br />1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.<br />2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.<br />3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.<br />4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.<br />5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>103</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 58. La Reina.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-58-la-reina--21858702</link><description><![CDATA[Art. 58. La Reina. <br /><br />La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21858702</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 21:15:41 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21858702/art_58_def.mp3" length="225697" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 58. La Reina. 

La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 58. La Reina. <br /><br />La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>15</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 59. La regencia.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-59-la-regencia--21858700</link><description><![CDATA[Art. 59. La regencia. <br /><br />1. Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey.<br />2. Si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Príncipe heredero alcance la mayoría de edad.<br />3. Si no hubiere ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por las Cortes Generales, y se compondrá de una, tres o cinco personas.<br />4. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad.<br />5. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21858700</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 21:16:23 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21858700/art_59_def.mp3" length="1274774" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 59. La regencia. 

1. Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 59. La regencia. <br /><br />1. Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey.<br />2. Si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Príncipe heredero alcance la mayoría de edad.<br />3. Si no hubiere ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por las Cortes Generales, y se compondrá de una, tres o cinco personas.<br />4. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad.<br />5. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>80</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 60. Tutela del Rey.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-60-tutela-del-rey--21858696</link><description><![CDATA[Art. 60. Tutela del Rey. <br /><br />1. Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.<br />2. El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o representación política.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21858696</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 21:17:06 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21858696/art_60_def.mp3" length="687123" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 60. Tutela del Rey. 

1. Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre mientras...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 60. Tutela del Rey. <br /><br />1. Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.<br />2. El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o representación política.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>43</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 61. Juramento del Rey y del Príncipe de Asturias.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-61-juramento-del-rey-y-del-principe-de-asturias--21858703</link><description><![CDATA[Art. 61. Juramento del Rey y del Príncipe de Asturias. <br /><br />1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.<br />2. El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento, así como el de fidelidad al Rey.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21858703</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 21:17:46 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21858703/art_61_def.mp3" length="601860" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 61. Juramento del Rey y del Príncipe de Asturias. 

1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 61. Juramento del Rey y del Príncipe de Asturias. <br /><br />1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.<br />2. El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento, así como el de fidelidad al Rey.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>38</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 62. Funciones del Rey.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-62-funciones-del-rey--21858701</link><description><![CDATA[Art. 62. Funciones del Rey. <br /><br />Corresponde al Rey:<br />a) Sancionar y promulgar las leyes.<br />b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.<br />c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.<br />d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.<br />e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.<br />f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.<br />g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.<br />h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.<br />i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.<br />j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21858701</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 21:18:29 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21858701/art_62_def.mp3" length="1370069" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 62. Funciones del Rey. 

Corresponde al Rey:
a) Sancionar y promulgar las leyes.
b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.
c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 62. Funciones del Rey. <br /><br />Corresponde al Rey:<br />a) Sancionar y promulgar las leyes.<br />b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.<br />c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.<br />d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.<br />e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.<br />f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.<br />g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.<br />h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.<br />i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.<br />j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>86</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 63. El rey y embajadores / Consentimiento del Estado en Tratado Internacional / Declarar la guerra y hacer la paz.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-63-el-rey-y-embajadores-consentimiento-del-estado-en-tratado-internacional-declarar-la-guerra-y-hacer-la-paz--21858698</link><description><![CDATA[Art. 63. El rey y embajadores / Consentimiento del Estado en Tratado Internacional / Declarar la guerra y hacer la paz. <br /><br />1. El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros en España están acreditados ante él.<br />2. Al Rey corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados, de conformidad con la Constitución y las leyes.<br />3. Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21858698</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 21:19:13 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21858698/art_63_def.mp3" length="697990" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 63. El rey y embajadores / Consentimiento del Estado en Tratado Internacional / Declarar la guerra y hacer la paz. 

1. El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros en España están...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 63. El rey y embajadores / Consentimiento del Estado en Tratado Internacional / Declarar la guerra y hacer la paz. <br /><br />1. El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros en España están acreditados ante él.<br />2. Al Rey corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados, de conformidad con la Constitución y las leyes.<br />3. Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>44</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 64. Refrendo de los actos del Rey.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-64-refrendo-de-los-actos-del-rey--21858705</link><description><![CDATA[Art. 64. Refrendo de los actos del Rey. <br /><br />1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el Art. 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.<br />2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21858705</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 21:19:54 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21858705/art_64_def.mp3" length="504057" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 64. Refrendo de los actos del Rey. 

1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 64. Refrendo de los actos del Rey. <br /><br />1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el Art. 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.<br />2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>32</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 65. La casa del Rey</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-65-la-casa-del-rey--21858699</link><description><![CDATA[Art. 65. La casa del Rey<br /><br />1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.<br />2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21858699</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 21:20:36 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21858699/art_65_def.mp3" length="397478" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 65. La casa del Rey

1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.
2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 65. La casa del Rey<br /><br />1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.<br />2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>25</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>TÍTULO III - De las Cortes Generales (Resumen por encabezados artículos 66 a 96)</title><link>https://www.spreaker.com/episode/titulo-iii-de-las-cortes-generales-resumen-por-encabezados-articulos-66-a-96--21854411</link><description><![CDATA[TÍTULO III. De las Cortes Generales<br /><br />CAPÍTULO PRIMERO. De las Cámaras<br />Art. 66. Cortes generales. Potestad Legislativa y Control del Gobierno. <br />Art. 67. El mandato parlamentario. <br />Art. 68. El Congreso de los Diputados / Sistema electoral / 4 años de legislatura. <br />Art. 69. El Senado. Cámara de representación territorial  / 4 años de legislatura. <br />Art. 70. Incompatibilidades / Ineligibilidades<br />Art. 71. Inviolabilidad e Inmunidad parlamentarias. <br />Art. 72. Reglamentos de las Cámaras / Presidentes de las Cámaras. <br />Art. 73. Sesiones de las Cámaras. <br />Art. 74. Sesiones conjuntas de las Cámaras. <br />Art. 75. El Pleno y las Comisiones de las Cámaras. <br />Art. 76. Comisión de Investigación. <br />Art. 77. Peticiones a las Cámaras. <br />Art. 78. Diputaciones Permanentes. <br />Art. 79. Adopción de acuerdos. <br />Art. 80. Publicidad de las sesiones. <br /><br />CAPÍTULO SEGUNDO. De la elaboración de las leyes<br />Art. 81. Leyes Orgánicas.<br />Art. 82. Delegación Legislativa / Refundición de textos legales. <br />Art. 83. Limitación a las leyes de bases. <br />Art. 84. Posibilidad del Gobierno a oponerse a la tramitación de una Proposición de Ley o a una Enmienda. <br />Art. 85. Decretos Legislativos.<br />Art. 86. Decretos-Leyes y su convalidación<br />Art. 87. Iniciativa legislativa / Iniciativa legislativa de CC.AA / Iniciativa legislativa Popular. <br />Art. 88. Proyectos de Ley.<br />Art. 89. Proposiciones de Ley. <br />Art. 90. Actuación legislativa del Senado.<br />Art. 91. Sanción y Promulgación de las leyes. <br />Art. 92. Referendum.<br /><br />CAPÍTULO TERCERO. De los Tratados Internacionales<br />Art. 93. Tratados Internacionales. <br />Art. 94. Autorización de las Cortes para determinados Tratados Internacionales. <br />Art. 95. Los Tratados Internacionales y la Constitución.<br />Art. 96. Derogación y denuncia de los Tratados y Convenios.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21854411</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 21:52:36 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21854411/is_tit_iii_def.mp3" length="7002905" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>TÍTULO III. De las Cortes Generales

CAPÍTULO PRIMERO. De las Cámaras
Art. 66. Cortes generales. Potestad Legislativa y Control del Gobierno. 
Art. 67. El mandato parlamentario. 
Art. 68. El Congreso de los Diputados / Sistema electoral / 4 años de...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[TÍTULO III. De las Cortes Generales<br /><br />CAPÍTULO PRIMERO. De las Cámaras<br />Art. 66. Cortes generales. Potestad Legislativa y Control del Gobierno. <br />Art. 67. El mandato parlamentario. <br />Art. 68. El Congreso de los Diputados / Sistema electoral / 4 años de legislatura. <br />Art. 69. El Senado. Cámara de representación territorial  / 4 años de legislatura. <br />Art. 70. Incompatibilidades / Ineligibilidades<br />Art. 71. Inviolabilidad e Inmunidad parlamentarias. <br />Art. 72. Reglamentos de las Cámaras / Presidentes de las Cámaras. <br />Art. 73. Sesiones de las Cámaras. <br />Art. 74. Sesiones conjuntas de las Cámaras. <br />Art. 75. El Pleno y las Comisiones de las Cámaras. <br />Art. 76. Comisión de Investigación. <br />Art. 77. Peticiones a las Cámaras. <br />Art. 78. Diputaciones Permanentes. <br />Art. 79. Adopción de acuerdos. <br />Art. 80. Publicidad de las sesiones. <br /><br />CAPÍTULO SEGUNDO. De la elaboración de las leyes<br />Art. 81. Leyes Orgánicas.<br />Art. 82. Delegación Legislativa / Refundición de textos legales. <br />Art. 83. Limitación a las leyes de bases. <br />Art. 84. Posibilidad del Gobierno a oponerse a la tramitación de una Proposición de Ley o a una Enmienda. <br />Art. 85. Decretos Legislativos.<br />Art. 86. Decretos-Leyes y su convalidación<br />Art. 87. Iniciativa legislativa / Iniciativa legislativa de CC.AA / Iniciativa legislativa Popular. <br />Art. 88. Proyectos de Ley.<br />Art. 89. Proposiciones de Ley. <br />Art. 90. Actuación legislativa del Senado.<br />Art. 91. Sanción y Promulgación de las leyes. <br />Art. 92. Referendum.<br /><br />CAPÍTULO TERCERO. De los Tratados Internacionales<br />Art. 93. Tratados Internacionales. <br />Art. 94. Autorización de las Cortes para determinados Tratados Internacionales. <br />Art. 95. Los Tratados Internacionales y la Constitución.<br />Art. 96. Derogación y denuncia de los Tratados y Convenios.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>176</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 66. Cortes generales. Potestad Legislativa y Control del Gobierno.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-66-cortes-generales-potestad-legislativa-y-control-del-gobierno--21859908</link><description><![CDATA[Art. 66. Cortes generales. Potestad Legislativa y Control del Gobierno. <br /><br />1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.<br />2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.<br />3. Las Cortes Generales son inviolables.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859908</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 21:59:20 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859908/art_66_def.mp3" length="722232" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 66. Cortes generales. Potestad Legislativa y Control del Gobierno. 

1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.
2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 66. Cortes generales. Potestad Legislativa y Control del Gobierno. <br /><br />1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.<br />2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.<br />3. Las Cortes Generales son inviolables.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>46</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 67. El mandato parlamentario.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-67-el-mandato-parlamentario--21859917</link><description><![CDATA[Art. 67. El mandato parlamentario. <br /><br />1. Nadie podrá ser miembro de las dos Cámaras simultáneamente, ni acumular el acta de una Asamblea de Comunidad Autónoma con la de Diputado al Congreso.<br />2. Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo.<br />3. Las reuniones de Parlamentarios que se celebren sin convocatoria reglamentaria no vincularán a las Cámaras, y no podrán ejercer sus funciones ni ostentar sus privilegios.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859917</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:00:05 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859917/art_67_def.mp3" length="570095" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 67. El mandato parlamentario. 

1. Nadie podrá ser miembro de las dos Cámaras simultáneamente, ni acumular el acta de una Asamblea de Comunidad Autónoma con la de Diputado al Congreso.
2. Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 67. El mandato parlamentario. <br /><br />1. Nadie podrá ser miembro de las dos Cámaras simultáneamente, ni acumular el acta de una Asamblea de Comunidad Autónoma con la de Diputado al Congreso.<br />2. Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo.<br />3. Las reuniones de Parlamentarios que se celebren sin convocatoria reglamentaria no vincularán a las Cámaras, y no podrán ejercer sus funciones ni ostentar sus privilegios.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>36</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 68. El Congreso de los Diputados / Sistema electoral / 4 años de legislatura.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-68-el-congreso-de-los-diputados-sistema-electoral-4-anos-de-legislatura--21859916</link><description><![CDATA[Art. 68. El Congreso de los Diputados / Sistema electoral / 4 años de legislatura.<br /><br />1. El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley.<br />2. La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población.<br />3. La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional.<br />4. El Congreso es elegido por cuatro años. El mandato de los Diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.<br />5. Son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos.<br />La ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España.<br />6. Las elecciones tendrán lugar entre los treinta días y sesenta días desde la terminación del mandato. El Congreso electo deberá ser convocado dentro de los veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859916</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:01:14 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859916/art_68_def.mp3" length="1701510" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 68. El Congreso de los Diputados / Sistema electoral / 4 años de legislatura.

1. El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 68. El Congreso de los Diputados / Sistema electoral / 4 años de legislatura.<br /><br />1. El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley.<br />2. La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población.<br />3. La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional.<br />4. El Congreso es elegido por cuatro años. El mandato de los Diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.<br />5. Son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos.<br />La ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España.<br />6. Las elecciones tendrán lugar entre los treinta días y sesenta días desde la terminación del mandato. El Congreso electo deberá ser convocado dentro de los veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>107</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 69. El Senado. Cámara de representación territorial  / 4 años de legislatura.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-69-el-senado-camara-de-representacion-territorial-4-anos-de-legislatura--21859911</link><description><![CDATA[Art. 69. El Senado. Cámara de representación territorial  / 4 años de legislatura. <br /><br />1. El Senado es la Cámara de representación territorial.<br />2. En cada provincia se elegirán cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, en los términos que señale una ley orgánica.<br />3. En las provincias insulares, cada isla o agrupación de ellas, con Cabildo o Consejo Insular, constituirá una circunscripción a efectos de elección de Senadores, correspondiendo tres a cada una de las islas mayores –Gran Canaria, Mallorca y Tenerife– y uno a cada una de las siguientes islas o agrupaciones: Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.<br />4. Las poblaciones de Ceuta y Melilla elegirán cada una de ellas dos Senadores.<br />5. Las Comunidades Autónomas designarán además un Senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. La designación corresponderá a la Asamblea legislativa o, en su defecto, al órgano colegiado superior de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo que establezcan los Estatutos, que asegurarán, en todo caso, la adecuada representación proporcional.<br />6. El Senado es elegido por cuatro años. El mandato de los Senadores termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859911</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:02:21 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859911/art_69_def.mp3" length="1754173" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 69. El Senado. Cámara de representación territorial  / 4 años de legislatura. 

1. El Senado es la Cámara de representación territorial.
2. En cada provincia se elegirán cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 69. El Senado. Cámara de representación territorial  / 4 años de legislatura. <br /><br />1. El Senado es la Cámara de representación territorial.<br />2. En cada provincia se elegirán cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, en los términos que señale una ley orgánica.<br />3. En las provincias insulares, cada isla o agrupación de ellas, con Cabildo o Consejo Insular, constituirá una circunscripción a efectos de elección de Senadores, correspondiendo tres a cada una de las islas mayores –Gran Canaria, Mallorca y Tenerife– y uno a cada una de las siguientes islas o agrupaciones: Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.<br />4. Las poblaciones de Ceuta y Melilla elegirán cada una de ellas dos Senadores.<br />5. Las Comunidades Autónomas designarán además un Senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. La designación corresponderá a la Asamblea legislativa o, en su defecto, al órgano colegiado superior de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo que establezcan los Estatutos, que asegurarán, en todo caso, la adecuada representación proporcional.<br />6. El Senado es elegido por cuatro años. El mandato de los Senadores termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>110</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 70. Incompatibilidades / Ineligibilidades</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-70-incompatibilidades-ineligibilidades--21859909</link><description><![CDATA[Art. 70. Incompatibilidades / Ineligibilidades<br /><br />1. La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y Senadores, que comprenderán, en todo caso:<br />a) A los componentes del Tribunal Constitucional.<br />b) A los altos cargos de la Administración del Estado que determine la ley, con la excepción de los miembros del Gobierno.<br />c) Al Defensor del Pueblo.<br />d) A los Magistrados, Jueces y Fiscales en activo.<br />e) A los militares profesionales y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía en activo.<br />f) A los miembros de las Juntas Electorales.<br />2. La validez de las actas y credenciales de los miembros de ambas Cámaras estará sometida al control judicial, en los términos que establezca la ley electoral.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859909</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:02:59 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859909/art_70_def.mp3" length="988054" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 70. Incompatibilidades / Ineligibilidades

1. La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y Senadores, que comprenderán, en todo caso:
a) A los componentes del Tribunal Constitucional.
b) A los...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 70. Incompatibilidades / Ineligibilidades<br /><br />1. La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y Senadores, que comprenderán, en todo caso:<br />a) A los componentes del Tribunal Constitucional.<br />b) A los altos cargos de la Administración del Estado que determine la ley, con la excepción de los miembros del Gobierno.<br />c) Al Defensor del Pueblo.<br />d) A los Magistrados, Jueces y Fiscales en activo.<br />e) A los militares profesionales y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía en activo.<br />f) A los miembros de las Juntas Electorales.<br />2. La validez de las actas y credenciales de los miembros de ambas Cámaras estará sometida al control judicial, en los términos que establezca la ley electoral.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>62</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 71 Inviolabilidad e Inmunidad parlamentarias.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-71-inviolabilidad-e-inmunidad-parlamentarias--21859927</link><description><![CDATA[Art. 71 Inviolabilidad e Inmunidad parlamentarias. <br /><br />1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.<br />2. Durante el período de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva.<br />3. En las causas contra Diputados y Senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.<br />4. Los Diputados y Senadores percibirán una asignación que será fijada por las respectivas Cámaras.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859927</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:03:53 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859927/art_71_def.mp3" length="797883" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 71 Inviolabilidad e Inmunidad parlamentarias. 

1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.
2. Durante el período de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 71 Inviolabilidad e Inmunidad parlamentarias. <br /><br />1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.<br />2. Durante el período de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva.<br />3. En las causas contra Diputados y Senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.<br />4. Los Diputados y Senadores percibirán una asignación que será fijada por las respectivas Cámaras.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>50</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 72. Reglamentos de las Cámaras / Presidentes de las Cámaras.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-72-reglamentos-de-las-camaras-presidentes-de-las-camaras--21859926</link><description><![CDATA[Art. 72. Reglamentos de las Cámaras / Presidentes de las Cámaras. <br /><br />1. Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos, aprueban autónomamente sus presupuestos y, de común acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes Generales. Los Reglamentos y su reforma serán sometidos a una votación final sobre su totalidad, que requerirá la mayoría absoluta.<br />2. Las Cámaras eligen sus respectivos Presidentes y los demás miembros de sus Mesas. Las sesiones conjuntas serán presididas por el Presidente del Congreso y se regirán por un Reglamento de las Cortes Generales aprobado por mayoría absoluta de cada Cámara.<br />3. Los Presidentes de las Cámaras ejercen en nombre de las mismas todos los poderes administrativos y facultades de policía en el interior de sus respectivas sedes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859926</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:04:25 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859926/art_72_def.mp3" length="982203" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 72. Reglamentos de las Cámaras / Presidentes de las Cámaras. 

1. Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos, aprueban autónomamente sus presupuestos y, de común acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes Generales. Los...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 72. Reglamentos de las Cámaras / Presidentes de las Cámaras. <br /><br />1. Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos, aprueban autónomamente sus presupuestos y, de común acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes Generales. Los Reglamentos y su reforma serán sometidos a una votación final sobre su totalidad, que requerirá la mayoría absoluta.<br />2. Las Cámaras eligen sus respectivos Presidentes y los demás miembros de sus Mesas. Las sesiones conjuntas serán presididas por el Presidente del Congreso y se regirán por un Reglamento de las Cortes Generales aprobado por mayoría absoluta de cada Cámara.<br />3. Los Presidentes de las Cámaras ejercen en nombre de las mismas todos los poderes administrativos y facultades de policía en el interior de sus respectivas sedes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>62</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 73. Sesiones de las Cámaras.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-73-sesiones-de-las-camaras--21859922</link><description><![CDATA[Art. 73. Sesiones de las Cámaras. <br /><br />1. Las Cámaras se reunirán anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre a diciembre, y el segundo, de febrero a junio.<br />2. Las Cámaras podrán reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Las sesiones extraordinarias deberán convocarse sobre un orden del día determinado y serán clausuradas una vez que éste haya sido agotado.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859922</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:05:24 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859922/art_73_def.mp3" length="677510" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 73. Sesiones de las Cámaras. 

1. Las Cámaras se reunirán anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre a diciembre, y el segundo, de febrero a junio.
2. Las Cámaras podrán reunirse en sesiones extraordinarias a...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 73. Sesiones de las Cámaras. <br /><br />1. Las Cámaras se reunirán anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre a diciembre, y el segundo, de febrero a junio.<br />2. Las Cámaras podrán reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Las sesiones extraordinarias deberán convocarse sobre un orden del día determinado y serán clausuradas una vez que éste haya sido agotado.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>43</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 74 Sesiones conjuntas de las Cámaras.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-74-sesiones-conjuntas-de-las-camaras--21859923</link><description><![CDATA[Art. 74 Sesiones conjuntas de las Cámaras. <br /><br />1. Las Cámaras se reunirán en sesión conjunta para ejercer las competencias no legislativas que el Título II atribuye expresamente a las Cortes Generales.<br />2. Las decisiones de las Cortes Generales previstas en los Art.s 94, 1, 145, 2 y 158, 2, se adoptarán por mayoría de cada una de las Cámaras. En el primer caso, el procedimiento se iniciará por el Congreso, y en los otros dos, por el Senado. En ambos casos, si no hubiera acuerdo entre Senado y Congreso, se intentará obtener por una Comisión Mixta compuesta de igual número de Diputados y Senadores. La Comisión presentará un texto que será votado por ambas Cámaras. Si no se aprueba en la forma establecida, decidirá el Congreso por mayoría absoluta.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859923</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:06:07 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859923/art_74_def.mp3" length="987218" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 74 Sesiones conjuntas de las Cámaras. 

1. Las Cámaras se reunirán en sesión conjunta para ejercer las competencias no legislativas que el Título II atribuye expresamente a las Cortes Generales.
2. Las decisiones de las Cortes Generales previstas...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 74 Sesiones conjuntas de las Cámaras. <br /><br />1. Las Cámaras se reunirán en sesión conjunta para ejercer las competencias no legislativas que el Título II atribuye expresamente a las Cortes Generales.<br />2. Las decisiones de las Cortes Generales previstas en los Art.s 94, 1, 145, 2 y 158, 2, se adoptarán por mayoría de cada una de las Cámaras. En el primer caso, el procedimiento se iniciará por el Congreso, y en los otros dos, por el Senado. En ambos casos, si no hubiera acuerdo entre Senado y Congreso, se intentará obtener por una Comisión Mixta compuesta de igual número de Diputados y Senadores. La Comisión presentará un texto que será votado por ambas Cámaras. Si no se aprueba en la forma establecida, decidirá el Congreso por mayoría absoluta.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>62</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 75. El Pleno y las Comisiones de las Cámaras.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-75-el-pleno-y-las-comisiones-de-las-camaras--21859914</link><description><![CDATA[Art. 75. El Pleno y las Comisiones de las Cámaras. <br /><br />1. Las Cámaras funcionarán en Pleno y por Comisiones.<br />2. Las Cámaras podrán delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la aprobación de proyectos o proposiciones de ley. El Pleno podrá, no obstante, recabar en cualquier momento el debate y votación de cualquier proyecto o proposición de ley que haya sido objeto de esta delegación.<br />3. Quedan exceptuados de lo dispuesto en el apartado anterior la reforma constitucional, las cuestiones internacionales, las leyes orgánicas y de bases y los Presupuestos Generales del Estado.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859914</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:07:25 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859914/art_75_def.mp3" length="744384" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 75. El Pleno y las Comisiones de las Cámaras. 

1. Las Cámaras funcionarán en Pleno y por Comisiones.
2. Las Cámaras podrán delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la aprobación de proyectos o proposiciones de ley. El Pleno podrá, no...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 75. El Pleno y las Comisiones de las Cámaras. <br /><br />1. Las Cámaras funcionarán en Pleno y por Comisiones.<br />2. Las Cámaras podrán delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la aprobación de proyectos o proposiciones de ley. El Pleno podrá, no obstante, recabar en cualquier momento el debate y votación de cualquier proyecto o proposición de ley que haya sido objeto de esta delegación.<br />3. Quedan exceptuados de lo dispuesto en el apartado anterior la reforma constitucional, las cuestiones internacionales, las leyes orgánicas y de bases y los Presupuestos Generales del Estado.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>47</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 76. Comisión de Investigación.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-76-comision-de-investigacion--21859930</link><description><![CDATA[Art. 76. Comisión de Investigación. <br /><br />1. El Congreso y el Senado, y, en su caso, ambas Cámaras conjuntamente, podrán nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público. Sus conclusiones no serán vinculantes para los Tribunales, ni afectarán a las resoluciones judiciales, sin perjuicio de que el resultado de la investigación sea comunicado al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas.<br />2. Será obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras. La ley regulará las sanciones que puedan imponerse por incumplimiento de esta obligación.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859930</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:08:20 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859930/art_76_def.mp3" length="727248" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 76. Comisión de Investigación. 

1. El Congreso y el Senado, y, en su caso, ambas Cámaras conjuntamente, podrán nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público. Sus conclusiones no serán vinculantes para los...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 76. Comisión de Investigación. <br /><br />1. El Congreso y el Senado, y, en su caso, ambas Cámaras conjuntamente, podrán nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público. Sus conclusiones no serán vinculantes para los Tribunales, ni afectarán a las resoluciones judiciales, sin perjuicio de que el resultado de la investigación sea comunicado al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas.<br />2. Será obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras. La ley regulará las sanciones que puedan imponerse por incumplimiento de esta obligación.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>46</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 77. Peticiones a las Cámaras.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-77-peticiones-a-las-camaras--21859928</link><description><![CDATA[Art. 77. Peticiones a las Cámaras. <br /><br />1. Las Cámaras pueden recibir peticiones individuales y colectivas, siempre por escrito, quedando prohibida la presentación directa por manifestaciones ciudadanas.<br />2. Las Cámaras pueden remitir al Gobierno las peticiones que reciban. El Gobierno está obligado a explicarse sobre su contenido, siempre que las Cámaras lo exijan.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859928</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:09:10 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859928/art_77_def.mp3" length="508237" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 77. Peticiones a las Cámaras. 

1. Las Cámaras pueden recibir peticiones individuales y colectivas, siempre por escrito, quedando prohibida la presentación directa por manifestaciones ciudadanas.
2. Las Cámaras pueden remitir al Gobierno las...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 77. Peticiones a las Cámaras. <br /><br />1. Las Cámaras pueden recibir peticiones individuales y colectivas, siempre por escrito, quedando prohibida la presentación directa por manifestaciones ciudadanas.<br />2. Las Cámaras pueden remitir al Gobierno las peticiones que reciban. El Gobierno está obligado a explicarse sobre su contenido, siempre que las Cámaras lo exijan.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>32</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 78. Diputaciones Permanentes.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-78-diputaciones-permanentes--21859912</link><description><![CDATA[Art. 78. Diputaciones Permanentes. <br /><br />1. En cada Cámara habrá una Diputación Permanente compuesta por un mínimo de veintiún miembros, que representarán a los grupos parlamentarios, en proporción a su importancia numérica.<br />2. Las Diputaciones Permanentes estarán presididas por el Presidente de la Cámara respectiva y tendrán como funciones la prevista en el Art. 73, la de asumir las facultades que correspondan a las Cámaras, de acuerdo con los Art.s 86 y 116, en caso de que éstas hubieren sido disueltas o hubiere expirado su mandato y la de velar por los poderes de las Cámaras cuando éstas no estén reunidas.<br />3. Expirado el mandato o en caso de disolución, las Diputaciones Permanentes seguirán ejerciendo sus funciones hasta la constitución de las nuevas Cortes Generales.<br />4. Reunida la Cámara correspondiente, la Diputación Permanente dará cuenta de los asuntos tratados y de sus decisiones.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859912</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:10:14 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859912/art_78_def.mp3" length="1059943" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 78. Diputaciones Permanentes. 

1. En cada Cámara habrá una Diputación Permanente compuesta por un mínimo de veintiún miembros, que representarán a los grupos parlamentarios, en proporción a su importancia numérica.
2. Las Diputaciones...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 78. Diputaciones Permanentes. <br /><br />1. En cada Cámara habrá una Diputación Permanente compuesta por un mínimo de veintiún miembros, que representarán a los grupos parlamentarios, en proporción a su importancia numérica.<br />2. Las Diputaciones Permanentes estarán presididas por el Presidente de la Cámara respectiva y tendrán como funciones la prevista en el Art. 73, la de asumir las facultades que correspondan a las Cámaras, de acuerdo con los Art.s 86 y 116, en caso de que éstas hubieren sido disueltas o hubiere expirado su mandato y la de velar por los poderes de las Cámaras cuando éstas no estén reunidas.<br />3. Expirado el mandato o en caso de disolución, las Diputaciones Permanentes seguirán ejerciendo sus funciones hasta la constitución de las nuevas Cortes Generales.<br />4. Reunida la Cámara correspondiente, la Diputación Permanente dará cuenta de los asuntos tratados y de sus decisiones.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>67</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 79. Adopción de acuerdos.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-79-adopcion-de-acuerdos--21859920</link><description><![CDATA[Art. 79. Adopción de acuerdos. <br /><br />1. Para adoptar acuerdos, las Cámaras deben estar reunidas reglamentariamente y con asistencia de la mayoría de sus miembros.<br />2. Dichos acuerdos, para ser válidos, deberán ser aprobados por la mayoría de los miembros presentes, sin perjuicio de las mayorías especiales que establezcan la Constitución o las leyes orgánicas y las que para elección de personas establezcan los Reglamentos de las Cámaras.<br />3. El voto de Senadores y Diputados es personal e indelegable.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859920</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:10:56 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859920/art_79_def.mp3" length="612727" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 79. Adopción de acuerdos. 

1. Para adoptar acuerdos, las Cámaras deben estar reunidas reglamentariamente y con asistencia de la mayoría de sus miembros.
2. Dichos acuerdos, para ser válidos, deberán ser aprobados por la mayoría de los miembros...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 79. Adopción de acuerdos. <br /><br />1. Para adoptar acuerdos, las Cámaras deben estar reunidas reglamentariamente y con asistencia de la mayoría de sus miembros.<br />2. Dichos acuerdos, para ser válidos, deberán ser aprobados por la mayoría de los miembros presentes, sin perjuicio de las mayorías especiales que establezcan la Constitución o las leyes orgánicas y las que para elección de personas establezcan los Reglamentos de las Cámaras.<br />3. El voto de Senadores y Diputados es personal e indelegable.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>39</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 80. Publicidad de las sesiones.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-80-publicidad-de-las-sesiones--21859918</link><description><![CDATA[Art. 80. Publicidad de las sesiones. <br /><br />Las sesiones plenarias de las Cámaras serán públicas, salvo acuerdo en contrario de cada Cámara, adoptado por mayoría absoluta o con arreglo al Reglamento.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859918</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:11:52 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859918/art_80_def.mp3" length="279195" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 80. Publicidad de las sesiones. 

Las sesiones plenarias de las Cámaras serán públicas, salvo acuerdo en contrario de cada Cámara, adoptado por mayoría absoluta o con arreglo al Reglamento.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 80. Publicidad de las sesiones. <br /><br />Las sesiones plenarias de las Cámaras serán públicas, salvo acuerdo en contrario de cada Cámara, adoptado por mayoría absoluta o con arreglo al Reglamento.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>18</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 81. Leyes Orgánicas.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-81-leyes-organicas--21859934</link><description><![CDATA[Art. 81. Leyes Orgánicas.<br /><br />1. Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.<br />2. La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859934</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:12:36 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859934/art_81_def.mp3" length="615652" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 81. Leyes Orgánicas.

1. Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 81. Leyes Orgánicas.<br /><br />1. Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.<br />2. La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>39</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 82. Delegación Legislativa / Refundición de textos legales.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-82-delegacion-legislativa-refundicion-de-textos-legales--21859925</link><description><![CDATA[Art. 82. Delegación Legislativa / Refundición de textos legales. <br /><br />1. Las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley sobre materias determinadas no incluidas en el Art. anterior.<br />2. La delegación legislativa deberá otorgarse mediante una ley de bases cuando su objeto sea la formación de textos articulados o por una ley ordinaria cuando se trate de refundir varios textos legales en uno solo.<br />3. La delegación legislativa habrá de otorgarse al Gobierno de forma expresa para materia concreta y con fijación del plazo para su ejercicio. La delegación se agota por el uso que de ella haga el Gobierno mediante la publicación de la norma correspondiente. No podrá entenderse concedida de modo implícito o por tiempo indeterminado. Tampoco podrá permitir la subdelegación a autoridades distintas del propio Gobierno.<br />4. Las leyes de bases delimitarán con precisión el objeto y alcance de la delegación legislativa y los principios y criterios que han de seguirse en su ejercicio.<br />5. La autorización para refundir textos legales determinará el ámbito normativo a que se refiere el contenido de la delegación, especificando si se circunscribe a la mera formulación de un texto único o si se incluye la de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que han de ser refundidos.<br />6. Sin perjuicio de la competencia propia de los Tribunales, las leyes de delegación podrán establecer en cada caso fórmulas adicionales de control.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859925</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:13:21 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859925/art_82_def.mp3" length="1727842" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 82. Delegación Legislativa / Refundición de textos legales. 

1. Las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley sobre materias determinadas no incluidas en el Art. anterior.
2. La delegación...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 82. Delegación Legislativa / Refundición de textos legales. <br /><br />1. Las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley sobre materias determinadas no incluidas en el Art. anterior.<br />2. La delegación legislativa deberá otorgarse mediante una ley de bases cuando su objeto sea la formación de textos articulados o por una ley ordinaria cuando se trate de refundir varios textos legales en uno solo.<br />3. La delegación legislativa habrá de otorgarse al Gobierno de forma expresa para materia concreta y con fijación del plazo para su ejercicio. La delegación se agota por el uso que de ella haga el Gobierno mediante la publicación de la norma correspondiente. No podrá entenderse concedida de modo implícito o por tiempo indeterminado. Tampoco podrá permitir la subdelegación a autoridades distintas del propio Gobierno.<br />4. Las leyes de bases delimitarán con precisión el objeto y alcance de la delegación legislativa y los principios y criterios que han de seguirse en su ejercicio.<br />5. La autorización para refundir textos legales determinará el ámbito normativo a que se refiere el contenido de la delegación, especificando si se circunscribe a la mera formulación de un texto único o si se incluye la de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que han de ser refundidos.<br />6. Sin perjuicio de la competencia propia de los Tribunales, las leyes de delegación podrán establecer en cada caso fórmulas adicionales de control.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>108</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 83. Limitación a las leyes de bases.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-83-limitacion-a-las-leyes-de-bases--21859915</link><description><![CDATA[Art. 83. Limitación a las leyes de bases. <br /><br />Las leyes de bases no podrán en ningún caso:<br />a) Autorizar la modificación de la propia ley de bases.<br />b) Facultar para dictar normas con carácter retroactivo.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859915</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:13:56 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859915/art_83_def.mp3" length="291316" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 83. Limitación a las leyes de bases. 

Las leyes de bases no podrán en ningún caso:
a) Autorizar la modificación de la propia ley de bases.
b) Facultar para dictar normas con carácter retroactivo.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 83. Limitación a las leyes de bases. <br /><br />Las leyes de bases no podrán en ningún caso:<br />a) Autorizar la modificación de la propia ley de bases.<br />b) Facultar para dictar normas con carácter retroactivo.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>19</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 84. Posibilidad del Gobierno a oponerse a la tramitación de una Proposición de Ley o a una Enmienda.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-84-posibilidad-del-gobierno-a-oponerse-a-la-tramitacion-de-una-proposicion-de-ley-o-a-una-enmienda--21859913</link><description><![CDATA[Art. 84. Posibilidad del Gobierno a oponerse a la tramitación de una Proposición de Ley o a una Enmienda. <br /><br />Cuando una proposición de ley o una enmienda fuere contraria a una delegación legislativa en vigor, el Gobierno está facultado para oponerse a su tramitación. En tal supuesto, podrá presentarse una proposición de ley para la derogación total o parcial de la ley de delegación.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859913</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:14:38 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859913/art_84_def.mp3" length="462679" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 84. Posibilidad del Gobierno a oponerse a la tramitación de una Proposición de Ley o a una Enmienda. 

Cuando una proposición de ley o una enmienda fuere contraria a una delegación legislativa en vigor, el Gobierno está facultado para oponerse a...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 84. Posibilidad del Gobierno a oponerse a la tramitación de una Proposición de Ley o a una Enmienda. <br /><br />Cuando una proposición de ley o una enmienda fuere contraria a una delegación legislativa en vigor, el Gobierno está facultado para oponerse a su tramitación. En tal supuesto, podrá presentarse una proposición de ley para la derogación total o parcial de la ley de delegación.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>29</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 85. Decretos Legislativos.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-85-decretos-legislativos--21859919</link><description><![CDATA[Art. 85. Decretos Legislativos.<br /><br />Las disposiciones del Gobierno que contengan legislación delegada recibirán el título de Decretos Legislativos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859919</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:15:15 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859919/art_85_def.mp3" length="227368" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 85. Decretos Legislativos.

Las disposiciones del Gobierno que contengan legislación delegada recibirán el título de Decretos Legislativos.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 85. Decretos Legislativos.<br /><br />Las disposiciones del Gobierno que contengan legislación delegada recibirán el título de Decretos Legislativos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>15</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 86. Decretos-Leyes y su convalidación</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-86-decretos-leyes-y-su-convalidacion--21859924</link><description><![CDATA[Art. 86. Decretos-Leyes y su convalidación<br /><br />1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.<br />2. Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.<br />3. Durante el plazo establecido en el apartado anterior, las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859924</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:17:26 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859924/art_86_def.mp3" length="1132668" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 86. Decretos-Leyes y su convalidación

1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 86. Decretos-Leyes y su convalidación<br /><br />1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.<br />2. Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.<br />3. Durante el plazo establecido en el apartado anterior, las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>71</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 87 Iniciativa legislativa / Iniciativa legislativa de CC.AA / Iniciativa legislativa Popular.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-87-iniciativa-legislativa-iniciativa-legislativa-de-cc-aa-iniciativa-legislativa-popular--21859910</link><description><![CDATA[Art. 87 Iniciativa legislativa / Iniciativa legislativa de CC.AA / Iniciativa legislativa Popular. <br /><br />1. La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de las Cámaras.<br />2. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa.<br />3. Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859910</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:18:08 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859910/art_87_def.mp3" length="1000175" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 87 Iniciativa legislativa / Iniciativa legislativa de CC.AA / Iniciativa legislativa Popular. 

1. La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de las Cámaras.
2. Las...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 87 Iniciativa legislativa / Iniciativa legislativa de CC.AA / Iniciativa legislativa Popular. <br /><br />1. La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de las Cámaras.<br />2. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa.<br />3. Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>63</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 88. Proyectos de Ley.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-88-proyectos-de-ley--21859921</link><description><![CDATA[Art. 88. Proyectos de Ley.<br /><br />Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859921</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:18:40 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859921/art_88_def.mp3" length="277941" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 88. Proyectos de Ley.

Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 88. Proyectos de Ley.<br /><br />Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>18</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 89. Proposiciones de Ley.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-89-proposiciones-de-ley--21859933</link><description><![CDATA[Art. 89. Proposiciones de Ley. <br /><br />1. La tramitación de las proposiciones de ley se regulará por los Reglamentos de las Cámaras, sin que la prioridad debida a los proyectos de ley impida el ejercicio de la iniciativa legislativa en los términos regulados por el Art. 87.<br />2. Las proposiciones de ley que, de acuerdo con el Art. 87, tome en consideración el Senado, se remitirán al Congreso para su trámite en éste como tal proposición.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859933</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:19:50 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859933/art_89_def.mp3" length="524119" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 89. Proposiciones de Ley. 

1. La tramitación de las proposiciones de ley se regulará por los Reglamentos de las Cámaras, sin que la prioridad debida a los proyectos de ley impida el ejercicio de la iniciativa legislativa en los términos...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 89. Proposiciones de Ley. <br /><br />1. La tramitación de las proposiciones de ley se regulará por los Reglamentos de las Cámaras, sin que la prioridad debida a los proyectos de ley impida el ejercicio de la iniciativa legislativa en los términos regulados por el Art. 87.<br />2. Las proposiciones de ley que, de acuerdo con el Art. 87, tome en consideración el Senado, se remitirán al Congreso para su trámite en éste como tal proposición.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>33</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 90 Actuación legislativa del Senado.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-90-actuacion-legislativa-del-senado--21859936</link><description><![CDATA[Art. 90 Actuación legislativa del Senado.<br /><br />1. Aprobado un proyecto de ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente dará inmediata cuenta del mismo al Presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste.<br />2. El Senado en el plazo de dos meses, a partir del día de la recepción del texto, puede, mediante mensaje motivado, oponer su veto o introducir enmiendas al mismo. El veto deberá ser aprobado por mayoría absoluta. El proyecto no podrá ser sometido al Rey para sanción sin que el Congreso ratifique por mayoría absoluta, en caso de veto, el texto inicial, o por mayoría simple, una vez transcurridos dos meses desde la interposición del mismo, o se pronuncie sobre las enmiendas, aceptándolas o no por mayoría simple.<br />3. El plazo de dos meses de que el Senado dispone para vetar o enmendar el proyecto se reducirá al de veinte días naturales en los proyectos declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso de los Diputados.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859936</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:20:39 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859936/art_90_def.mp3" length="1185165" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 90 Actuación legislativa del Senado.

1. Aprobado un proyecto de ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente dará inmediata cuenta del mismo al Presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste.
2....</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 90 Actuación legislativa del Senado.<br /><br />1. Aprobado un proyecto de ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente dará inmediata cuenta del mismo al Presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste.<br />2. El Senado en el plazo de dos meses, a partir del día de la recepción del texto, puede, mediante mensaje motivado, oponer su veto o introducir enmiendas al mismo. El veto deberá ser aprobado por mayoría absoluta. El proyecto no podrá ser sometido al Rey para sanción sin que el Congreso ratifique por mayoría absoluta, en caso de veto, el texto inicial, o por mayoría simple, una vez transcurridos dos meses desde la interposición del mismo, o se pronuncie sobre las enmiendas, aceptándolas o no por mayoría simple.<br />3. El plazo de dos meses de que el Senado dispone para vetar o enmendar el proyecto se reducirá al de veinte días naturales en los proyectos declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso de los Diputados.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>74</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 91 Sanción y Promulgación de las leyes.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-91-sancion-y-promulgacion-de-las-leyes--21859931</link><description><![CDATA[Art. 91 Sanción y Promulgación de las leyes. <br /><br />El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859931</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:21:14 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859931/art_91_def.mp3" length="265655" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 91 Sanción y Promulgación de las leyes. 

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 91 Sanción y Promulgación de las leyes. <br /><br />El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>17</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 92. Referendum.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-92-referendum--21859932</link><description><![CDATA[Art. 92. Referendum.<br /><br />1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.<br />2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.<br />3. Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859932</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:22:03 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859932/art_92_def.mp3" length="525207" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 92. Referendum.

1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.
2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 92. Referendum.<br /><br />1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.<br />2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.<br />3. Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>33</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 93. Tratados Internacionales.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-93-tratados-internacionales--21859935</link><description><![CDATA[Art. 93. Tratados Internacionales. <br /><br />Mediante ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859935</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:22:49 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859935/art_93_def.mp3" length="572437" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 93. Tratados Internacionales. 

Mediante ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. Corresponde a...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 93. Tratados Internacionales. <br /><br />Mediante ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>36</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 94. Autorización de las Cortes para determinados Tratados Internacionales.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-94-autorizacion-de-las-cortes-para-determinados-tratados-internacionales--21859957</link><description><![CDATA[Art. 94. Autorización de las Cortes para determinados Tratados Internacionales. <br /><br />1. La prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados o convenios requerirá la previa autorización de las Cortes Generales, en los siguientes casos:<br />a) Tratados de carácter político.<br />b) Tratados o convenios de carácter militar.<br />c) Tratados o convenios que afecten a la integridad territorial del Estado o a los derechos y deberes fundamentales establecidos en el Título I.<br />d) Tratados o convenios que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Pública.<br />e) Tratados o convenios que supongan modificación o derogación de alguna ley o exijan medidas legislativas para su ejecución.<br />2. El Congreso y el Senado serán inmediatamente informados de la conclusión de los restantes tratados o convenios.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859957</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:23:24 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859957/art_94_def.mp3" length="941495" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 94. Autorización de las Cortes para determinados Tratados Internacionales. 

1. La prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados o convenios requerirá la previa autorización de las Cortes Generales, en los...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 94. Autorización de las Cortes para determinados Tratados Internacionales. <br /><br />1. La prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados o convenios requerirá la previa autorización de las Cortes Generales, en los siguientes casos:<br />a) Tratados de carácter político.<br />b) Tratados o convenios de carácter militar.<br />c) Tratados o convenios que afecten a la integridad territorial del Estado o a los derechos y deberes fundamentales establecidos en el Título I.<br />d) Tratados o convenios que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Pública.<br />e) Tratados o convenios que supongan modificación o derogación de alguna ley o exijan medidas legislativas para su ejecución.<br />2. El Congreso y el Senado serán inmediatamente informados de la conclusión de los restantes tratados o convenios.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>59</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 95. Los Tratados Internacionales y la Constitución.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-95-los-tratados-internacionales-y-la-constitucion--21859929</link><description><![CDATA[Art. 95. Los Tratados Internacionales y la Constitución.<br /><br />1. La celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional.<br />2. El Gobierno o cualquiera de las Cámaras puede requerir al Tribunal Constitucional para que declare si existe o no esa contradicción.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859929</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:24:23 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859929/art_95_def.mp3" length="447885" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 95. Los Tratados Internacionales y la Constitución.

1. La celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional.
2. El Gobierno o cualquiera de las Cámaras...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 95. Los Tratados Internacionales y la Constitución.<br /><br />1. La celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional.<br />2. El Gobierno o cualquiera de las Cámaras puede requerir al Tribunal Constitucional para que declare si existe o no esa contradicción.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>28</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 96. Derogación y denuncia de los Tratados y Convenios.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-96-derogacion-y-denuncia-de-los-tratados-y-convenios--21859955</link><description><![CDATA[Art. 96. Derogación y denuncia de los Tratados y Convenios. <br /><br />1. Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional.<br />2. Para la denuncia de los tratados y convenios internacionales se utilizará el mismo procedimiento previsto para su aprobación en el Art. 94.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21859955</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:25:46 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21859955/art_96_def.mp3" length="648505" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 96. Derogación y denuncia de los Tratados y Convenios. 

1. Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas,...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 96. Derogación y denuncia de los Tratados y Convenios. <br /><br />1. Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional.<br />2. Para la denuncia de los tratados y convenios internacionales se utilizará el mismo procedimiento previsto para su aprobación en el Art. 94.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>41</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>TÍTULO IV. Del Gobierno y de la Administración (Resumen por encabezados arts 97 a 107)</title><link>https://www.spreaker.com/episode/titulo-iv-del-gobierno-y-de-la-administracion-resumen-por-encabezados-arts-97-a-107--21854406</link><description><![CDATA[TÍTULO IV. Del Gobierno y de la Administración<br /><br />Art. 97. El Gobierno<br />Art. 98. Composición y Estatuto del Gobierno. <br />Art. 99. Nombramiento del Presidente del Gobierno / Voto de Investidura. <br />Art. 100. Nombramiento de los ministros. <br />Art. 101. Cese del gobierno.<br />Art. 102. Responsabilidad de los miembros del gobierno. <br />Art. 103. La administración Pública / Estatuto de los funcionarios públicos. <br />Art. 104. Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado.<br />Art. 105. Participación de los ciudadanos. <br />Art. 106. Control judicial de la administración / Derecho a indemnización de los particulares. <br />Art. 107. El Consejo de Estado.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21854406</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:30:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21854406/is_tit_iv_def.mp3" length="2336391" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>TÍTULO IV. Del Gobierno y de la Administración

Art. 97. El Gobierno
Art. 98. Composición y Estatuto del Gobierno. 
Art. 99. Nombramiento del Presidente del Gobierno / Voto de Investidura. 
Art. 100. Nombramiento de los ministros. 
Art. 101. Cese del...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[TÍTULO IV. Del Gobierno y de la Administración<br /><br />Art. 97. El Gobierno<br />Art. 98. Composición y Estatuto del Gobierno. <br />Art. 99. Nombramiento del Presidente del Gobierno / Voto de Investidura. <br />Art. 100. Nombramiento de los ministros. <br />Art. 101. Cese del gobierno.<br />Art. 102. Responsabilidad de los miembros del gobierno. <br />Art. 103. La administración Pública / Estatuto de los funcionarios públicos. <br />Art. 104. Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado.<br />Art. 105. Participación de los ciudadanos. <br />Art. 106. Control judicial de la administración / Derecho a indemnización de los particulares. <br />Art. 107. El Consejo de Estado.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>59</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 97. El Gobierno</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-97-el-gobierno--21876971</link><description><![CDATA[Art. 97. El Gobierno<br />El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876971</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:30:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876971/art_97_def.mp3" length="397312" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 97. El Gobierno
El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 97. El Gobierno<br />El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>25</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 98. Composición y Estatuto del Gobierno.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-98-composicion-y-estatuto-del-gobierno--21876978</link><description><![CDATA[Art. 98. Composición y Estatuto del Gobierno. <br /><br />1. El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley.<br />2. El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de éstos en su gestión.<br />3. Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna.<br />4. La ley regulará el estatuto e incompatibilidades de los miembros del Gobierno.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876978</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:35:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876978/art_98_def.mp3" length="851215" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 98. Composición y Estatuto del Gobierno. 

1. El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley.
2. El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 98. Composición y Estatuto del Gobierno. <br /><br />1. El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley.<br />2. El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de éstos en su gestión.<br />3. Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna.<br />4. La ley regulará el estatuto e incompatibilidades de los miembros del Gobierno.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>54</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 99. Nombramiento del Presidente del Gobierno / Voto de Investidura.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-99-nombramiento-del-presidente-del-gobierno-voto-de-investidura--21876976</link><description><![CDATA[Art. 99. Nombramiento del Presidente del Gobierno / Voto de Investidura. <br /><br />1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.<br />2. El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara.<br />3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.<br />4. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.<br />5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876976</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:40:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876976/art_99_def.mp3" length="1613573" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 99. Nombramiento del Presidente del Gobierno / Voto de Investidura. 

1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 99. Nombramiento del Presidente del Gobierno / Voto de Investidura. <br /><br />1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.<br />2. El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara.<br />3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.<br />4. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.<br />5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>101</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 100. Nombramiento de los ministros.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-100-nombramiento-de-los-ministros--21876977</link><description><![CDATA[Art. 100. Nombramiento de los ministros. <br /><br />Los demás miembros del Gobierno serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876977</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:45:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876977/art_100_def.mp3" length="206722" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 100. Nombramiento de los ministros. 

Los demás miembros del Gobierno serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 100. Nombramiento de los ministros. <br /><br />Los demás miembros del Gobierno serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>13</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 101. Cese del gobierno.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-101-cese-del-gobierno--21876979</link><description><![CDATA[Art. 101. Cese del gobierno.<br /><br />1. El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.<br />2. El Gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876979</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:50:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876979/art_101_def.mp3" length="403581" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 101. Cese del gobierno.

1. El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.
2. El Gobierno cesante...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 101. Cese del gobierno.<br /><br />1. El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.<br />2. El Gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>26</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 102. Responsabilidad de los miembros del gobierno.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-102-responsabilidad-de-los-miembros-del-gobierno--21876975</link><description><![CDATA[Art. 102. Responsabilidad de los miembros del gobierno. <br /><br />1. La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.<br />2. Si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo.<br />3. La prerrogativa real de gracia no será aplicable a ninguno de los supuestos del presente Art.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876975</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 22:55:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876975/art_102_def.mp3" length="680270" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 102. Responsabilidad de los miembros del gobierno. 

1. La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
2. Si la acusación fuere por traición o...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 102. Responsabilidad de los miembros del gobierno. <br /><br />1. La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.<br />2. Si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo.<br />3. La prerrogativa real de gracia no será aplicable a ninguno de los supuestos del presente Art.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>43</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 103. La administración Pública / Estatuto de los funcionarios públicos.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-103-la-administracion-publica-estatuto-de-los-funcionarios-publicos--21876969</link><description><![CDATA[Art. 103. La administración Pública / Estatuto de los funcionarios públicos. <br /><br />1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.<br />2. Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley.<br />3. La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876969</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 23:00:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876969/art_103_def.mp3" length="895937" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 103. La administración Pública / Estatuto de los funcionarios públicos. 

1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 103. La administración Pública / Estatuto de los funcionarios públicos. <br /><br />1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.<br />2. Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley.<br />3. La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>56</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 104. Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-104-fuerzas-y-cuerpos-de-seguridad-del-estado--21876970</link><description><![CDATA[Art. 104. Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado.<br /><br />1. Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.<br />2. Una ley orgánica determinará las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876970</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 23:05:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876970/art_104_def.mp3" length="457498" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 104. Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado.

1. Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.
2. Una ley...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 104. Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado.<br /><br />1. Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.<br />2. Una ley orgánica determinará las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>29</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 105. Participación de los ciudadanos.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-105-participacion-de-los-ciudadanos--21876972</link><description><![CDATA[Art. 105. Participación de los ciudadanos. <br /><br />La ley regulará:<br />a) La audiencia de los ciudadanos, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley, en el procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas que les afecten.<br />b) El acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas.<br />c) El procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, cuando proceda, la audiencia del interesado.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876972</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 23:10:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876972/art_105_def.mp3" length="706184" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 105. Participación de los ciudadanos. 

La ley regulará:
a) La audiencia de los ciudadanos, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley, en el procedimiento de elaboración de las disposiciones...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 105. Participación de los ciudadanos. <br /><br />La ley regulará:<br />a) La audiencia de los ciudadanos, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley, en el procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas que les afecten.<br />b) El acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas.<br />c) El procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, cuando proceda, la audiencia del interesado.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>45</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 106. Control judicial de la administración / Derecho a indemnización de los particulares.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-106-control-judicial-de-la-administracion-derecho-a-indemnizacion-de-los-particulares--21876973</link><description><![CDATA[Art. 106. Control judicial de la administración / Derecho a indemnización de los particulares. <br /><br />1. Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican.<br />2. Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876973</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 23:15:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876973/art_106_def.mp3" length="625935" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 106. Control judicial de la administración / Derecho a indemnización de los particulares. 

1. Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 106. Control judicial de la administración / Derecho a indemnización de los particulares. <br /><br />1. Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican.<br />2. Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>40</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 107. El Consejo de Estado.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-107-el-consejo-de-estado--21876974</link><description><![CDATA[Art. 107. El Consejo de Estado. <br /><br />El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Una ley orgánica regulará su composición y competencia.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876974</guid><pubDate>Sun, 19 Jan 2020 23:20:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876974/art_107_def.mp3" length="240995" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 107. El Consejo de Estado. 

El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Una ley orgánica regulará su composición y competencia.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 107. El Consejo de Estado. <br /><br />El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Una ley orgánica regulará su composición y competencia.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>16</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>TÍTULO V - De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales (Resumen por encabezados artículos 108 a 116)</title><link>https://www.spreaker.com/episode/titulo-v-de-las-relaciones-entre-el-gobierno-y-las-cortes-generales-resumen-por-encabezados-articulos-108-a-116--21854405</link><description><![CDATA[TÍTULO V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales<br /><br />Art. 108. Responsabilidad solidaria del gobierno ante el parlamento. <br />Art. 109. Derecho de información de las Cámaras.<br />Art. 110. El gobierno en las Cámaras.<br />Art. 111. Interpelaciones y Preguntas. <br />Art. 112. La Cuestión de Confianza<br />Art. 113. Moción de Censura. <br />Art. 114. Dimisión del gobierno. <br />Art. 115. Disolución de las Cámaras. <br />Art. 116. Estado de Alarma, Excepción y Sitio.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21854405</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 00:00:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21854405/is_tit_v_def.mp3" length="1817076" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>TÍTULO V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales

Art. 108. Responsabilidad solidaria del gobierno ante el parlamento. 
Art. 109. Derecho de información de las Cámaras.
Art. 110. El gobierno en las Cámaras.
Art. 111....</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[TÍTULO V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales<br /><br />Art. 108. Responsabilidad solidaria del gobierno ante el parlamento. <br />Art. 109. Derecho de información de las Cámaras.<br />Art. 110. El gobierno en las Cámaras.<br />Art. 111. Interpelaciones y Preguntas. <br />Art. 112. La Cuestión de Confianza<br />Art. 113. Moción de Censura. <br />Art. 114. Dimisión del gobierno. <br />Art. 115. Disolución de las Cámaras. <br />Art. 116. Estado de Alarma, Excepción y Sitio.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>46</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 108. Responsabilidad solidaria del gobierno ante el parlamento.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-108-responsabilidad-solidaria-del-gobierno-ante-el-parlamento--21860134</link><description><![CDATA[Art. 108. Responsabilidad solidaria del gobierno ante el parlamento. <br /><br />El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21860134</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 00:05:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21860134/art_108_def.mp3" length="310376" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 108. Responsabilidad solidaria del gobierno ante el parlamento. 

El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 108. Responsabilidad solidaria del gobierno ante el parlamento. <br /><br />El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>20</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 109. Derecho de información de las Cámaras.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-109-derecho-de-informacion-de-las-camaras--21860136</link><description><![CDATA[Art. 109. Derecho de información de las Cámaras.<br /><br />Las Cámaras y sus Comisiones podrán recabar, a través de los Presidentes de aquéllas, la información y ayuda que precisen del Gobierno y de sus Departamentos y de cualesquiera autoridades del Estado y de las Comunidades Autónomas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21860136</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 00:10:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21860136/art_109_def.mp3" length="335454" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 109. Derecho de información de las Cámaras.

Las Cámaras y sus Comisiones podrán recabar, a través de los Presidentes de aquéllas, la información y ayuda que precisen del Gobierno y de sus Departamentos y de cualesquiera autoridades del Estado y...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 109. Derecho de información de las Cámaras.<br /><br />Las Cámaras y sus Comisiones podrán recabar, a través de los Presidentes de aquéllas, la información y ayuda que precisen del Gobierno y de sus Departamentos y de cualesquiera autoridades del Estado y de las Comunidades Autónomas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>21</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 110. El gobierno en las Cámaras.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-110-el-gobierno-en-las-camaras--21860137</link><description><![CDATA[Art. 110. El gobierno en las Cámaras.<br /><br />1. Las Cámaras y sus Comisiones pueden reclamar la presencia de los miembros del Gobierno.<br />2. Los miembros del Gobierno tienen acceso a las sesiones de las Cámaras y a sus Comisiones y la facultad de hacerse oír en ellas, y podrán solicitar que informen ante las mismas funcionarios de sus Departamentos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21860137</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 00:15:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21860137/art_110_def.mp3" length="415702" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 110. El gobierno en las Cámaras.

1. Las Cámaras y sus Comisiones pueden reclamar la presencia de los miembros del Gobierno.
2. Los miembros del Gobierno tienen acceso a las sesiones de las Cámaras y a sus Comisiones y la facultad de hacerse oír...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 110. El gobierno en las Cámaras.<br /><br />1. Las Cámaras y sus Comisiones pueden reclamar la presencia de los miembros del Gobierno.<br />2. Los miembros del Gobierno tienen acceso a las sesiones de las Cámaras y a sus Comisiones y la facultad de hacerse oír en ellas, y podrán solicitar que informen ante las mismas funcionarios de sus Departamentos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>26</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 111. Interpelaciones y Preguntas.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-111-interpelaciones-y-preguntas--21860130</link><description><![CDATA[Art. 111. Interpelaciones y Preguntas. <br /><br />1. El Gobierno y cada uno de sus miembros están sometidos a las interpelaciones y preguntas que se le formulen en las Cámaras. Para esta clase de debate los Reglamentos establecerán un tiempo mínimo semanal.<br />2. Toda interpelación podrá dar lugar a una moción en la que la Cámara manifieste su posición.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21860130</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 00:20:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21860130/art_111_def.mp3" length="454990" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 111. Interpelaciones y Preguntas. 

1. El Gobierno y cada uno de sus miembros están sometidos a las interpelaciones y preguntas que se le formulen en las Cámaras. Para esta clase de debate los Reglamentos establecerán un tiempo mínimo semanal.
2....</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 111. Interpelaciones y Preguntas. <br /><br />1. El Gobierno y cada uno de sus miembros están sometidos a las interpelaciones y preguntas que se le formulen en las Cámaras. Para esta clase de debate los Reglamentos establecerán un tiempo mínimo semanal.<br />2. Toda interpelación podrá dar lugar a una moción en la que la Cámara manifieste su posición.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>29</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 112. La Cuestión de Confianza</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-112-la-cuestion-de-confianza--21860131</link><description><![CDATA[Art. 112. La Cuestión de Confianza<br /><br />El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21860131</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 00:25:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21860131/art_112_def.mp3" length="413194" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 112. La Cuestión de Confianza

El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 112. La Cuestión de Confianza<br /><br />El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>26</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 113. Moción de Censura.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-113-mocion-de-censura--21860133</link><description><![CDATA[Art. 113. Moción de Censura. <br /><br />1. El Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura.<br />2. La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y habrá de incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno.<br />3. La moción de censura no podrá ser votada hasta que transcurran cinco días desde su presentación. En los dos primeros días de dicho plazo podrán presentarse mociones alternativas.<br />4. Si la moción de censura no fuere aprobada por el Congreso, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21860133</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 00:30:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21860133/art_113_def.mp3" length="828228" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 113. Moción de Censura. 

1. El Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura.
2. La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 113. Moción de Censura. <br /><br />1. El Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura.<br />2. La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y habrá de incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno.<br />3. La moción de censura no podrá ser votada hasta que transcurran cinco días desde su presentación. En los dos primeros días de dicho plazo podrán presentarse mociones alternativas.<br />4. Si la moción de censura no fuere aprobada por el Congreso, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>52</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 114. Dimisión del gobierno.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-114-dimision-del-gobierno--21860129</link><description><![CDATA[Art. 114. Dimisión del gobierno. <br /><br />1. Si el Congreso niega su confianza al Gobierno, éste presentará su dimisión al Rey, procediéndose a continuación a la designación de Presidente del Gobierno, según lo dispuesto en el Art. 99.<br />2. Si el Congreso adopta una moción de censura, el Gobierno presentará su dimisión al Rey y el candidato incluido en aquélla se entenderá investido de la confianza de la Cámara a los efectos previstos en el Art. 99. El Rey le nombrará Presidente del Gobierno.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21860129</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 00:45:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21860129/art_114_def.mp3" length="616322" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 114. Dimisión del gobierno. 

1. Si el Congreso niega su confianza al Gobierno, éste presentará su dimisión al Rey, procediéndose a continuación a la designación de Presidente del Gobierno, según lo dispuesto en el Art. 99.
2. Si el Congreso...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 114. Dimisión del gobierno. <br /><br />1. Si el Congreso niega su confianza al Gobierno, éste presentará su dimisión al Rey, procediéndose a continuación a la designación de Presidente del Gobierno, según lo dispuesto en el Art. 99.<br />2. Si el Congreso adopta una moción de censura, el Gobierno presentará su dimisión al Rey y el candidato incluido en aquélla se entenderá investido de la confianza de la Cámara a los efectos previstos en el Art. 99. El Rey le nombrará Presidente del Gobierno.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>39</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 115. Disolución de las Cámaras.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-115-disolucion-de-las-camaras--21860132</link><description><![CDATA[Art. 115. Disolución de las Cámaras. <br /><br />1. El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, que será decretada por el Rey. El decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones.<br />2. La propuesta de disolución no podrá presentarse cuando esté en trámite una moción de censura.<br />3. No procederá nueva disolución antes de que transcurra un año desde la anterior, salvo lo dispuesto en el Art. 99, apartado 5.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21860132</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 00:50:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21860132/art_115_def.mp3" length="699914" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 115. Disolución de las Cámaras. 

1. El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, que será...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 115. Disolución de las Cámaras. <br /><br />1. El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, que será decretada por el Rey. El decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones.<br />2. La propuesta de disolución no podrá presentarse cuando esté en trámite una moción de censura.<br />3. No procederá nueva disolución antes de que transcurra un año desde la anterior, salvo lo dispuesto en el Art. 99, apartado 5.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>44</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 116. Estado de Alarma, Excepción y Sitio.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-116-estado-de-alarma-excepcion-y-sitio--21860135</link><description><![CDATA[Art. 116. Estado de Alarma, Excepción y Sitio. <br /><br />1. Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.<br />2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.<br />3. El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos.<br />4. El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones.<br />5. No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente Art., quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrán interrumpirse durante la vigencia de estos estados.<br />Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente.<br />6. La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y en las leyes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21860135</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 00:55:00 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21860135/art_116_def.mp3" length="2185759" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 116. Estado de Alarma, Excepción y Sitio. 

1. Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.
2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 116. Estado de Alarma, Excepción y Sitio. <br /><br />1. Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.<br />2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.<br />3. El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos.<br />4. El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones.<br />5. No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente Art., quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrán interrumpirse durante la vigencia de estos estados.<br />Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente.<br />6. La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y en las leyes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>137</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>TÍTULO VI. Del Poder Judicial (Resumen por encabezados artículos 117 a 127)</title><link>https://www.spreaker.com/episode/titulo-vi-del-poder-judicial-resumen-por-encabezados-articulos-117-a-127--21854401</link><description><![CDATA[TÍTULO VI. Del Poder Judicial<br /><br />Art. 117. Independencia de la Justicia / Inamovilidad de Jueces y Magistrados / Unidad Jurisdiccional / Se prohiben los Tribunales del Honor. <br />Art. 118. Colaboración con la justicia. <br />Art. 119. Gratuidad de la justicia. <br />Art. 120. Publicidad de actuaciones judiciales. <br />Art. 121. Indemnización por errores judiciales. <br />Art. 122. Juzgados y Tribunales. <br />Art. 123. El Tribunal Supremo. <br />Art. 124. El Ministerio Fiscal / El Fiscal General del Estado. <br />Art. 125. Institución del Jurado. <br />Art. 126. Policía Judicial. <br />Art. 127. Incompatibilidades de Jueces, Magistrados y Fiscales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21854401</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 08:36:03 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21854401/is_tit_vi_def.mp3" length="2517158" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>TÍTULO VI. Del Poder Judicial

Art. 117. Independencia de la Justicia / Inamovilidad de Jueces y Magistrados / Unidad Jurisdiccional / Se prohiben los Tribunales del Honor. 
Art. 118. Colaboración con la justicia. 
Art. 119. Gratuidad de la justicia....</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[TÍTULO VI. Del Poder Judicial<br /><br />Art. 117. Independencia de la Justicia / Inamovilidad de Jueces y Magistrados / Unidad Jurisdiccional / Se prohiben los Tribunales del Honor. <br />Art. 118. Colaboración con la justicia. <br />Art. 119. Gratuidad de la justicia. <br />Art. 120. Publicidad de actuaciones judiciales. <br />Art. 121. Indemnización por errores judiciales. <br />Art. 122. Juzgados y Tribunales. <br />Art. 123. El Tribunal Supremo. <br />Art. 124. El Ministerio Fiscal / El Fiscal General del Estado. <br />Art. 125. Institución del Jurado. <br />Art. 126. Policía Judicial. <br />Art. 127. Incompatibilidades de Jueces, Magistrados y Fiscales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>63</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 117. Independencia de la Justicia/Inamovilidad de Jueces y Magistrados/Unidad Jurisdiccional/Se prohíben los Tribunales de Excepción</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-117-independencia-de-la-justicia-inamovilidad-de-jueces-y-magistrados-unidad-jurisdiccional-se-prohiben-los-tribunales-de-excepcion--21873982</link><description><![CDATA[Art. 117. Independencia de la Justicia / Inamovilidad de Jueces y Magistrados / Unidad Jurisdiccional / Se prohiben los Tribunales de Excepción<br /><br />1. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.<br />2. Los Jueces y Magistrados no podrán ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados, sino por alguna de las causas y con las garantías previstas en la ley.<br />3. El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.<br />4. Los Juzgados y Tribunales no ejercerán más funciones que las señaladas en el apartado anterior y las que expresamente les sean atribuidas por ley en garantía de cualquier derecho.<br />5. El principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales. La ley regulará el ejercicio de la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense y en los supuestos de estado de sitio, de acuerdo con los principios de la Constitución.<br />6. Se prohíben los Tribunales de excepción.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21873982</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 08:48:41 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21873982/art_117_def.mp3" length="1587242" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 117. Independencia de la Justicia / Inamovilidad de Jueces y Magistrados / Unidad Jurisdiccional / Se prohiben los Tribunales de Excepción

1. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 117. Independencia de la Justicia / Inamovilidad de Jueces y Magistrados / Unidad Jurisdiccional / Se prohiben los Tribunales de Excepción<br /><br />1. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.<br />2. Los Jueces y Magistrados no podrán ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados, sino por alguna de las causas y con las garantías previstas en la ley.<br />3. El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.<br />4. Los Juzgados y Tribunales no ejercerán más funciones que las señaladas en el apartado anterior y las que expresamente les sean atribuidas por ley en garantía de cualquier derecho.<br />5. El principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales. La ley regulará el ejercicio de la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense y en los supuestos de estado de sitio, de acuerdo con los principios de la Constitución.<br />6. Se prohíben los Tribunales de excepción.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>100</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 118. Colaboración con la justicia.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-118-colaboracion-con-la-justicia--21873991</link><description><![CDATA[Art. 118. Colaboración con la justicia. <br />Es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21873991</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 08:49:34 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21873991/art_118_def.mp3" length="309122" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 118. Colaboración con la justicia. 
Es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 118. Colaboración con la justicia. <br />Es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>20</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 119. Gratuidad de la justicia.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-119-gratuidad-de-la-justicia--21873985</link><description><![CDATA[Art. 119. Gratuidad de la justicia. <br /><br />La justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21873985</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 08:50:07 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21873985/art_119_def.mp3" length="250190" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 119. Gratuidad de la justicia. 

La justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 119. Gratuidad de la justicia. <br /><br />La justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>16</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 120. Publicidad de actuaciones judiciales.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-120-publicidad-de-actuaciones-judiciales--21873989</link><description><![CDATA[Art. 120. Publicidad de actuaciones judiciales. <br /><br />1. Las actuaciones judiciales serán públicas, con las excepciones que prevean las leyes de procedimiento.<br />2. El procedimiento será predominantemente oral, sobre todo en materia criminal.<br />3. Las sentencias serán siempre motivadas y se pronunciarán en audiencia pública.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21873989</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 08:50:36 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21873989/art_120_def.mp3" length="430331" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 120. Publicidad de actuaciones judiciales. 

1. Las actuaciones judiciales serán públicas, con las excepciones que prevean las leyes de procedimiento.
2. El procedimiento será predominantemente oral, sobre todo en materia criminal.
3. Las...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 120. Publicidad de actuaciones judiciales. <br /><br />1. Las actuaciones judiciales serán públicas, con las excepciones que prevean las leyes de procedimiento.<br />2. El procedimiento será predominantemente oral, sobre todo en materia criminal.<br />3. Las sentencias serán siempre motivadas y se pronunciarán en audiencia pública.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>27</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 121. Indemnización por errores judiciales.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-121-indemnizacion-por-errores-judiciales--21873990</link><description><![CDATA[Art. 121. Indemnización por errores judiciales. <br /><br />Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la ley.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21873990</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:22:53 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21873990/art_121_def.mp3" length="306197" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 121. Indemnización por errores judiciales. 

Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 121. Indemnización por errores judiciales. <br /><br />Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la ley.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>20</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 122. Juzgados y Tribunales.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-122-juzgados-y-tribunales--21873992</link><description><![CDATA[Art. 122. Juzgados y Tribunales. <br /><br />1. La ley orgánica del poder judicial determinará la constitución, funcionamiento y gobierno de los Juzgados y Tribunales, así como el estatuto jurídico de los Jueces y Magistrados de carrera, que formarán un Cuerpo único, y del personal al servicio de la Administración de Justicia.<br />2. El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno del mismo. La ley orgánica establecerá su estatuto y el régimen de incompatibilidades de sus miembros y sus funciones, en particular en materia de nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario.<br />3. El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de cinco años. De éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21873992</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:23:25 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21873992/art_122_def.mp3" length="1362380" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 122. Juzgados y Tribunales. 

1. La ley orgánica del poder judicial determinará la constitución, funcionamiento y gobierno de los Juzgados y Tribunales, así como el estatuto jurídico de los Jueces y Magistrados de carrera, que formarán un Cuerpo...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 122. Juzgados y Tribunales. <br /><br />1. La ley orgánica del poder judicial determinará la constitución, funcionamiento y gobierno de los Juzgados y Tribunales, así como el estatuto jurídico de los Jueces y Magistrados de carrera, que formarán un Cuerpo único, y del personal al servicio de la Administración de Justicia.<br />2. El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno del mismo. La ley orgánica establecerá su estatuto y el régimen de incompatibilidades de sus miembros y sus funciones, en particular en materia de nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario.<br />3. El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de cinco años. De éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>86</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 123 El Tribunal Supremo.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-123-el-tribunal-supremo--21873986</link><description><![CDATA[Art. 123 El Tribunal Supremo. <br /><br />1. El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales.<br />2. El Presidente del Tribunal Supremo será nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, en la forma que determine la ley.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21873986</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:23:54 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21873986/art_123_def.mp3" length="469201" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 123 El Tribunal Supremo. 

1. El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales.
2. El Presidente del Tribunal Supremo será...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 123 El Tribunal Supremo. <br /><br />1. El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales.<br />2. El Presidente del Tribunal Supremo será nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, en la forma que determine la ley.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>30</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 124 El Ministerio Fiscal / El Fiscal General del Estado.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-124-el-ministerio-fiscal-el-fiscal-general-del-estado--21873988</link><description><![CDATA[Art. 124 El Ministerio Fiscal / El Fiscal General del Estado. <br /><br />1. El Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.<br />2. El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.<br />3. La ley regulará el estatuto orgánico del Ministerio Fiscal.<br />4. El Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21873988</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:24:25 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21873988/art_124_def.mp3" length="1052672" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 124 El Ministerio Fiscal / El Fiscal General del Estado. 

1. El Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 124 El Ministerio Fiscal / El Fiscal General del Estado. <br /><br />1. El Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.<br />2. El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.<br />3. La ley regulará el estatuto orgánico del Ministerio Fiscal.<br />4. El Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>66</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 125. Institución del Jurado.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-125-institucion-del-jurado--21873984</link><description><![CDATA[Art. 125. Institución del Jurado. <br /><br />Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine, así como en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21873984</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:25:03 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21873984/art_125_def.mp3" length="375160" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 125. Institución del Jurado. 

Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine, así como...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 125. Institución del Jurado. <br /><br />Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine, así como en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>24</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 126. Policía Judicial.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-126-policia-judicial--21873987</link><description><![CDATA[Art. 126. Policía Judicial.<br /><br />La policía judicial depende de los Jueces, de los Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente, en los términos que la ley establezca.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21873987</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:25:31 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21873987/art_126_def.mp3" length="298839" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 126. Policía Judicial.

La policía judicial depende de los Jueces, de los Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente, en los términos que la ley establezca.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 126. Policía Judicial.<br /><br />La policía judicial depende de los Jueces, de los Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente, en los términos que la ley establezca.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>19</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 127. Incompatibilidades de Jueces, Magistrados y Fiscales</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-127-incompatibilidades-de-jueces-magistrados-y-fiscales--21873983</link><description><![CDATA[Art. 127. Incompatibilidades de Jueces, Magistrados y Fiscales<br /><br />1. Los Jueces y Magistrados así como los Fiscales, mientras se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargos públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos. La ley establecerá el sistema y modalidades de asociación profesional de los Jueces, Magistrados y Fiscales.<br />2. La ley establecerá el régimen de incompatibilidades de los miembros del poder judicial, que deberá asegurar la total independencia de los mismos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21873983</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:26:21 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21873983/art_127_def.mp3" length="600858" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 127. Incompatibilidades de Jueces, Magistrados y Fiscales

1. Los Jueces y Magistrados así como los Fiscales, mientras se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargos públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos. La ley...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 127. Incompatibilidades de Jueces, Magistrados y Fiscales<br /><br />1. Los Jueces y Magistrados así como los Fiscales, mientras se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargos públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos. La ley establecerá el sistema y modalidades de asociación profesional de los Jueces, Magistrados y Fiscales.<br />2. La ley establecerá el régimen de incompatibilidades de los miembros del poder judicial, que deberá asegurar la total independencia de los mismos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>38</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>TÍTULO VII - Economía y Hacienda (Resumen por encabezados arts 128 a 136)</title><link>https://www.spreaker.com/episode/titulo-vii-economia-y-hacienda-resumen-por-encabezados-arts-128-a-136--21854407</link><description><![CDATA[TÍTULO VII. Economía y Hacienda<br /><br />Art. 128. Función Pública de la riqueza. <br />Art. 129. Participación en la empresa y en los organismos públicos. <br />Art. 130. Modernización y desarrollo del sector económico. <br />Art. 131. Planificación de la actividad económica. <br />Art. 132. Bienes de dominio público y comunales. <br />Art. 133. Potestad Tributaria. <br />Art. 134. Presupuestos Generales del Estado. <br />Art. 135. Deuda Pública. <br />Art. 136. El Tribunal de Cuentas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21854407</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:34:21 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21854407/is_tit_vii_def.mp3" length="1819166" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>TÍTULO VII. Economía y Hacienda

Art. 128. Función Pública de la riqueza. 
Art. 129. Participación en la empresa y en los organismos públicos. 
Art. 130. Modernización y desarrollo del sector económico. 
Art. 131. Planificación de la actividad...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[TÍTULO VII. Economía y Hacienda<br /><br />Art. 128. Función Pública de la riqueza. <br />Art. 129. Participación en la empresa y en los organismos públicos. <br />Art. 130. Modernización y desarrollo del sector económico. <br />Art. 131. Planificación de la actividad económica. <br />Art. 132. Bienes de dominio público y comunales. <br />Art. 133. Potestad Tributaria. <br />Art. 134. Presupuestos Generales del Estado. <br />Art. 135. Deuda Pública. <br />Art. 136. El Tribunal de Cuentas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>46</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 128. Función Pública de la riqueza.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-128-funcion-publica-de-la-riqueza--21876266</link><description><![CDATA[Art. 128. Función Pública de la riqueza. <br /><br />1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.<br />2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876266</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:38:14 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876266/art_128_def.mp3" length="637220" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 128. Función Pública de la riqueza. 

1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 128. Función Pública de la riqueza. <br /><br />1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.<br />2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>40</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 129. Participación en la empresa y en los organismos públicos.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-129-participacion-en-la-empresa-y-en-los-organismos-publicos--21876271</link><description><![CDATA[Art. 129. Participación en la empresa y en los organismos públicos. <br /><br />1. La ley establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social y en la actividad de los organismos públicos cuya función afecte directamente a la calidad de la vida o al bienestar general.<br />2. Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas. También establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876271</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:39:34 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876271/art_129_def.mp3" length="669821" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 129. Participación en la empresa y en los organismos públicos. 

1. La ley establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social y en la actividad de los organismos públicos cuya función afecte directamente a la...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 129. Participación en la empresa y en los organismos públicos. <br /><br />1. La ley establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social y en la actividad de los organismos públicos cuya función afecte directamente a la calidad de la vida o al bienestar general.<br />2. Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas. También establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>42</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 130. Modernización y desarrollo del sector económico.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-130-modernizacion-y-desarrollo-del-sector-economico--21876267</link><description><![CDATA[Art. 130. Modernización y desarrollo del sector económico. <br /><br />1. Los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos y, en particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los españoles.<br />2. Con el mismo fin, se dispensará un tratamiento especial a las zonas de montaña.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876267</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:40:08 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876267/art_130_def.mp3" length="482993" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 130. Modernización y desarrollo del sector económico. 

1. Los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos y, en particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 130. Modernización y desarrollo del sector económico. <br /><br />1. Los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos y, en particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los españoles.<br />2. Con el mismo fin, se dispensará un tratamiento especial a las zonas de montaña.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>31</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 131. Planificación de la actividad económica.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-131-planificacion-de-la-actividad-economica--21876270</link><description><![CDATA[Art. 131. Planificación de la actividad económica. <br /><br />1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.<br />2. El Gobierno elaborará los proyectos de planificación, de acuerdo con las previsiones que le sean suministradas por las Comunidades Autónomas y el asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones profesionales, empresariales y económicas. A tal fin se constituirá un Consejo, cuya composición y funciones se desarrollarán por ley.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876270</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:40:48 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876270/art_131_def.mp3" length="766788" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 131. Planificación de la actividad económica. 

1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 131. Planificación de la actividad económica. <br /><br />1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.<br />2. El Gobierno elaborará los proyectos de planificación, de acuerdo con las previsiones que le sean suministradas por las Comunidades Autónomas y el asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones profesionales, empresariales y económicas. A tal fin se constituirá un Consejo, cuya composición y funciones se desarrollarán por ley.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>48</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 132. Bienes de dominio público y comunales.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-132-bienes-de-dominio-publico-y-comunales--21876268</link><description><![CDATA[Art. 132. Bienes de dominio público y comunales. <br /><br />1. La ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y de los comunales, inspirándose en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como su desafectación.<br />2. Son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.<br />3. Por ley se regularán el Patrimonio del Estado y el Patrimonio Nacional, su administración, defensa y conservación.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876268</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:41:26 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876268/art_132_def.mp3" length="796045" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 132. Bienes de dominio público y comunales. 

1. La ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y de los comunales, inspirándose en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como su...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 132. Bienes de dominio público y comunales. <br /><br />1. La ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y de los comunales, inspirándose en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como su desafectación.<br />2. Son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.<br />3. Por ley se regularán el Patrimonio del Estado y el Patrimonio Nacional, su administración, defensa y conservación.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>50</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 133 Potestad Tributaria</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-133-potestad-tributaria--21876265</link><description><![CDATA[Art. 133 Potestad Tributaria<br /><br />1. La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.<br />2. Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes.<br />3. Todo beneficio fiscal que afecte a los tributos del Estado deberá establecerse en virtud de ley.<br />4. Las administraciones públicas sólo podrán contraer obligaciones financieras y realizar gastos de acuerdo con las leyes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876265</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:41:54 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876265/art_133_def.mp3" length="656029" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 133 Potestad Tributaria

1. La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.
2. Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 133 Potestad Tributaria<br /><br />1. La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.<br />2. Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes.<br />3. Todo beneficio fiscal que afecte a los tributos del Estado deberá establecerse en virtud de ley.<br />4. Las administraciones públicas sólo podrán contraer obligaciones financieras y realizar gastos de acuerdo con las leyes.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>41</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 134. Presupuestos Generales del Estado.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-134-presupuestos-generales-del-estado--21876272</link><description><![CDATA[Art. 134. Presupuestos Generales del Estado. <br /><br />1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación.<br />2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.<br />3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.<br />4. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.<br />5. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.<br />6. Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación.<br />7. La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876272</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:42:34 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876272/art_134_def.mp3" length="1546700" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 134. Presupuestos Generales del Estado. 

1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación.
2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 134. Presupuestos Generales del Estado. <br /><br />1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación.<br />2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.<br />3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.<br />4. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.<br />5. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.<br />6. Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación.<br />7. La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>97</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 135. Deuda Pública.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-135-deuda-publica--21876273</link><description><![CDATA[Art. 135. Deuda Pública. <br /><br />1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.<br />2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.<br />Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.<br />3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito.<br />Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.<br />El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.<br />4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.<br />5. Una ley orgánica desarrollará los principios a que se refiere este Art., así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:<br />a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.<br />b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.<br />c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.<br />6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este Art., adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876273</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:43:08 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876273/art_135_def.mp3" length="3183846" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 135. Deuda Pública. 

1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 135. Deuda Pública. <br /><br />1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.<br />2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.<br />Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.<br />3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito.<br />Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.<br />El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.<br />4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.<br />5. Una ley orgánica desarrollará los principios a que se refiere este Art., así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:<br />a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.<br />b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.<br />c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.<br />6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este Art., adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>199</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 136. El Tribunal de Cuentas.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-136-el-tribunal-de-cuentas--21876269</link><description><![CDATA[Art. 136. El Tribunal de Cuentas. <br /><br />1. El Tribunal de Cuentas es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica de Estado, así como del sector público.<br />Dependerá directamente de las Cortes Generales y ejercerá sus funciones por delegación de ellas en el examen y comprobación de la Cuenta General del Estado.<br />2. Las cuentas del Estado y del sector público estatal se rendirán al Tribunal de Cuentas y serán censuradas por éste.<br />El Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de su propia jurisdicción, remitirá a las Cortes Generales un informe anual en el que, cuando proceda, comunicará las infracciones o responsabilidades en que, a su juicio, se hubiere incurrido.<br />3. Los miembros del Tribunal de Cuentas gozarán de la misma independencia e inamovilidad y estarán sometidos a las mismas incompatibilidades que los Jueces.<br />4. Una ley orgánica regulará la composición, organización y funciones del Tribunal de Cuentas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876269</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:43:38 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876269/art_136_def.mp3" length="1106589" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 136. El Tribunal de Cuentas. 

1. El Tribunal de Cuentas es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica de Estado, así como del sector público.
Dependerá directamente de las Cortes Generales y ejercerá sus funciones...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 136. El Tribunal de Cuentas. <br /><br />1. El Tribunal de Cuentas es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica de Estado, así como del sector público.<br />Dependerá directamente de las Cortes Generales y ejercerá sus funciones por delegación de ellas en el examen y comprobación de la Cuenta General del Estado.<br />2. Las cuentas del Estado y del sector público estatal se rendirán al Tribunal de Cuentas y serán censuradas por éste.<br />El Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de su propia jurisdicción, remitirá a las Cortes Generales un informe anual en el que, cuando proceda, comunicará las infracciones o responsabilidades en que, a su juicio, se hubiere incurrido.<br />3. Los miembros del Tribunal de Cuentas gozarán de la misma independencia e inamovilidad y estarán sometidos a las mismas incompatibilidades que los Jueces.<br />4. Una ley orgánica regulará la composición, organización y funciones del Tribunal de Cuentas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>70</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>TÍTULO VIII - De la Organización Territorial del Estado (Resumen por encabezados arts 137 a 158)</title><link>https://www.spreaker.com/episode/titulo-viii-de-la-organizacion-territorial-del-estado-resumen-por-encabezados-arts-137-a-158--21854403</link><description><![CDATA[TÍTULO VIII. De la Organización Territorial del Estado<br /><br />CAPÍTULO PRIMERO. Principios generales<br />Art. 137. Municipios, Provincias y CC.AA<br />Art. 138. Solidaridad e Igualdad. <br />Art. 139. Igualdad de los españoles en los territorios del Estado. <br /><br />CAPÍTULO SEGUNDO. De la Administración Local<br />Art. 140. Autonomía y democracia municipal. <br />Art. 141. Las Provincias / Las Islas.<br />Art. 142. Las Haciendas Locales. <br /><br />CAPÍTULO TERCERO. De las Comunidades Autónomas<br />Art. 143. Autogobierno de las CC.AA / Iniciativa Autonómica. <br />Art. 144. Cortes Generales y CC. AA.<br />Art. 145. Cooperación entre CC.AA.<br />Art. 146. Elaboración del Estatuto. <br />Art. 147. Los Estatutos de Autonomía / Reforma de los Estatutos de Autonomía. <br />Art. 148. Competencias de las CC.AA. <br />Art. 149. Competencias exclusivas del Estado / Servicio del Estado a la Cultura. <br />Art. 150. Coordinación de competencias legislativas. <br />Art. 151. Elaboración del Estatuto en Régimen Especial. <br />Art. 152. Órganos de las CC.AA.<br />Art. 153. Control de los órganos de las CC.AA.<br />Art. 154. Delegado del Gobierno en las CC.AA. <br />Art. 155. Control del Gobierno a las CC.AA. <br />Art. 156. Autonomía Financiera de las CC.AA<br />Art. 157. Recursos de las CC.AA.<br />Art. 158. Fondo de Compensación Territorial.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21854403</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:45:09 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21854403/is_tit_viii_def.mp3" length="5359280" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>TÍTULO VIII. De la Organización Territorial del Estado

CAPÍTULO PRIMERO. Principios generales
Art. 137. Municipios, Provincias y CC.AA
Art. 138. Solidaridad e Igualdad. 
Art. 139. Igualdad de los españoles en los territorios del Estado. 

CAPÍTULO...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[TÍTULO VIII. De la Organización Territorial del Estado<br /><br />CAPÍTULO PRIMERO. Principios generales<br />Art. 137. Municipios, Provincias y CC.AA<br />Art. 138. Solidaridad e Igualdad. <br />Art. 139. Igualdad de los españoles en los territorios del Estado. <br /><br />CAPÍTULO SEGUNDO. De la Administración Local<br />Art. 140. Autonomía y democracia municipal. <br />Art. 141. Las Provincias / Las Islas.<br />Art. 142. Las Haciendas Locales. <br /><br />CAPÍTULO TERCERO. De las Comunidades Autónomas<br />Art. 143. Autogobierno de las CC.AA / Iniciativa Autonómica. <br />Art. 144. Cortes Generales y CC. AA.<br />Art. 145. Cooperación entre CC.AA.<br />Art. 146. Elaboración del Estatuto. <br />Art. 147. Los Estatutos de Autonomía / Reforma de los Estatutos de Autonomía. <br />Art. 148. Competencias de las CC.AA. <br />Art. 149. Competencias exclusivas del Estado / Servicio del Estado a la Cultura. <br />Art. 150. Coordinación de competencias legislativas. <br />Art. 151. Elaboración del Estatuto en Régimen Especial. <br />Art. 152. Órganos de las CC.AA.<br />Art. 153. Control de los órganos de las CC.AA.<br />Art. 154. Delegado del Gobierno en las CC.AA. <br />Art. 155. Control del Gobierno a las CC.AA. <br />Art. 156. Autonomía Financiera de las CC.AA<br />Art. 157. Recursos de las CC.AA.<br />Art. 158. Fondo de Compensación Territorial.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>134</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 137. Municipios, Provincias y CC.AA</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-137-municipios-provincias-y-cc-aa--21876719</link><description><![CDATA[Art. 137. Municipios, Provincias y CC.AA<br /><br />El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876719</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:47:33 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876719/art_137_def.mp3" length="468783" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 137. Municipios, Provincias y CC.AA

El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 137. Municipios, Provincias y CC.AA<br /><br />El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>30</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 138. Solidaridad e Igualdad.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-138-solidaridad-e-igualdad--21876720</link><description><![CDATA[Art. 138. Solidaridad e Igualdad. <br /><br />1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el Art. 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.<br />2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876720</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:48:43 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876720/art_138_def.mp3" length="586229" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 138. Solidaridad e Igualdad. 

1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el Art. 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 138. Solidaridad e Igualdad. <br /><br />1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el Art. 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.<br />2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>37</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 139. Igualdad de los españoles en los territorios del Estado.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-139-igualdad-de-los-espanoles-en-los-territorios-del-estado--21876724</link><description><![CDATA[Art. 139. Igualdad de los españoles en los territorios del Estado. <br /><br />1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.<br />2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876724</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:49:15 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876724/art_139_def.mp3" length="466275" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 139. Igualdad de los españoles en los territorios del Estado. 

1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
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La Constitución garantiza la autonomía de los municipios. Estos gozarán de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 140. Autonomía y democracia municipal. <br /><br />La Constitución garantiza la autonomía de los municipios. Estos gozarán de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales. Los Concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la ley. Los Alcaldes serán elegidos por los Concejales o por los vecinos. La ley regulará las condiciones en las que proceda el régimen del concejo abierto.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>51</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 141. Las Provincias / Las Islas.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-141-las-provincias-las-islas--21876718</link><description><![CDATA[Art. 141. Las Provincias / Las Islas.<br /><br />1. La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica.<br />2. El Gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo.<br />3. Se podrán crear agrupaciones de municipios diferentes de la provincia.<br />4. En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración propia en forma de Cabildos o Consejos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876718</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:50:24 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876718/art_141_def.mp3" length="807748" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 141. Las Provincias / Las Islas.

1. La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 141. Las Provincias / Las Islas.<br /><br />1. La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica.<br />2. El Gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo.<br />3. Se podrán crear agrupaciones de municipios diferentes de la provincia.<br />4. En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración propia en forma de Cabildos o Consejos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>51</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 142. Las Haciendas Locales.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-142-las-haciendas-locales--21876717</link><description><![CDATA[Art. 142. Las Haciendas Locales. <br /><br />Las Haciendas locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley atribuye a las Corporaciones respectivas y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876717</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:51:04 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876717/art_142_def.mp3" length="371816" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 142. Las Haciendas Locales. 

Las Haciendas locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley atribuye a las Corporaciones respectivas y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 142. Las Haciendas Locales. <br /><br />Las Haciendas locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley atribuye a las Corporaciones respectivas y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>24</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 143. Autogobierno de las CC.AA / Iniciativa Autonómica.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-143-autogobierno-de-las-cc-aa-iniciativa-autonomica--21876727</link><description><![CDATA[Art. 143. Autogobierno de las CC.AA / Iniciativa Autonómica. <br /><br />1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el Art. 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.<br />2. La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.<br />3. La iniciativa, en caso de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876727</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:51:35 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876727/art_143_def.mp3" length="1222781" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 143. Autogobierno de las CC.AA / Iniciativa Autonómica. 

1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el Art. 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 143. Autogobierno de las CC.AA / Iniciativa Autonómica. <br /><br />1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el Art. 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.<br />2. La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.<br />3. La iniciativa, en caso de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>77</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 144. Cortes Generales y CC. AA.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-144-cortes-generales-y-cc-aa--21876733</link><description><![CDATA[Art. 144. Cortes Generales y CC. AA.<br /><br />Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional:<br />a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del Art. 143.<br />b) Autorizar o acordar, en su caso, un Estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial.<br />c) Sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales a que se refiere el apartado 2 del Art. 143.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876733</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:52:10 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876733/art_144_def.mp3" length="674837" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 144. Cortes Generales y CC. AA.

Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional:
a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 144. Cortes Generales y CC. AA.<br /><br />Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional:<br />a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del Art. 143.<br />b) Autorizar o acordar, en su caso, un Estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial.<br />c) Sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales a que se refiere el apartado 2 del Art. 143.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>43</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 145. Cooperación entre CC.AA.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-145-cooperacion-entre-cc-aa--21876726</link><description><![CDATA[Art. 145. Cooperación entre CC.AA.<br /><br />1. En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas.<br />2. Los Estatutos podrán prever los supuestos, requisitos y términos en que las Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios entre sí para la gestión y prestación de servicios propios de las mismas, así como el carácter y efectos de la correspondiente comunicación a las Cortes Generales. En los demás supuestos, los acuerdos de cooperación entre las Comunidades Autónomas necesitarán la autorización de las Cortes Generales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876726</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:52:53 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876726/art_145_def.mp3" length="625935" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 145. Cooperación entre CC.AA.

1. En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas.
2. Los Estatutos podrán prever los supuestos, requisitos y términos en que las Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios entre sí para la...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 145. Cooperación entre CC.AA.<br /><br />1. En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas.<br />2. Los Estatutos podrán prever los supuestos, requisitos y términos en que las Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios entre sí para la gestión y prestación de servicios propios de las mismas, así como el carácter y efectos de la correspondiente comunicación a las Cortes Generales. En los demás supuestos, los acuerdos de cooperación entre las Comunidades Autónomas necesitarán la autorización de las Cortes Generales.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>40</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 146. Elaboración del Estatuto.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-146-elaboracion-del-estatuto--21876729</link><description><![CDATA[Art. 146. Elaboración del Estatuto. <br /><br />El proyecto de Estatuto será elaborado por una asamblea compuesta por los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y Senadores elegidos en ellas y será elevado a las Cortes Generales para su tramitación como ley.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876729</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:53:22 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876729/art_146_def.mp3" length="368055" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 146. Elaboración del Estatuto. 

El proyecto de Estatuto será elaborado por una asamblea compuesta por los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y Senadores elegidos en ellas y será...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 146. Elaboración del Estatuto. <br /><br />El proyecto de Estatuto será elaborado por una asamblea compuesta por los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y Senadores elegidos en ellas y será elevado a las Cortes Generales para su tramitación como ley.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>23</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 147. Los Estatutos de Autonomía / Reforma de los Estatutos de Autonomía.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-147-los-estatutos-de-autonomia-reforma-de-los-estatutos-de-autonomia--21876737</link><description><![CDATA[Art. 147. Los Estatutos de Autonomía / Reforma de los Estatutos de Autonomía. <br /><br />1. Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.<br />2. Los Estatutos de autonomía deberán contener:<br />a) La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica.<br />b) La delimitación de su territorio.<br />c) La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias.<br />d) Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas.<br />3. La reforma de los Estatutos se ajustará al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876737</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:53:55 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876737/art_147_def.mp3" length="1058105" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 147. Los Estatutos de Autonomía / Reforma de los Estatutos de Autonomía. 

1. Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 147. Los Estatutos de Autonomía / Reforma de los Estatutos de Autonomía. <br /><br />1. Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.<br />2. Los Estatutos de autonomía deberán contener:<br />a) La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica.<br />b) La delimitación de su territorio.<br />c) La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias.<br />d) Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas.<br />3. La reforma de los Estatutos se ajustará al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>67</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 148. Competencias de las CC.AA.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-148-competencias-de-las-cc-aa--21876735</link><description><![CDATA[Art. 148. Competencias de las CC.AA. <br /><br />1. Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:<br />1.ª Organización de sus instituciones de autogobierno.<br />2.ª Las alteraciones de los términos municipales comprendidos en su territorio y, en general, las funciones que correspondan a la Administración del Estado sobre las Corporaciones locales y cuya transferencia autorice la legislación sobre Régimen Local.<br />3.ª Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.<br />4.ª Las obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio.<br />5.ª Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y, en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable.<br />6.ª Los puertos de refugio, los puertos y aeropuertos deportivos y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales.<br />7.ª La agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía.<br />8.ª Los montes y aprovechamientos forestales.<br />9.ª La gestión en materia de protección del medio ambiente.<br />10.ª Los proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma; las aguas minerales y termales.<br />11.ª La pesca en aguas interiores, el marisqueo y la acuicultura, la caza y la pesca fluvial.<br />12.ª Ferias interiores.<br />13.ª El fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional.<br />14.ª La artesanía.<br />15.ª Museos, bibliotecas y conservatorios de música de interés para la Comunidad Autónoma.<br />16.ª Patrimonio monumental de interés de la Comunidad Autónoma.<br />17.ª El fomento de la cultura, de la investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma.<br />18.ª Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.<br />19.ª Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio.<br />20.ª Asistencia social.<br />21.ª Sanidad e higiene.<br />22.ª La vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. La coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en los términos que establezca una ley orgánica.<br />2. Transcurridos cinco años, y mediante la reforma de sus Estatutos, las Comunidades Autónomas podrán ampliar sucesivamente sus competencias dentro del marco establecido en el Art. 149.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876735</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:54:36 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876735/art_148_def.mp3" length="3070997" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 148. Competencias de las CC.AA. 

1. Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:
1.ª Organización de sus instituciones de autogobierno.
2.ª Las alteraciones de los términos municipales comprendidos en su...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 148. Competencias de las CC.AA. <br /><br />1. Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:<br />1.ª Organización de sus instituciones de autogobierno.<br />2.ª Las alteraciones de los términos municipales comprendidos en su territorio y, en general, las funciones que correspondan a la Administración del Estado sobre las Corporaciones locales y cuya transferencia autorice la legislación sobre Régimen Local.<br />3.ª Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.<br />4.ª Las obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio.<br />5.ª Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y, en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable.<br />6.ª Los puertos de refugio, los puertos y aeropuertos deportivos y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales.<br />7.ª La agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía.<br />8.ª Los montes y aprovechamientos forestales.<br />9.ª La gestión en materia de protección del medio ambiente.<br />10.ª Los proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma; las aguas minerales y termales.<br />11.ª La pesca en aguas interiores, el marisqueo y la acuicultura, la caza y la pesca fluvial.<br />12.ª Ferias interiores.<br />13.ª El fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional.<br />14.ª La artesanía.<br />15.ª Museos, bibliotecas y conservatorios de música de interés para la Comunidad Autónoma.<br />16.ª Patrimonio monumental de interés de la Comunidad Autónoma.<br />17.ª El fomento de la cultura, de la investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma.<br />18.ª Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.<br />19.ª Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio.<br />20.ª Asistencia social.<br />21.ª Sanidad e higiene.<br />22.ª La vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. La coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en los términos que establezca una ley orgánica.<br />2. Transcurridos cinco años, y mediante la reforma de sus Estatutos, las Comunidades Autónomas podrán ampliar sucesivamente sus competencias dentro del marco establecido en el Art. 149.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>192</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 149. Competencias exclusivas del Estado / Servicio del Estado a la Cultura.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-149-competencias-exclusivas-del-estado-servicio-del-estado-a-la-cultura--21876730</link><description><![CDATA[Art. 149. Competencias exclusivas del Estado / Servicio del Estado a la Cultura. <br /><br />1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:<br />1.ª La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.<br />2.ª Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo.<br />3.ª Relaciones internacionales.<br />4.ª Defensa y Fuerzas Armadas.<br />5.ª Administración de Justicia.<br />6.ª Legislación mercantil, penal y penitenciaria; legislación procesal, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas.<br />7.ª Legislación laboral; sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas.<br />8.ª Legislación civil, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, allí donde existan. En todo caso, las reglas relativas a la aplicación y eficacia de las normas jurídicas, relaciones jurídico-civiles relativas a las formas de matrimonio, ordenación de los registros e instrumentos públicos, bases de las obligaciones contractuales, normas para resolver los conflictos de leyes y determinación de las fuentes del Derecho, con respeto, en este último caso, a las normas de derecho foral o especial.<br />9.ª Legislación sobre propiedad intelectual e industrial.<br />10.ª Régimen aduanero y arancelario; comercio exterior.<br />11.ª Sistema monetario: divisas, cambio y convertibilidad; bases de la ordenación de crédito, banca y seguros.<br />12.ª Legislación sobre pesas y medidas, determinación de la hora oficial.<br />13.ª Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.<br />14.ª Hacienda general y Deuda del Estado.<br />15.ª Fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.<br />16.ª Sanidad exterior. Bases y coordinación general de la sanidad. Legislación sobre productos farmacéuticos.<br />17.ª Legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.<br />18.ª Las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas y del régimen estatutario de sus funcionarios que, en todo caso, garantizarán a los administrados un tratamiento común ante ellas; el procedimiento administrativo común, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de las Comunidades Autónomas; legislación sobre expropiación forzosa; legislación básica sobre contratos y concesiones administrativas y el sistema de responsabilidad de todas las Administraciones públicas.<br />19.ª Pesca marítima, sin perjuicio de las competencias que en la ordenación del sector se atribuyan a las Comunidades Autónomas.<br />20.ª Marina mercante y abanderamiento de buques; iluminación de costas y señales marítimas; puertos de interés general; aeropuertos de interés general; control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo, servicio meteorológico y matriculación de aeronaves.<br />21.ª Ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma; régimen general de comunicaciones; tráfico y circulación de vehículos a motor; correos y telecomunicaciones; cables aéreos, submarinos y radiocomunicación.<br />22.ª La legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una Comunidad Autónoma, y la autorización de las instalaciones eléctricas cuando su aprovechamiento afecte a otra Comunidad o el transporte de energía salga de su ámbito territorial.<br />23.ª Legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección. La legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias.<br />24.ª Obras públicas de interés general o cuya realización afecte a más de una Comunidad Autónoma.<br />25.ª Bases de régimen minero y energético.<br />26.ª Régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.<br />27.ª Normas básicas del régimen de prensa, radio y televisión y, en general, de todos los medios de comunicación social, sin perjuicio de las facultades que en su desarrollo y ejecución correspondan a las Comunidades Autónomas.<br />28.ª Defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación; museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de las Comunidades Autónomas.<br />29.ª Seguridad pública, sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las Comunidades Autónomas en la forma que se establezca en los respectivos Estatutos en el marco de lo que disponga una ley orgánica.<br />30.ª Regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del Art. 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.<br />31.ª Estadística para fines estatales.<br />32.ª Autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum.<br />2. Sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas, el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial y facilitará la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas, de acuerdo con ellas.<br />3. Las materias no atribuidas expresamente al Estado por esta Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos. La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía corresponderá al Estado, cuyas normas prevalecerán, en caso de conflicto, sobre las de las Comunidades Autónomas en todo lo que no esté atribuido a la exclusiva competencia de éstas. El derecho estatal será, en todo caso, supletorio del derecho de las Comunidades Autónomas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876730</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:55:24 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876730/art_149_def.mp3" length="7080479" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 149. Competencias exclusivas del Estado / Servicio del Estado a la Cultura. 

1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
1.ª La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 149. Competencias exclusivas del Estado / Servicio del Estado a la Cultura. <br /><br />1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:<br />1.ª La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.<br />2.ª Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo.<br />3.ª Relaciones internacionales.<br />4.ª Defensa y Fuerzas Armadas.<br />5.ª Administración de Justicia.<br />6.ª Legislación mercantil, penal y penitenciaria; legislación procesal, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas.<br />7.ª Legislación laboral; sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas.<br />8.ª Legislación civil, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, allí donde existan. En todo caso, las reglas relativas a la aplicación y eficacia de las normas jurídicas, relaciones jurídico-civiles relativas a las formas de matrimonio, ordenación de los registros e instrumentos públicos, bases de las obligaciones contractuales, normas para resolver los conflictos de leyes y determinación de las fuentes del Derecho, con respeto, en este último caso, a las normas de derecho foral o especial.<br />9.ª Legislación sobre propiedad intelectual e industrial.<br />10.ª Régimen aduanero y arancelario; comercio exterior.<br />11.ª Sistema monetario: divisas, cambio y convertibilidad; bases de la ordenación de crédito, banca y seguros.<br />12.ª Legislación sobre pesas y medidas, determinación de la hora oficial.<br />13.ª Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.<br />14.ª Hacienda general y Deuda del Estado.<br />15.ª Fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.<br />16.ª Sanidad exterior. Bases y coordinación general de la sanidad. Legislación sobre productos farmacéuticos.<br />17.ª Legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.<br />18.ª Las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas y del régimen estatutario de sus funcionarios que, en todo caso, garantizarán a los administrados un tratamiento común ante ellas; el procedimiento administrativo común, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de las Comunidades Autónomas; legislación sobre expropiación forzosa; legislación básica sobre contratos y concesiones administrativas y el sistema de responsabilidad de todas las Administraciones públicas.<br />19.ª Pesca marítima, sin perjuicio de las competencias que en la ordenación del sector se atribuyan a las Comunidades Autónomas.<br />20.ª Marina mercante y abanderamiento de buques; iluminación de costas y señales marítimas; puertos de interés general; aeropuertos de interés general; control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo, servicio meteorológico y matriculación de aeronaves.<br />21.ª Ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma; régimen general de comunicaciones; tráfico y circulación de vehículos a motor; correos y telecomunicaciones; cables aéreos, submarinos y radiocomunicación.<br />22.ª La legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una Comunidad Autónoma, y la autorización de las instalaciones eléctricas cuando su aprovechamiento afecte a otra Comunidad o el transporte de energía salga de su ámbito territorial.<br />23.ª Legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección. La legislación básica sobre montes,...]]></itunes:summary><itunes:duration>443</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 150. Coordinación de competencias legislativas.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-150-coordinacion-de-competencias-legislativas--21876723</link><description><![CDATA[Art. 150. Coordinación de competencias legislativas. <br /><br />1. Las Cortes Generales, en materias de competencia estatal, podrán atribuir a todas o a alguna de las Comunidades Autónomas la facultad de dictar, para sí mismas, normas legislativas en el marco de los principios, bases y directrices fijados por una ley estatal. Sin perjuicio de la competencia de los Tribunales, en cada ley marco se establecerá la modalidad del control de las Cortes Generales sobre estas normas legislativas de las Comunidades Autónomas.<br />2. El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado.<br />3. El Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones normativas de las Comunidades Autónomas, aun en el caso de materias atribuidas a la competencia de éstas, cuando así lo exija el interés general. Corresponde a las Cortes Generales, por mayoría absoluta de cada Cámara, la apreciación de esta necesidad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876723</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:55:55 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876723/art_150_def.mp3" length="1378680" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 150. Coordinación de competencias legislativas. 

1. Las Cortes Generales, en materias de competencia estatal, podrán atribuir a todas o a alguna de las Comunidades Autónomas la facultad de dictar, para sí mismas, normas legislativas en el marco...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 150. Coordinación de competencias legislativas. <br /><br />1. Las Cortes Generales, en materias de competencia estatal, podrán atribuir a todas o a alguna de las Comunidades Autónomas la facultad de dictar, para sí mismas, normas legislativas en el marco de los principios, bases y directrices fijados por una ley estatal. Sin perjuicio de la competencia de los Tribunales, en cada ley marco se establecerá la modalidad del control de las Cortes Generales sobre estas normas legislativas de las Comunidades Autónomas.<br />2. El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado.<br />3. El Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones normativas de las Comunidades Autónomas, aun en el caso de materias atribuidas a la competencia de éstas, cuando así lo exija el interés general. Corresponde a las Cortes Generales, por mayoría absoluta de cada Cámara, la apreciación de esta necesidad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>87</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 151. Elaboración del Estatuto en Régimen Especial.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-151-elaboracion-del-estatuto-en-regimen-especial--21876725</link><description><![CDATA[Art. 151. Elaboración del Estatuto en Régimen Especial. <br /><br />1. No será preciso dejar transcurrir el plazo de cinco años, a que se refiere el apartado 2 del Art. 148, cuando la iniciativa del proceso autonómico sea acordada dentro del plazo del Art. 143.2, además de por las Diputaciones o los órganos interinsulares correspondientes, por las tres cuartas partes de los municipios de cada una de las provincias afectadas que representen, al menos, la mayoría del censo electoral de cada una de ellas y dicha iniciativa sea ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia en los términos que establezca una ley orgánica.<br />2. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el procedimiento para la elaboración del Estatuto será el siguiente:<br />1.º El Gobierno convocará a todos los Diputados y Senadores elegidos en las circunscripciones comprendidas en el ámbito territorial que pretenda acceder al autogobierno, para que se constituyan en Asamblea, a los solos efectos de elaborar el correspondiente proyecto de Estatuto de autonomía, mediante el acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros.<br />2.º Aprobado el proyecto de Estatuto por la Asamblea de Parlamentarios, se remitirá a la Comisión Constitucional del Congreso, la cual, dentro del plazo de dos meses, lo examinará con el concurso y asistencia de una delegación de la Asamblea proponente para determinar de común acuerdo su formulación definitiva.<br />3.º Si se alcanzare dicho acuerdo, el texto resultante será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto.<br />4.º Si el proyecto de Estatuto es aprobado en cada provincia por la mayoría de los votos válidamente emitidos, será elevado a las Cortes Generales. Los plenos de ambas Cámaras decidirán sobre el texto mediante un voto de ratificación. Aprobado el Estatuto, el Rey lo sancionará y lo promulgará como ley.<br />5.º De no alcanzarse el acuerdo a que se refiere el apartado 2 de este número, el proyecto de Estatuto será tramitado como proyecto de ley ante las Cortes Generales. El texto aprobado por éstas será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto. En caso de ser aprobado por la mayoría de los votos válidamente emitidos en cada provincia, procederá su promulgación en los términos del párrafo anterior.<br />3. En los casos de los párrafos 4.º y 5.º del apartado anterior, la no aprobación del proyecto de Estatuto por una o varias provincias no impedirá la constitución entre las restantes de la Comunidad Autónoma proyectada, en la forma que establezca la ley orgánica prevista en el apartado 1 de este Art..<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876725</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:56:35 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876725/art_151_def.mp3" length="2956058" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 151. Elaboración del Estatuto en Régimen Especial. 

1. No será preciso dejar transcurrir el plazo de cinco años, a que se refiere el apartado 2 del Art. 148, cuando la iniciativa del proceso autonómico sea acordada dentro del plazo del Art....</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 151. Elaboración del Estatuto en Régimen Especial. <br /><br />1. No será preciso dejar transcurrir el plazo de cinco años, a que se refiere el apartado 2 del Art. 148, cuando la iniciativa del proceso autonómico sea acordada dentro del plazo del Art. 143.2, además de por las Diputaciones o los órganos interinsulares correspondientes, por las tres cuartas partes de los municipios de cada una de las provincias afectadas que representen, al menos, la mayoría del censo electoral de cada una de ellas y dicha iniciativa sea ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia en los términos que establezca una ley orgánica.<br />2. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el procedimiento para la elaboración del Estatuto será el siguiente:<br />1.º El Gobierno convocará a todos los Diputados y Senadores elegidos en las circunscripciones comprendidas en el ámbito territorial que pretenda acceder al autogobierno, para que se constituyan en Asamblea, a los solos efectos de elaborar el correspondiente proyecto de Estatuto de autonomía, mediante el acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros.<br />2.º Aprobado el proyecto de Estatuto por la Asamblea de Parlamentarios, se remitirá a la Comisión Constitucional del Congreso, la cual, dentro del plazo de dos meses, lo examinará con el concurso y asistencia de una delegación de la Asamblea proponente para determinar de común acuerdo su formulación definitiva.<br />3.º Si se alcanzare dicho acuerdo, el texto resultante será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto.<br />4.º Si el proyecto de Estatuto es aprobado en cada provincia por la mayoría de los votos válidamente emitidos, será elevado a las Cortes Generales. Los plenos de ambas Cámaras decidirán sobre el texto mediante un voto de ratificación. Aprobado el Estatuto, el Rey lo sancionará y lo promulgará como ley.<br />5.º De no alcanzarse el acuerdo a que se refiere el apartado 2 de este número, el proyecto de Estatuto será tramitado como proyecto de ley ante las Cortes Generales. El texto aprobado por éstas será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto. En caso de ser aprobado por la mayoría de los votos válidamente emitidos en cada provincia, procederá su promulgación en los términos del párrafo anterior.<br />3. En los casos de los párrafos 4.º y 5.º del apartado anterior, la no aprobación del proyecto de Estatuto por una o varias provincias no impedirá la constitución entre las restantes de la Comunidad Autónoma proyectada, en la forma que establezca la ley orgánica prevista en el apartado 1 de este Art..<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>185</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 152. Órganos de las CC.AA.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-152-organos-de-las-cc-aa--21876722</link><description><![CDATA[Art. 152. Órganos de las CC.AA.<br /><br />1. En los Estatutos aprobados por el procedimiento a que se refiere el Art. anterior, la organización institucional autonómica se basará en una Asamblea Legislativa, elegida por sufragio universal, con arreglo a un sistema de representación proporcional que asegure, además, la representación de las diversas zonas del territorio; un Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y administrativas y un Presidente, elegido por la Asamblea, de entre sus miembros, y nombrado por el Rey, al que corresponde la dirección del Consejo de Gobierno, la suprema representación de la respectiva Comunidad y la ordinaria del Estado en aquélla. El Presidente y los miembros del Consejo de Gobierno serán políticamente responsables ante la Asamblea.<br />Un Tribunal Superior de Justicia, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo, culminará la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. En los Estatutos de las Comunidades Autónomas podrán establecerse los supuestos y las formas de participación de aquéllas en la organización de las demarcaciones judiciales del territorio. Todo ello de conformidad con lo previsto en la ley orgánica del poder judicial y dentro de la unidad e independencia de éste.<br />Sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 123, las sucesivas instancias procesales, en su caso, se agotarán ante órganos judiciales radicados en el mismo territorio de la Comunidad Autónoma en que esté el órgano competente en primera instancia.<br />2. Una vez sancionados y promulgados los respectivos Estatutos, solamente podrán ser modificados mediante los procedimientos en ellos establecidos y con referéndum entre los electores inscritos en los censos correspondientes.<br />3. Mediante la agrupación de municipios limítrofes, los Estatutos podrán establecer circunscripciones territoriales propias, que gozarán de plena personalidad jurídica.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876722</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:57:07 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876722/art_152_def.mp3" length="1998931" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 152. Órganos de las CC.AA.

1. En los Estatutos aprobados por el procedimiento a que se refiere el Art. anterior, la organización institucional autonómica se basará en una Asamblea Legislativa, elegida por sufragio universal, con arreglo a un...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 152. Órganos de las CC.AA.<br /><br />1. En los Estatutos aprobados por el procedimiento a que se refiere el Art. anterior, la organización institucional autonómica se basará en una Asamblea Legislativa, elegida por sufragio universal, con arreglo a un sistema de representación proporcional que asegure, además, la representación de las diversas zonas del territorio; un Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y administrativas y un Presidente, elegido por la Asamblea, de entre sus miembros, y nombrado por el Rey, al que corresponde la dirección del Consejo de Gobierno, la suprema representación de la respectiva Comunidad y la ordinaria del Estado en aquélla. El Presidente y los miembros del Consejo de Gobierno serán políticamente responsables ante la Asamblea.<br />Un Tribunal Superior de Justicia, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo, culminará la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. En los Estatutos de las Comunidades Autónomas podrán establecerse los supuestos y las formas de participación de aquéllas en la organización de las demarcaciones judiciales del territorio. Todo ello de conformidad con lo previsto en la ley orgánica del poder judicial y dentro de la unidad e independencia de éste.<br />Sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 123, las sucesivas instancias procesales, en su caso, se agotarán ante órganos judiciales radicados en el mismo territorio de la Comunidad Autónoma en que esté el órgano competente en primera instancia.<br />2. Una vez sancionados y promulgados los respectivos Estatutos, solamente podrán ser modificados mediante los procedimientos en ellos establecidos y con referéndum entre los electores inscritos en los censos correspondientes.<br />3. Mediante la agrupación de municipios limítrofes, los Estatutos podrán establecer circunscripciones territoriales propias, que gozarán de plena personalidad jurídica.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>125</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 153. Control de los órganos de las CC.AA.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-153-control-de-los-organos-de-las-cc-aa--21876738</link><description><![CDATA[Art. 153. Control de los órganos de las CC.AA.<br /><br />El control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá:<br />a) Por el Tribunal Constitucional, el relativo a la constitucionalidad de sus disposiciones normativas con fuerza de ley.<br />b) Por el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, el del ejercicio de funciones delegadas a que se refiere el apartado 2 del Art. 150.<br />c) Por la jurisdicción contencioso-administrativa, el de la administración autónoma y sus normas reglamentarias.<br />d) Por el Tribunal de Cuentas, el económico y presupuestario.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876738</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:57:45 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876738/art_153_def.mp3" length="694063" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 153. Control de los órganos de las CC.AA.

El control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá:
a) Por el Tribunal Constitucional, el relativo a la constitucionalidad de sus disposiciones normativas con fuerza de...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 153. Control de los órganos de las CC.AA.<br /><br />El control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá:<br />a) Por el Tribunal Constitucional, el relativo a la constitucionalidad de sus disposiciones normativas con fuerza de ley.<br />b) Por el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, el del ejercicio de funciones delegadas a que se refiere el apartado 2 del Art. 150.<br />c) Por la jurisdicción contencioso-administrativa, el de la administración autónoma y sus normas reglamentarias.<br />d) Por el Tribunal de Cuentas, el económico y presupuestario.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>44</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 154. Delegado del Gobierno en las CC.AA.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-154-delegado-del-gobierno-en-las-cc-aa--21876736</link><description><![CDATA[Art. 154. Delegado del Gobierno en las CC.AA. <br /><br />Un Delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma y la coordinará, cuando proceda, con la administración propia de la Comunidad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876736</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 10:59:51 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876736/art_154_def.mp3" length="307869" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 154. Delegado del Gobierno en las CC.AA. 

Un Delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma y la coordinará, cuando proceda, con la administración propia de la Comunidad.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 154. Delegado del Gobierno en las CC.AA. <br /><br />Un Delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma y la coordinará, cuando proceda, con la administración propia de la Comunidad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>20</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 155. Control del Gobierno a las CC.AA.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-155-control-del-gobierno-a-las-cc-aa--21876732</link><description><![CDATA[Art. 155. Control del Gobierno a las CC.AA. <br />1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.<br />2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876732</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 11:00:24 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876732/art_155_def.mp3" length="777237" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 155. Control del Gobierno a las CC.AA. 
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 155. Control del Gobierno a las CC.AA. <br />1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.<br />2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>49</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 156. Autonomía Financiera de las CC.AA</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-156-autonomia-financiera-de-las-cc-aa--21876731</link><description><![CDATA[Art. 156. Autonomía Financiera de las CC.AA<br /><br />1. Las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles.<br />2. Las Comunidades Autónomas podrán actuar como delegados o colaboradores del Estado para la recaudación, la gestión y la liquidación de los recursos tributarios de aquél, de acuerdo con las leyes y los Estatutos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876731</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 11:00:54 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876731/art_156_def.mp3" length="549031" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 156. Autonomía Financiera de las CC.AA

1. Las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 156. Autonomía Financiera de las CC.AA<br /><br />1. Las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles.<br />2. Las Comunidades Autónomas podrán actuar como delegados o colaboradores del Estado para la recaudación, la gestión y la liquidación de los recursos tributarios de aquél, de acuerdo con las leyes y los Estatutos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>35</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 157. Recursos de las CC.AA.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-157-recursos-de-las-cc-aa--21876728</link><description><![CDATA[Art. 157. Recursos de las CC.AA.<br /><br />1. Los recursos de las Comunidades Autónomas estarán constituidos por:<br />a) Impuestos cedidos total o parcialmente por el Estado; recargos sobre impuestos estatales y otras participaciones en los ingresos del Estado.<br />b) Sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales.<br />c) Transferencias de un Fondo de Compensación interterritorial y otras asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.<br />d) Rendimientos procedentes de su patrimonio e ingresos de derecho privado.<br />e) El producto de las operaciones de crédito.<br />2. Las Comunidades Autónomas no podrán en ningún caso adoptar medidas tributarias sobre bienes situados fuera de su territorio o que supongan obstáculo para la libre circulación de mercancías o servicios.<br />3. Mediante ley orgánica podrá regularse el ejercicio de las competencias financieras enumeradas en el precedente apartado 1, las normas para resolver los conflictos que pudieran surgir y las posibles formas de colaboración financiera entre las Comunidades Autónomas y el Estado.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876728</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 11:01:26 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876728/art_157_def.mp3" length="1223199" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 157. Recursos de las CC.AA.

1. Los recursos de las Comunidades Autónomas estarán constituidos por:
a) Impuestos cedidos total o parcialmente por el Estado; recargos sobre impuestos estatales y otras participaciones en los ingresos del Estado.
b)...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 157. Recursos de las CC.AA.<br /><br />1. Los recursos de las Comunidades Autónomas estarán constituidos por:<br />a) Impuestos cedidos total o parcialmente por el Estado; recargos sobre impuestos estatales y otras participaciones en los ingresos del Estado.<br />b) Sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales.<br />c) Transferencias de un Fondo de Compensación interterritorial y otras asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.<br />d) Rendimientos procedentes de su patrimonio e ingresos de derecho privado.<br />e) El producto de las operaciones de crédito.<br />2. Las Comunidades Autónomas no podrán en ningún caso adoptar medidas tributarias sobre bienes situados fuera de su territorio o que supongan obstáculo para la libre circulación de mercancías o servicios.<br />3. Mediante ley orgánica podrá regularse el ejercicio de las competencias financieras enumeradas en el precedente apartado 1, las normas para resolver los conflictos que pudieran surgir y las posibles formas de colaboración financiera entre las Comunidades Autónomas y el Estado.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>77</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 158 Fondo de Compensación Territorial.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-158-fondo-de-compensacion-territorial--21876721</link><description><![CDATA[Art. 158 Fondo de Compensación Territorial. <br /><br />1. En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de la garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español.<br />2. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21876721</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 11:04:46 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21876721/art_158_def.mp3" length="745472" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 158 Fondo de Compensación Territorial. 

1. En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de la garantía...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 158 Fondo de Compensación Territorial. <br /><br />1. En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de la garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español.<br />2. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>47</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>TÍTULO IX - Del Tribunal Constitucional (Resumen por encabezados arts 159 a 165)</title><link>https://www.spreaker.com/episode/titulo-ix-del-tribunal-constitucional-resumen-por-encabezados-arts-159-a-165--21854412</link><description><![CDATA[TÍTULO IX. Del Tribunal Constitucional<br /><br />Art. 159. El Tribunal Constitucional. <br />Art. 160. Presidente del Tribunal Constitucional. <br />Art. 161. Competencia del Tribunal Constitucional. <br />Art. 162. Legitimados para interponer Recursos de Inconstitucionalidad y Ámparo. <br />Art. 163. Planteamiento de cuestiones ante el Tribunal Constitucional. <br />Art. 164. Sentencias del Tribunal Constitucional. <br />Art. 165. Funcionamiento de Tribunal Constitucional.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21854412</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 12:39:38 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21854412/is_tit_ix_def.mp3" length="1587199" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>TÍTULO IX. Del Tribunal Constitucional

Art. 159. El Tribunal Constitucional. 
Art. 160. Presidente del Tribunal Constitucional. 
Art. 161. Competencia del Tribunal Constitucional. 
Art. 162. Legitimados para interponer Recursos de...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[TÍTULO IX. Del Tribunal Constitucional<br /><br />Art. 159. El Tribunal Constitucional. <br />Art. 160. Presidente del Tribunal Constitucional. <br />Art. 161. Competencia del Tribunal Constitucional. <br />Art. 162. Legitimados para interponer Recursos de Inconstitucionalidad y Ámparo. <br />Art. 163. Planteamiento de cuestiones ante el Tribunal Constitucional. <br />Art. 164. Sentencias del Tribunal Constitucional. <br />Art. 165. Funcionamiento de Tribunal Constitucional.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>40</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 159. El Tribunal Constitucional.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-159-el-tribunal-constitucional--21879619</link><description><![CDATA[Art. 159. El Tribunal Constitucional. <br /><br />1. El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.<br />2. Los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional.<br />3. Los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un período de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres.<br />4. La condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible: con todo mandato representativo; con los cargos políticos o administrativos; con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos; con el ejercicio de las carreras judicial y fiscal, y con cualquier actividad profesional o mercantil.<br />En lo demás los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial.<br />5. Los miembros del Tribunal Constitucional serán independientes e inamovibles en el ejercicio de su mandato.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21879619</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 12:41:09 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21879619/art_159_def.mp3" length="1626112" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 159. El Tribunal Constitucional. 

1. El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 159. El Tribunal Constitucional. <br /><br />1. El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.<br />2. Los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional.<br />3. Los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un período de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres.<br />4. La condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible: con todo mandato representativo; con los cargos políticos o administrativos; con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos; con el ejercicio de las carreras judicial y fiscal, y con cualquier actividad profesional o mercantil.<br />En lo demás los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial.<br />5. Los miembros del Tribunal Constitucional serán independientes e inamovibles en el ejercicio de su mandato.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>102</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 160. Presidente del Tribunal Constitucional.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-160-presidente-del-tribunal-constitucional--21879622</link><description><![CDATA[Art. 160. Presidente del Tribunal Constitucional. <br /><br />El Presidente del Tribunal Constitucional será nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno y por un período de tres años.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21879622</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 12:41:33 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21879622/art_160_def.mp3" length="286553" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 160. Presidente del Tribunal Constitucional. 

El Presidente del Tribunal Constitucional será nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno y por un período de tres años.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 160. Presidente del Tribunal Constitucional. <br /><br />El Presidente del Tribunal Constitucional será nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno y por un período de tres años.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>18</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 161. Competencia del Tribunal Constitucional.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-161-competencia-del-tribunal-constitucional--21879621</link><description><![CDATA[Art. 161. Competencia del Tribunal Constitucional. <br /><br />1. El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer:<br />a) Del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley. La declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica con rango de ley, interpretada por la jurisprudencia, afectará a ésta, si bien la sentencia o sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada.<br />b) Del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el Art. 53, 2, de esta Constitución, en los casos y formas que la ley establezca.<br />c) De los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los de éstas entre sí.<br />d) De las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas.<br />2. El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21879621</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 12:42:07 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21879621/art_161_def.mp3" length="1359036" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 161. Competencia del Tribunal Constitucional. 

1. El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer:
a) Del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 161. Competencia del Tribunal Constitucional. <br /><br />1. El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer:<br />a) Del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley. La declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica con rango de ley, interpretada por la jurisprudencia, afectará a ésta, si bien la sentencia o sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada.<br />b) Del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el Art. 53, 2, de esta Constitución, en los casos y formas que la ley establezca.<br />c) De los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los de éstas entre sí.<br />d) De las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas.<br />2. El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>85</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 162. Legitimados para interponer Recursos de Inconstitucionalidad y Ámparo</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-162-legitimados-para-interponer-recursos-de-inconstitucionalidad-y-amparo--21879623</link><description><![CDATA[Art. 162. Legitimados para interponer Recursos de Inconstitucionalidad y Ámparo. <br /><br />1. Están legitimados:<br />a) Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.<br />b) Para interponer el recurso de amparo, toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.<br />2. En los demás casos, la ley orgánica determinará las personas y órganos legitimados.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21879623</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 12:42:49 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21879623/art_162_def.mp3" length="792283" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 162. Legitimados para interponer Recursos de Inconstitucionalidad y Ámparo. 

1. Están legitimados:
a) Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 162. Legitimados para interponer Recursos de Inconstitucionalidad y Ámparo. <br /><br />1. Están legitimados:<br />a) Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.<br />b) Para interponer el recurso de amparo, toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.<br />2. En los demás casos, la ley orgánica determinará las personas y órganos legitimados.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>50</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 163. Planteamiento de cuestiones ante el Tribunal Constitucional.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-163-planteamiento-de-cuestiones-ante-el-tribunal-constitucional--21879620</link><description><![CDATA[Art. 163. Planteamiento de cuestiones ante el Tribunal Constitucional. <br /><br />Cuando un órgano judicial considere, en algún proceso, que una norma con rango de ley, aplicable al caso, de cuya validez dependa el fallo, pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión ante el Tribunal Constitucional en los supuestos, en la forma y con los efectos que establezca la ley, que en ningún caso serán suspensivos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21879620</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 12:43:31 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21879620/art_163_def.mp3" length="471709" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 163. Planteamiento de cuestiones ante el Tribunal Constitucional. 

Cuando un órgano judicial considere, en algún proceso, que una norma con rango de ley, aplicable al caso, de cuya validez dependa el fallo, pueda ser contraria a la Constitución,...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 163. Planteamiento de cuestiones ante el Tribunal Constitucional. <br /><br />Cuando un órgano judicial considere, en algún proceso, que una norma con rango de ley, aplicable al caso, de cuya validez dependa el fallo, pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión ante el Tribunal Constitucional en los supuestos, en la forma y con los efectos que establezca la ley, que en ningún caso serán suspensivos.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>30</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 164. Sentencias del Tribunal Constitucional.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-164-sentencias-del-tribunal-constitucional--21879624</link><description><![CDATA[Art. 164. Sentencias del Tribunal Constitucional. <br /><br />1. Las sentencias del Tribunal Constitucional se publicarán en el boletín oficial del Estado con los votos particulares, si los hubiere. Tienen el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente de su publicación y no cabe recurso alguno contra ellas. Las que declaren la inconstitucionalidad de una ley o de una norma con fuerza de ley y todas las que no se limiten a la estimación subjetiva de un derecho, tienen plenos efectos frente a todos.<br />2. Salvo que en el fallo se disponga otra cosa, subsistirá la vigencia de la ley en la parte no afectada por la inconstitucionalidad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21879624</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 12:44:03 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21879624/art_164_def.mp3" length="731679" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 164. Sentencias del Tribunal Constitucional. 

1. Las sentencias del Tribunal Constitucional se publicarán en el boletín oficial del Estado con los votos particulares, si los hubiere. Tienen el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente de...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 164. Sentencias del Tribunal Constitucional. <br /><br />1. Las sentencias del Tribunal Constitucional se publicarán en el boletín oficial del Estado con los votos particulares, si los hubiere. Tienen el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente de su publicación y no cabe recurso alguno contra ellas. Las que declaren la inconstitucionalidad de una ley o de una norma con fuerza de ley y todas las que no se limiten a la estimación subjetiva de un derecho, tienen plenos efectos frente a todos.<br />2. Salvo que en el fallo se disponga otra cosa, subsistirá la vigencia de la ley en la parte no afectada por la inconstitucionalidad.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>46</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 165. Funcionamiento de Tribunal Constitucional.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-165-funcionamiento-de-tribunal-constitucional--21879625</link><description><![CDATA[Art. 165. Funcionamiento de Tribunal Constitucional. <br /><br />Una ley orgánica regulará el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el estatuto de sus miembros, el procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de las acciones.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21879625</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 12:44:34 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21879625/art_165_def.mp3" length="304107" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 165. Funcionamiento de Tribunal Constitucional. 

Una ley orgánica regulará el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el estatuto de sus miembros, el procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de las acciones.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 165. Funcionamiento de Tribunal Constitucional. <br /><br />Una ley orgánica regulará el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el estatuto de sus miembros, el procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de las acciones.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>19</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>TÍTULO X - De la reforma constitucional (Resumen por encabezados arts 166 a 169)</title><link>https://www.spreaker.com/episode/titulo-x-de-la-reforma-constitucional-resumen-por-encabezados-arts-166-a-169--21854402</link><description><![CDATA[TÍTULO X. De la reforma constitucional<br /><br />Art. 166. Iniciativa de Reforma Constitucional. <br />Art. 167. Procedimiento de Reforma Constitucional. <br />Art. 168. Reformas Esenciales de la Constitución. <br />Art. 169. Prohibición de Reforma Constitucional.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21854402</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 12:46:10 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21854402/is_tit_x_def.mp3" length="1020864" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>TÍTULO X. De la reforma constitucional

Art. 166. Iniciativa de Reforma Constitucional. 
Art. 167. Procedimiento de Reforma Constitucional. 
Art. 168. Reformas Esenciales de la Constitución. 
Art. 169. Prohibición de Reforma Constitucional.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[TÍTULO X. De la reforma constitucional<br /><br />Art. 166. Iniciativa de Reforma Constitucional. <br />Art. 167. Procedimiento de Reforma Constitucional. <br />Art. 168. Reformas Esenciales de la Constitución. <br />Art. 169. Prohibición de Reforma Constitucional.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>26</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 166. Iniciativa de Reforma Constitucional.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-166-iniciativa-de-reforma-constitucional--21879646</link><description><![CDATA[Art. 166. Iniciativa de Reforma Constitucional. <br /><br />La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del Art. 87.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21879646</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 12:47:17 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21879646/art_166_def.mp3" length="328349" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 166. Iniciativa de Reforma Constitucional. 

La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del Art. 87.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 166. Iniciativa de Reforma Constitucional. <br /><br />La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del Art. 87.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>21</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 167. Procedimiento de Reforma Constitucional.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-167-procedimiento-de-reforma-constitucional--21879647</link><description><![CDATA[Art. 167. Procedimiento de Reforma Constitucional. <br /><br />1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.<br />2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.<br />3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21879647</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 12:47:50 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21879647/art_167_def.mp3" length="990396" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 167. Procedimiento de Reforma Constitucional. 

1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 167. Procedimiento de Reforma Constitucional. <br /><br />1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.<br />2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.<br />3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>62</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 168. Reformas Esenciales de la Constitución.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-168-reformas-esenciales-de-la-constitucion--21879645</link><description><![CDATA[Art. 168. Reformas Esenciales de la Constitución. <br /><br />1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Titulo preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.<br />2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.<br />3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21879645</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 12:48:19 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21879645/art_168_def.mp3" length="780162" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 168. Reformas Esenciales de la Constitución. 

1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Titulo preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la...</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 168. Reformas Esenciales de la Constitución. <br /><br />1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Titulo preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.<br />2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.<br />3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>49</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Art. 169. Prohibición de Reforma Constitucional.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/art-169-prohibicion-de-reforma-constitucional--21879644</link><description><![CDATA[Art. 169. Prohibición de Reforma Constitucional. <br /><br />No podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados previstos en el Art. 116.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/21879644</guid><pubDate>Mon, 20 Jan 2020 12:48:47 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/21879644/art_169_def.mp3" length="270670" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:subtitle>Art. 169. Prohibición de Reforma Constitucional. 

No podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados previstos en el Art. 116.</itunes:subtitle><itunes:summary><![CDATA[Art. 169. Prohibición de Reforma Constitucional. <br /><br />No podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados previstos en el Art. 116.<br /><br />Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></itunes:summary><itunes:duration>17</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Adicional Primera. Derechos Históricos de los Territorios Forales</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-adicional-primera-derechos-historicos-de-los-territorios-forales--40996922</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996922</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:02:42 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996922/da_1_def.mp3" length="417374" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>27</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Adicional Segunda. Mayoría de Edad y Derechos Forales.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-adicional-segunda-mayoria-de-edad-y-derechos-forales--40996924</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996924</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:02:50 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996924/da_2_def.mp3" length="291986" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>19</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Adicional Tercera. Régimen Económico y Fiscal de Canarias.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-adicional-tercera-regimen-economico-y-fiscal-de-canarias--40996930</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996930</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:04:07 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996930/da_3_def.mp3" length="299091" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>19</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Adicional Cuarta. CC.AA con más de una Audiencia Territorial.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-adicional-cuarta-cc-aa-con-mas-de-una-audiencia-territorial--40996935</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996935</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:04:23 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996935/da_4_def.mp3" length="450811" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>29</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Transitoria Primera. Iniciativa de elaboración del Estatuto de Autonomía por los Órganos Autonómicos.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-transitoria-primera-iniciativa-de-elaboracion-del-estatuto-de-autonomia-por-los-organos-autonomicos--41212448</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/41212448</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:04:50 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/41212448/dt_1_def.mp3" length="519356" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>33</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Transitoria Segunda. Territorios que hubiesen plebiscitado afirmativamente un Estatuto de Autonomía.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-transitoria-segunda-territorios-que-hubiesen-plebiscitado-afirmativamente-un-estatuto-de-autonomia--40996926</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996926</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:04:58 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996926/dt_2_def.mp3" length="749651" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>47</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Transitoria Tercera. Iniciativa autonómica por parte de Corporaciones Locales.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-transitoria-tercera-iniciativa-autonomica-por-parte-de-corporaciones-locales--40996927</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996927</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:05:05 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996927/dt_3_def.mp3" length="398566" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>25</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Transitoria Cuarta. Navarra.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-transitoria-cuarta-navarra--40996931</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996931</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:05:15 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996931/dt_4_def.mp3" length="914327" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>58</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Transitoria Quinta. Ceuta y Melilla.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-transitoria-quinta-ceuta-y-melilla--40996928</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996928</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:05:23 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996928/dt_5_def.mp3" length="406507" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>26</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Transitoria Sexta. Gestión de varios proyectos de Estatuto por la Comisión de Constitución del Congreso.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-transitoria-sexta-gestion-de-varios-proyectos-de-estatuto-por-la-comision-de-constitucion-del-congreso--40996929</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996929</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:05:30 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996929/dt_6_def.mp3" length="471709" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>30</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Transitoria Séptima. Disolución de los Organismos Provisionales Autonómicos.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-transitoria-septima-disolucion-de-los-organismos-provisionales-autonomicos--40996932</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996932</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:05:39 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996932/dt_7_def.mp3" length="645580" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>41</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Transitoria Octava. Actuales Cámaras y el gobierno después de aprobada la Constitución.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-transitoria-octava-actuales-camaras-y-el-gobierno-despues-de-aprobada-la-constitucion--40996933</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996933</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:05:48 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996933/dt_8_def.mp3" length="1794549" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>113</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Transitoria Novena. Primera renovación del Tribunal Constitucional.</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-transitoria-novena-primera-renovacion-del-tribunal-constitucional--40996934</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996934</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:05:56 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996934/dt_9_def.mp3" length="823212" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>52</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Derogatoria</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-derogatoria--40996923</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996923</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:06:12 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996923/dd_1_def.mp3" length="1480662" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>93</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item><item><title>Disposición Final</title><link>https://www.spreaker.com/episode/disposicion-final--40996921</link><description><![CDATA[Conviértete en un supporter de este podcast: <a href="https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=rss">https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support</a>.]]></description><guid isPermaLink="false">https://api.spreaker.com/episode/40996921</guid><pubDate>Tue, 29 Sep 2020 20:06:18 +0000</pubDate><enclosure url="https://dts.podtrac.com/redirect.mp3/api.spreaker.com/download/episode/40996921/df_1_def.mp3" length="773893" type="audio/mpeg"/><itunes:author>Aprende la Ley</itunes:author><itunes:duration>49</itunes:duration><itunes:explicit>false</itunes:explicit><itunes:image href="https://d3wo5wojvuv7l.cloudfront.net/t_rss_itunes_square_1400/images.spreaker.com/original/2487056fa8ac4fde55d2fc56ead6dfcd.jpg"/><itunes:episodeType>full</itunes:episodeType></item></channel></rss>
